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R. 0505-2021/SEL-INDECOPI Declaran como barrera burocrática ilegal el tercer y cuarto párrafo del artículo 17 A del Reglamento del Registro de Hidrocarburos, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS-CD y modificado por Resolución de Consejo Directivo Nº 081-2013-OS-CD
Fecha
2021-09-29Registro en:
R. 0505-2021/SEL-INDECOPI
Autor
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas
Institución
Resumen
Abstract 1