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Informe Jurídico de Expediente Civil N° 521 - 2012
Fecha
2022Autor
Clemente Galvez, Raul Fidel
Institución
Resumen
En el presente trabajo de suficiencia profesional se tiene como controversias
(principalmente): si se configuró el adulterio como causal de divorcio sanción, el
otorgamiento por indemnización a favor de la cónyuge inocente, si se habría configurado
el divorcio por casual de separación de hecho y si como consecuencia de ello le
correspondería una indemnización por cónyuge más perjudicada a la cónyuge.
En el caso, la cónyuge señaló que su cónyuge ha incurrido en adulterio al mantener una
relación sentimental con tercero y procrear un hijo extramatrimonial, por el contrario, el
cónyuge alegó que no ha faltado al deber de fidelidad, ya que ambos se encontraron
separados de hecho.
Siendo así, el A Quo (en su primer pronunciamiento) declaró infundada la pretensión por
el divorcio por causal de adulterio al considerar que al existir separación de hecho no
existía un deber de fidelidad entre los cónyuges; no obstante, este criterio fue cambiado
por el Ad Quem quien declaró fundada la demanda de divorcio por adulterio. Por su lado,
ambas sentencias estuvieron de acuerdo con que se ha configurado el divorcio por
separación de hecho y con el otorgamiento de cónyuge más perjudicada a favor de la
cónyuge, incluso estuvieron de acuerdo con en el monto de indemnización. Pues, lo que
sí se ha variado es la indemnización por el divorcio por causal de adulterio a favor de la
cónyuge.
Así se ha emitido opinión no solo sobre las sentencias de primera y segunda instancia, los
cuales tienen pronunciamientos parcialmente distintos, sino también sobre el auto
calificatorio del recurso de casación.
En conclusión, en el análisis del presente caso se ha tenido en cuenta la Constitución
Política del Perú de 1993, Código Civil, Código Procesal Civil y el III Pleno Casatorio
Civil, además se ha valorado los medios probatorios ofrecidos por las partes en el presente
proceso.