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La vigencia del hijo alimentista y la posible gratuidad de la prueba de ADN en los procesos de filiación
Fecha
2018-02-14Autor
Ojeda Chú, Mariana Lucía
Alvarado Moncada, Galia Jessica
Institución
Resumen
La presente investigación tuvo por objeto realizar un análisis sobre la legislación de la filiación de paternidad y el derecho de los hijos extramatrimoniales; presupuestos normados en el Código Civil de 1984, en el Art. 415° el derecho de los hijos alimentistas a reclamar una pensión de alimentos, y en el Art. 402° los supuestos por los que se puede demandar la filiación extramatrimonial, siendo uno de ellos, la prueba biológica de ADN. Actualmente, el avance tecnológico permite que los justiciables pueden acceder a la prueba genética con mayor facilidad que hace 30 años; asimismo, en el marco de los derechos que tienen los niños, niñas y adolescentes, el Estado debe garantizar la subsistencia material del menor a la par de su derecho a la identidad genética. A través del método descriptivo y no experimental, se ha identificado que en la Corte Superior del Santa, durante el año 2016, se han tramitado 995 procesos por alimentos y 52 por filiación. Asimismo, a la par del análisis documental de la legislación nacional y comparada, y opiniones de distintos autores sobre la materia, hemos comprobado que, la vigencia del hijo alimentista está determinada por la inmediata asistencia material que requiere un menor para su subsistencia y no por la vigencia de la prueba biológica de ADN; empero amerita perfeccionar la norma jurídica que regula el proceso de filiación, pues sólo así se podrá garantizar el derecho a la identidad genética de los niños, niñas y adolescentes, a través de la determinación de su progenitor, y con ello no sólo el derecho alimentario, sino todos los derechos derivados del vínculo paterno filial.