La Estafa y el incumplimiento contractual civil Un análisis actualizado desde los elementos constitutivos del tipo penal de estafa
Registro en:
Autor
Vergara Valencia, Jasbleidy
Institución
Resumen
La Corte Suprema de Justicia, en sala de casación penal, ha determinado que el delito de estafa se perfecciona en el momento en que el autor, incorpora a su haber patrimonial (bienes o derechos) que pertenecían a la víctima o a un tercero mediante un engaño. En el contexto actual, tras la celebración de un contrato de naturaleza civil una de las partes incumpla lo pactado en detrimento de los bienes o recursos de la otra parte.
En ambas figuras es tangible la afectación patrimonial en perjuicio de uno de los involucrados. Sin embargo, no es posible homologar tales figuras ni darles a ambas los mismos mecanismos para su resolución. Por lo anterior, en este trabajo se pretenden analizar las razones por las cuales el incumplimiento contractual en materia civil, tiende a camuflarse como el tipo penal de estafa y las características que distinguen ambas figuras y se describe la manera en que esta práctica resulta perjudicial para las autoridades que imparten justicia en materia penal. Se parte de la distinción de las dos figuras reseñadas, ya que la estafa es la obtención del provecho injusto, debido a que el autor induce a la víctima siempre a base de engaños, mientras el incumplimiento de contrato, es aquel que realizan las partes con una finalidad lícita y una de ellas incumple el acuerdo pactado, la diferencia consiste es que en el incumplimiento contractual no existe dolo, ni engaño por parte del sujeto activo.
Esta investigación se ha propuesto resolver el problema jurídico que gira en torno a la identificación de la existencia del delito de estafa sobre las circunstancias contractuales que vienen implícitas en la existencia de los contratos civiles, lo anterior bajo el entendido de que exista un incumplimiento por alguna de las partes.
La justificación de esta investigación se halla tanto en la necesidad del estudio comparativo y dinámico de las dos (2) ramas del derecho señaladas, como en la determinación sobre la existencia de variables que permitan en un hecho civil reconocer la existencia de un tipo penal y viceversa, de allí entonces es preciso señalar que esta investigación se ocupa del estudio del origen real de la estafa, su evolución histórica y el desarrollo del sistema penal en torno a dicho concepto, los elementos del tipo penal y el derecho comparado en cuanto a tal figura, aludiendo para ello, a lo que dispone el estudio comparado respecto el derecho de países como Argentina, Chile, Panamá, Bolivia y México, finalmente, se aborda lo relativo al incumplimiento de contrato en materia civil para establecer sus diferencias y, de este modo, señalar de manera concreta la forma en que eventos relativos al incumplimiento contractual del derecho privado sobrepasa los efectos civiles o comerciales y se traduce en un medio fraudulento que estructura los elementos del delito de estafa, práctica que además congestiona la labor de la autoridad para impartir justicia en el ámbito penal.
Las conclusiones a las que llega esta investigación permiten demostrar que efectivamente entre la rama civil y penal del derecho hay una relación intrínseca que viene más allá del origen o fuente común, puesto que con base en las circunstancias que envuelven el incumplimiento de las obligaciones contenidas en esta, es posible señalar la existencia del delito de estafa, lo anterior porque hay incumplimientos contractuales, que generan un enriquecimiento sin justa causa para una de las partes, porque se enfocan en el uso de medidas engañosas y fraudulentas lo que a todas luces permite identificar la configuración del delito de estafa, aun en circunstancias contractuales civiles, donde los criterios que deben seguirse son aquellos contenidos en la ley civil y en las cláusulas contractuales mismas.