Ocultamiento de bienes para defraudar a la sociedad conyugal
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Autor
Barraga, José Alberto
Institución
Resumen
El presente artículo recoge el fraude que se presenta al momento de la disolución y
liquidación de la sociedad conyugal o patrimonial en los diferentes estrados judiciales.
La normatividad vigente permite que los cónyuges tengan libre administración del
haber social, por lo cual, en los juzgados, con frecuencia se observa que uno de los cónyuges
o compañeros ha ocultado bienes, cuyo dominio recaía en él, con la clara intención de
defraudar al otro.
El fraude a la sociedad conyugal reside en toda maniobra que realiza uno de los
cónyuges con la firme intención de desaparecer el legítimo derecho del otro cónyuge de
repartir por partes iguales los bienes que conforman la comunidad de gananciales. Esta
investigación es de tipo documental con jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, cuya
pretensión es determinar la tendencia al fraude de los conyugues o compañeros permanentes o
sus herederos.
El Código Civil prevé la consecuencia jurídica por el ocultamiento de los bienes de la
sociedad conyugal. Pero, aun así, es frecuente el fraude a la sociedad conyugal, el cónyuge que desea defraudar, en ocasiones busca la ayuda de su propio cónyuge o compañero, para
así, dejar desvirtuado el dolo.
Se ve necesario que en Colombia los dos cónyuges firmen conjuntamente los
documentos al momento de disponer del dominio de los bienes sociales. Al ser conjunta la
disposición de los bienes se evita que uno de ellos resulte defraudado al liquidar la sociedad
conyugal o patrimonial.