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La acumulación de partidas especiales: una problemática a nivel registral en torno al derecho de superficie
Autor
Arias Toma, Juan Alex
Institución
Resumen
La falta de claridad sumado a una interpretación literal y restrictiva del artículo 66° del
Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, ha propiciado que los Registradores
Públicos y el Tribunal Registral declaren la improcedencia de la acumulación de partidas
especiales correspondientes a derechos de superficie, lo que no solo afecta al particular, al
limitarle el ejercicio de las facultades que le corresponden como propietario superficiario,
sino que, además, tiene efectos negativos en la sociedad, pues, se perjudica el tráfico
inmobiliario, al restringirse el desarrollo y adecuado saneamiento físico-legal de grandes
proyectos inmobiliarios con fines comerciales y habitacionales, cuya base –en muchos casos–
es el derecho superficiario. Todo esto, finalmente, tiene una repercusión negativa en nuestra
economía nacional.
Por ello, la presente investigación tuvo como principales objetivos determinar cuáles son las
facultades y limitaciones del derecho de superficie dentro del procedimiento registral de
acumulación de partidas; así como, determinar cuál es el fundamento del procedimiento
registral de acumulación. De este modo resulta posible verificar si la normativa legal vigente
contempla la posibilidad de acumular partidas registrales especiales que contienen derechos
de superficie.
Los métodos usados en la presente investigación fueron tres: i) el método exegético, que
permitió la revisión no solo de las normas civiles y registrales nacionales; sino también de
legislaciones foráneas, entre ellas, la de Alemania, España y la Suiza; ii) el método dogmático,
en mérito del cual se tomó en cuenta doctrina nacional y extranjera, recopilando y
sistematizado opiniones y teorías en torno al tema de investigación y; iii) el método funcional,
por medio del cual nos centramos en el análisis y estudio de resoluciones emitidas por el
Tribunal Registral en torno a los temas investigados.
Finalmente, basados en el fundamento que justifica la existencia del procedimiento de
acumulación, el contenido esencial del derecho de superficie, el correcto tratamiento del
derecho de superficie a nivel registral y los criterios interpretativos que sobre estos temas se
han desarrollado en la jurisprudencia del Tribunal Registral; hemos llegado a la conclusión
de que en nuestro ordenamiento jurídico si resulta procedente la acumulación de partidas
especiales respecto de derechos de superficie.