info:eu-repo/semantics/article
Poderes tradicionales y órganos constitucionales autónomos
Registro en:
10.4067/S0718-09502021000100355
Autor
Torres Alonso, Eduardo
Institución
Resumen
El Estado mexicano ha venido creando entes públicos que si bien no son poderes distintos a los que la división tripartita clásica considera, sí están a su mismo nivel: los órganos constitucionales autónomos; es decir, aquellas entidades del Estado que no están sujetas ni atribuidas a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, tienen funciones estatales específicas; están establecidas y configuradas directamente en la Constitución; mantienen con los otros órganos del Estado relaciones de coordinación; cuentan con autonomía e independencia funcional y financiera; y atienden funciones coyunturales...