Trabajo de grado - Pregrado
Responsabilidad interna del Estado colombiano, a la luz de la convención Interamericana de los Derechos Humanos por Indebida Contratación laboral mediante las C.T.A. y las respuestas que se han generado frente a la OIT
Fecha
2012-08-24Registro en:
Instname:Unidad Central del Valle del Cauca
Repositorio Institucional Unidad Central del Valle del Cauca
Autor
Arias Mondragón, Melisa
Castañeda Muñoz, Mario Alfonso
Institución
Resumen
The international responsibility of Estates must be understand like a series of elements witch one generates
guarantors obligations, for a conglomeration of people, can obtain a dignified way of life,
especially on their own laboral environment, for that reason the job is an judicial item that enjoy of a triple
guaranty, like right, like duty and support of the society. Precisely the not compliment of
recommendation from O.I.T. and the violations o guaranties witch consecrate the Convención Interamericana
de Derechos Humanos, make the Colombian Estate, not only have the obligation of
repair the damage, and also take the relevant actions, so avoid that laboral forms which was created with the
spirit to fight an historical problem, be used like a instrument for hidden real laboral
relations. Precisely the Hidden of laboral relations, have been that public entity use the thing we know like a
parallel list, creating numbers and statistics that not reflect the reality of this entities, and
In this consequence they should be disappear how happened with ISS. The Estate organism they are not a rock
entities and they have responsibility for actions or omission of theirs agents; when
the law enjoy of a constitutional control they permit growing up the way of life, but when the Estate don’t use
any control, the law can’t be used like a instrument for hurts any kind of right. The CTA
like a Contract figure isn’t dangerous for laboral interest. La responsabilidad internacional de los Estados debe entenderse como una serie de elementos con los
cuales se generan obligaciones de garante, para que un conglomerado de personas, pueda
obtener condiciones dignas de vida, especialmente en su entorno laboral, pues es precisamente el trabajo
un bien jurídico que goza de una triple protección, como derecho, como deber y como pilar
base de la sociedad. Precisamente el incumplimiento de las recomendaciones impartidas por la O.I.T. y
la violación de las garantías que consagran la Convención Interamericana de Derechos
Humanos, hacen que el Estado Colombiano, no solamente tenga la obligación de resarcir los daños
causados, y a la vez tome medidas pertinentes, para evitar que figuras laborales las cuales fueron
creadas con el ánimo de combatir un problema histórico, sean o se conviertan en instrumentos para
ocultar verdaderas relaciones laborales. Precisamente el ocultamiento de relaciones laborales, ha
causado que entidades públicas manejen lo que es conocido como nóminas paralelas, entregando
cifras y estadísticas que no reflejan la realidad de dichas entidades, y consecuentemente se tengan
que escindir como lo sucedido con el ISS. Los organismos estatales no son entes de piedra y son
responsables por acción u omisión de sus agentes; las leyes cuando gozan de un control
constitucional se presumen que son sancionadas para mejorar las condiciones de vida ya existentes,
pero cuando no se ejerce control alguno, la ley puede ser utilizada como un instrumento para
Vulnerar toda clase de derechos. El cooperativismo como figura contractual no debe verse como algo
Lesivo a intereses laborales.