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Sala Constitucional. Suspensión de la multa mientras se decide sobre la revisión de la sentencia
Registro en:
PP1200202ME3372
Autor
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Institución
Resumen
Con fundamento en la potestad cautelar establecida en el artículo 130 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Justicia, que dispone: “En cualquier estado y grado del proceso las
partes podrán solicitar, y la Sala Constitucional podrá acordar, aún de oficio, las medidas
cautelar que estime pertinentes. La Sala Constitucional contará con las más amplios poderes
cautelares como garantía de la tutela judicial efectiva, para cuyo ejercicio tendrá en cuenta las
circunstancias del caso y los intereses públicos en conflicto”, de manera de garantizar el
derecho a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva de las partes
intervinientes en el recurso contencioso electoral, se ORDENA LA SUSPENSIÓN DE LOS
EFECTOS de la sentencia n.° 83 dictada el 17 de mayo de 2012, por la Sala Electoral de este
Supremo Tribunal mientras se decide sobre la revisión de la sentencia mencionada 177-196