Acciones de grupos
Fecha
2002Autor
Polo Bolaño, Margarita Lucía
Institución
Resumen
Con la expedición de la ley 472 de 1998, por medio de la cual
se desarrolla la acciones de grupos consagrada en el artículo
88 de la carta magna, se crea un mecanismo que solo reconoce
una pretensión de carácter económico y se dirige a obtener y
garantizar el reconocimiento y pago de las indemnizaciones a
que haya lugar por los perjuicios individuales causados a un
conjunto de personas que se han visto afectados por un daño o
vulneración a un interés colectivo.
Por tanto los objetivos que se pretenden en este ensayo son
resaltar el derecho colectivo como figura en esta Ley
específicamente. Analizar las controversias que se suscitan en
las conformaciones de los grupos para que se haga efectiva la
indemnización a que se pueda tener derecho; pues para ello
deben haber condiciones uniformes respecto de una misma
causa que generó los perjuicios.