Tesis de Licenciatura
ANALISIS CRÍTICO DE LAS NOTIFICACIONES PERSONALES EN EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE JALISCO
Autor
Naba Pérez, Myrna Jackeline
Institución
Resumen
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en sus
artículos 14 y 16 a todas las personas, los derechos humanos de audiencia,
defensa, legalidad, seguridad jurídica y debido proceso, a fin de que nadie pueda
ser privado y/o molestado en sus posesiones, propiedades ni derechos sino en
virtud de resolución dictada por autoridad competente, derivada de un
procedimiento en el que se observen estrictamente las disposiciones de la leyes
vigentes en nuestro país. Al efecto, y para garantizar el cumplimiento de lo
preceptuado por la Ley Suprema, el Código de Procedimientos Civiles del Estado
de Jalisco establece los instrumentos "adecuados" (según lo consideró el
legislador en el año 1938, fecha de aprobación de este cuerpo de leyes) de
comunicación a los ciudadanos de los Actos Judiciales que les afectan, para llevar
a cabo dicha tarea, estableciendo las figuras jurídicas de la notificación y el
emplazamiento.