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La prescripción extintiva como acción de las pretensiones crediticias en el Código Procesal Civil-2016
Fecha
2018Autor
Manrique Quispe, Jeredik Wilber
Institución
Resumen
En el Perú ante la eventualidad de que una obligación haya quedado prescrita por disposición
legal, el deudor debe esperar a ser demandado judicialmente a fin de poder contradecir la
pretensión del acreedor con la excepción procesal de Prescripción Extintiva, lo que desde
nuestro punto de vista constituye una vulneración al derecho a la seguridad jurídica con la
que debería gozar el deudor, ya que, en mérito a la Prescripción Liberatoria, este no debería
atravesar tal incertidumbre, ni comparecer como demandado en un juicio promovido por el
acreedor, cuya pretensión que lo motiva ha quedado prescrita por el decurso del tiempo.
El decurso prescriptorio otorga al sujeto pasivo de la relación crediticia el derecho
potestativo de beneficiar con la Prescripción Extintiva, por lo que, resulta viable que este
derecho sea digno de tutela a nivel judicial, sin la necesidad de invocarse exclusivamente
como mecanismo de defensa, sino que, al ser un derecho sustantivo adquirido por el deudor,
este lo pueda proponer en vía de demanda.
En consecuencia, el objetivo de la presente Tesis es determinar de qué manera la
Prescripción Extintiva como acción incide en las Pretensiones Crediticias en el Código
Procesal Civil – 2016, ya que, esta busca que ante la eventualidad de que el deudor decida
demandar la Prescripción Extintiva, la demanda no sea rechazada, sino que se admita a
trámite y se declare judicialmente la prescripción de la obligación.