Documentos de trabajo
El estado de excepción: aspectos dogmáticos y su regulación constitucional en el Perú
Fecha
2019Autor
Hernández Chávez, Pedro Alfredo
Institución
Resumen
La clásica afirmación schmittiana de que “debajo del Estado de derecho duerme la
monarquía” destaca el despojo de las formalidades jurídicas que los Estados modernos
experimentan cuando de afirmar la soberanía se trata, ante situaciones de inestabilidad
y conflicto social grave, abriendo así las puertas de la dictadura en nombre de la
restauración; situación que –en una clara perspectiva negativa- constituye la razón que
justifica la existencia del denominado Estado de excepción como institución
constitucional de suma importancia para lograr la continuidad histórica de los Estados,
siempre que su naturaleza, alcances y finalidad sean adecuadamente concebidas, a
partir de dos nociones: normalidad y anormalidad constitucionales.
Por normalidad constitucional entendemos a aquella situación de orden y estabilidad
que caracteriza a los modernos Estados de Derecho, donde los dos (02) actores
sociales básicos –la persona humana (a nivel individual o asociada) y el Estado- se
encuentran en una relación de armonía y equilibrio, a partir de la diferenciación de sus
respectivos ámbitos de acción, lo cual genera un contexto de permanencia, estabilidad
y sosiego en lo social, político y económico.
Sin embargo, por encima de la aspiración propia del constitucionalismo en sus primeros
tiempos y su creencia implícita de que una vez ejercido el poder constituyente cesaban
todos los problemas sociales, pronto se advirtió que la continuidad constitucional no era
ni rectilínea ni pacífica ni permanente en la medida que cada cierto tiempo surgen
diversas emergencias, casos críticos, sobresaltos o, simplemente, situaciones no
previstas o “anormales” que perturban el orden interno de la sociedad y la convivencia
en general, de manera que muchas veces su intensidad puede llegar –inclusive- a
amenazar la continuidad histórica del propio Estado.