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“Responsabilidad civil de vehículos no asegurados y responsabilidad solidaria regulada por el Código Civil Peruano”
Fecha
2019Autor
Sandoval Damian, Ruperto
Institución
Resumen
RESUMEN
El objeto de la investigación fue determinar si la obligación de cubrir los daños de los ocupantes de vehículos no asegurados, contenida en el artículo 17° del Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC -Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, es compatible con el principio de responsabilidad solidaria prevista en el artículo 1183° del código civil peruano.
Para desarrollar esta cuestión, se aplicó métodos tales como el inductivo, deductivo y síntesis, en el análisis de las resoluciones de INDECOPI donde se resolvió imponer la obligación de cubrir los daños de los ocupantes de vehículos no asegurados y en las que no se aplicó esta medida, asimismo contrastando el estudio con la interpretación del artículo 1183° del código civil peruano, llegando a concluir que La obligación de cubrir los daños de los ocupantes de vehículos no asegurados, previsto en el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, no es compatible con el principio de responsabilidad solidaria prevista en el artículo 1183° del código civil, en razón en que no se puede utilizar la ley para obligar o imponer la responsabilidad solidaria en supuestos que no están o no deben estar protegidos por la norma, esto generaría un despropósito normativo del aseguramiento de los vehículos y por ende dar salvoconductos para beneficiar a quienes incumplen con la ley.