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El procedimiento y la competencia aplicado para la terminación de unión de hecho legalmente reconocido en la ley.
Fecha
2017Registro en:
Crespo Velez, Roland Patrick. (2018) El procedimiento y la competencia aplicado para la terminación de unión de hecho legalmente reconocido en la ley. (examen complexivo). UTMACH, Unidad Académica de Ciencias Sociales, Machala, Ecuador.
ECUACS-2017-JUR-DE00160
Autor
Crespo Velez, Roland Patrick
Institución
Resumen
El presente trabajo de titulación se basa en un problema jurídico ocasionado por la incompetencia d un juez ante la terminación de la unión de hecho. Para lo que se ha planteado un objetivo principal y así poder determinar el procedimiento aplicable para la terminación de la Unión de Hecho. En este estudio se analizará cual es el trámite que se debió seguir para la terminación de la unión de hecho está legalmente establecida dentro de nuestra constitución en el artículo 68 y el código civil en el artículo 222 ambos nos señalan que es la unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial.
La unión de hecho en nuestro país tiene los mismos derechos y obligaciones que tiene el matrimonio, por tal razón para su terminación se deberá realizar un trámite ante el juez de la familia, mujer, niñez y adolescencia el cual es competente para este trámite, deberá realizar la respectiva demanda poniendo en conocimiento del Juez la decisión mutua de dar por terminada la unión de hecho, una vez calificada la demanda el Juez convocará a los convivientes a audiencia de forma personal o a través de un procurador judicial y deberán ratificar su deseo de dar por terminada la unión de hecho. En dicha audiencia se debe resolver lo concerniente a la situación de los hijos menores de edad y bienes, acto seguido el Juez pronunciará la sentencia declarando disuelta la unión de hecho.