Tesis
Inobservancia de la ética profesional en los operadores de justicia al emitir sentencia.
Fecha
2018Registro en:
Gonzalez Ortega, J.F., Luna L.Guerrero, N.V. (2018) Inobservancia de la ética profesional en los operadores de justicia al emitir sentencia. (trabajo de titulación). UTMACH, Unidad Académica de Ciencias Sociales, Machala, Ecuador. 72 p.
ECUACS-2018-JUR-DE00157
Autor
Gonzalez Ortega, Josselyn Fernanda
Luna Guerrero, Nancy Vanessa
Institución
Resumen
La ética profesional, está encaminada a determinar el comportamiento de la persona en el ámbito laboral que se desempeñe, rigiéndose siempre a los principios, valores y moral que esta tenga, para actuar correctamente dentro de la sociedad; los operadores de justicia, en las diferentes áreas del derecho en las que se desenvuelven, ya sea esta penal, civil, constitucional, laboral, entre otras, para emitir una sentencia, se fundamentan en lo que manifiestan las normas jurídicas vigentes, pruebas aportadas por las partes procesales; el Código Orgánico General de Procesos, en su artículo 164, inciso segundo, expresa que el juzgador deberá aplicar las reglas de la sana crítica en la valoración de la pruebas, reglas que permiten el correcto razonamiento lógico y tomar la máxima experiencia que posee dentro de la materia para motivar racionalmente la sentencia; el juzgador está llamado a velar y garantizar el debido cumplimiento de los derechos, en pro de la justicia, la sana crítica en todo sistema jurídico no es otra cosa que la guía o modelo para el análisis crítico del material probatorio practicado en el proceso; dentro de la valoración de la prueba, necesariamente se ajusta los hechos, con la normativa vigente y la sana crítica del juzgador, conformando así un mecanismo de aplicación, permitiendo al operador de justicia llegar a la verdad procesal de lo manifestado, por las partes procesales, y emitir una sentencia, en base a un hecho legalmente probado, es decir verdadero, logrando la correcta aplicación de la justicia; lo anterior manifestado lo valida, la legislación ecuatoriana, como lo es la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 76, numeral 7, literal l), dispone que los operadores motiven sus resoluciones, con el propósito de evitar la vulneración de derechos especificando la normativa pertinente, es allí donde al adecuarse el hecho al derecho, se da el inicio del proceso judicial, y en razón del no cumplimiento existe una sanción, para aquellos funcionarios que no cumplan con lo dispuesto; en este caso en particular se puede demostrar que el juez no realizó la pertinente valoración de las pruebas presentadas en la demanda de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio y no respeto las reglas de la lógica, mucho menos actuó apegado a la ética, todos los operadores de justicia incluyendo al juez, son garantes de la seguridad jurídica que tienen las personas como usuarios de la Función Judicial; son los encargados de impartir justicia mediante la fundamentación de la decisión que tome, dando una explicación razonable de los motivos que la fundan, mencionando los elementos de convicción que tomó en consideración y cuál fue el valor probatorio que se le otorgó a cada uno de ellos; la ética juega un papel primordial en el campo jurídico ya que tiene una estrecha relación con el derecho, al buscar el bien social o común, el compromiso ético contribuye a la excelencia en la competencia y realización profesional, además logra un equilibrio entre los valores fundamentales como medio de la condición moral de cada individuo la misma, que se determina en función a las necesidades de cada sociedad sea en cualquier espacio de tiempo; la construcción de códigos profesionales en los diferentes campos laborales regulan la licitud de los actos y conductas, permitiendo obrar con responsabilidad y conciencia teniendo como parte de sus objetivos la aplicación de principios y valores básicamente necesarios en el ámbito tanto social como profesional.