Artículos de revistas
Acciones cautelares de la libertad económica
Fecha
1996Registro en:
Temas de Derecho Año XI Nºs 1 y 2 Enero- Diciembre 1996 pp.: 49 - 61
07163908
Autor
Evans de la Cuadra, Enrique
Institución
Resumen
El artículo 19 N° 21 de la Constitución asegura el derecho a desarrollar actividades económicas conforme a las leyes que las regulan. La vulneración a esta garantía puede originarse de actos u omisiones de cualquier autoridad pública, del legislador o de cualquier particular;
La acción de Amparo Económico consagrada en la Ley 18.971 puede ejercerse por cualquier persona y contra quien quiera que atente en contra de algún aspecto del N° 21 del artículo 19
de la Constitución; y. Pueden intentarse para reclamar de atentados en contra de ese
precepto constitucional, tanto la acción legal señalada como la acción del Recurso de Protección, por diferentes personas o sólo por el afectado, en épocas distintas o de manera simultánea. En consecuencia, el Tribunal que conozca una de esas acciones no podrá, en caso alguno, declararla improcedente o inadmisible por el hecho de que se haya deducido o esté pendiente de fallo, en cualquier Tribunal, otra acción protectora.