dc.contributorMarambio Catán, Emiliano
dc.contributorWaisman, Agustín
dc.contributorPincione, Guido
dc.creatorBrennan, Geoffrey
dc.date.accessioned2017-04-07T19:09:00Z
dc.date.accessioned2022-10-14T19:37:25Z
dc.date.available2017-04-07T19:09:00Z
dc.date.available2022-10-14T19:37:25Z
dc.date.created2017-04-07T19:09:00Z
dc.date.issued2001
dc.identifierhttp://repositorio.utdt.edu/handle/utdt/6291
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/4287823
dc.description.abstract¿Quis custodiet ipsos custodes? De algún modo, esta conocida pregunta clásica– ¿quién vigilará a quienes nos vigilan?es la pregunta normativa central en el análisis de la teoría de la elección pública sobre la política y más en general sobre el diseño institucional. Esto es así porque la teoría de la elección pública normalmente hace lo que muchos considerarían suposiciones extremas acerca de los motivos de aquellos que poseen poder político –a saber, que quienes poseen poder político invariablemente tenderán a explotar ese poder para alcanzar sus propios fines a expensas de los ciudadanos en general-. La suposición es bellamente descripta por David Hume en una oración a menudo citada en los círculos de la teoría de la elección pública
dc.publisherUniversidad Torcuato Di Tella. Escuela de Derecho
dc.relationRevista Argentina de Teoría Jurídica. Vol. 3, n. 1, (nov. 2001). ISSN: 1851-6843
dc.relationVersión española del inglés disponible aquí: https://repositorio.utdt.edu/handle/20.500.13098/11002
dc.rightshttps://rightsstatements.org/page/InC/1.0/?language=es
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess
dc.titleLa confianza, la resolución de controversias, y el problema del quis custodiet
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article


Este ítem pertenece a la siguiente institución