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Sociedad de responsabilidad limitada devenida en unipersonal
Fecha
2016-09Autor
Eimer, Gastón Germán
Fushimi, Jorge Fernando
Institución
Resumen
La inclusión del art. 94 bis de la Ley General de Sociedades (LGS) ha planteado una situación extraña ya que la reducción a uno del número de socios no es causal de disolución de la sociedad (ello es coherente con la derogación del inciso 8° del art. 94 LGS), pero sólo impone la transformación de pleno derecho a las sociedades de capital e industria y en comandita (simple y por acciones), omitiendo toda consideración a las sociedades colectivas y a las sociedades de responsabilidad limitada. En este trabajo hemos concentrado nuestro análisis sólo en el caso de la sociedad de responsabilidad limitada devenida en unipersonal, para analizar cuál es su situación a la luz del art. 94 bis de la LGS.