Parte de libro
Control judicial de las sanciones administrativas aplicadas en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo
Registro en:
978-9974-631-79-3
Autor
Piaggio, Lucas A.
Institución
Resumen
Resumen: Desde la creación de los regímenes normativos en materia de prevención de
lavado de activos y financiamiento del terrorismo (en adelante, PLAFT) ha sido moneda
común la asignación a la Administración Pública de facultades de fiscalización
de las conductas presuntamente infraccionales a aquellos ordenamientos.
Tales atribuciones de control que recaen, generalmente, en entidades o agencias
públicas con competencia específica en esta materia, han derivado, en muchos casos,
en la aplicación de sanciones administrativa.s a los sujetos abarcados dentro del ámbito
de aplicación de aquellos regímenes (entre ellos, y principalmente, bancos y demás
entidades intervinientes en el sector financiero, y sus órganos administración).
Las sanciones han consistido, en la mayoría de los casos, en multas pecuniarias por
montos económicos realmente significativo:;.
Si bien las sanciones que aplica la Administración Pública en los diversos países
de la región en materia de PLAFT pueden ser revisada.s, en principio, y como
regla general, por jueces y tribunales pertenecientes al Poder Judicial, 1 en este último
tiempo se han establecido normativamente algunas restricciones al control judicial
de tales medidas.