Artículos de revistas
Inspiraciones constitucionales con respecto al factor religioso en la Argentina : en torno al Bicentenario Patrio
Fecha
2013Registro en:
Autor
Fronza, Javier
Institución
Resumen
En el volumen XVI de este Anuario planteábamos poner por escrito unas reflexiones, en tres artículos, relativas a las inspiraciones que incidieron sobre el modo en que los constituyentes de 1853 encuadraron jurídicamente el factor religioso en Argentina. La intención era facilitar la comprensión del proceso de formación del texto legal a partir del cual el Estado argentino tutela el factor religioso en su amplio espectro: educación, matrimonio, familia, ciudadanos, etc. En este sentido, la constitución de 1853 con sus reformas accidentales, principalmente la de 1860 para permitir el ingreso de Buenos Aires a la Confederación y la de 1994 que blanquea la parte dispositiva en materia religiosa, abre una etapa en la historia del derecho eclesiástico argentino. Representa un cambio en el tratamiento jurídico del factor religioso que no se reduce a la mera sustitución de unas normas jurídicas hispánicas por otras argentinas, sino la superación de unos principios a favor de otros. Pasado el momento constituyente en el que las realidades vitales de la sociedad se expresaron bajo la forma y el método de la política, es la ciencia jurídica la encargada de traducirlas a sus categorías propias. Dentro de ella, corresponde a la ciencia eclesiástica la tarea de determinar los principios inspiradores, examinar su significado y contenido, establecer sus recíprocas conexiones y su lógica interna, de modo que se pueda deducir la unidad del sistema por el que ha optado nuestro ordenamiento...