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Límites de la razón de estado en el Estado social y democrático de derecho, con ocasión a los acuerdos de paz con las FARC
Autor
Mojica Figueroa, Luis Antonio
Institución
Resumen
La presente investigación, pretende un acercamiento a aquellos elementos básicos que podrían constituir de algún modo, límites a las decisiones políticas sean o no discrecionales, dentro del marco de la Razón de Estado, aplicada en el Estado Social y Democrático de derecho.
Límites como el fin o bien público entendido en sentido positivo como “la obediencia a la ley” (Foucault, 2006, p. 122), y en sentido naturalista como los intereses del colectivo, así como los derechos humanos, la norma, la razón, temporalidad y responsabilidad, pueden evitar el margen de autoritarismo o abuso del poder.
El inicio de partida, será aquellos hechos que motivaron el origen de este modelo estatal, intentando encontrar indicios sobre su razón de ser o su objeto.
Se analizará el concepto clásico de Razón de Estado maquiavélico, el cual podría ser entendido en estricto sentido, como aquella institución subjetiva que permite al gobernante la ejecución de medidas para garantizar la supervivencia y conservación del Estado como un bien superior a los demás, por encima inclusive de derechos y garantías individuales tan importantes como la libre locomoción, la libertad de expresión, la intimidad y hasta la propia vida.
No obstante, se pretende abordar una visión distinta de Razón de Estado enfocada a dar mayor protección a la conservación y bienestar de las personas y a los derechos humanos, enfoque que también podría tener origen en el mismo Maquiavelo.
Por último, se abordará el proceso de paz con las FARC adelantado por el gobierno nacional, donde se puede advertir violación al derecho fundamental de participación característico del modelo democrático; en el que, mediante plebiscito, el poder soberano deslegitimó el acuerdo final, lo que podría haber inhabilitado al presidente de la república para ejercer su iniciativa legislativa, con base en los acuerdos consultados al pueblo, sin que signifique que el presidente haya quedado sin facultad para realizar acuerdos, solo que no debió utilizar contenido del texto del acuerdo consultado.