dc.contributor-, -
dc.creatorOrozco Cabrera, Juan Camilo
dc.creatorLópez González, Yuderly
dc.creatorTorres Guerra, Diego Alejandro
dc.date.accessioned2021-11-18T20:56:48Z
dc.date.accessioned2022-09-28T17:49:46Z
dc.date.available2021-11-18T20:56:48Z
dc.date.available2022-09-28T17:49:46Z
dc.date.created2021-11-18T20:56:48Z
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/10901/20078
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/3694806
dc.description.abstractEl incidente de reparación integral, es el mecanismo al cual puede acudir la victima después de la sentencia penal condenatoria, para buscar la indemnización pecuniaria, verdad y justicia de la responsabilidad civil, por el daño. Al revisar sentencias sobre el tema se encontraron diferencias entre la indemnización contencioso administrativa y la jurisdicción ordinaria que debe ser igual; observando, que las víctimas activan doblemente el aparato judicial, ocasionando con esto abuso del derecho, afectación a la seguridad jurídica, enriquecimiento sin justa causa y congestión judicial; por ello, para proteger el patrimonio estatal, se proponen la reparación integral idéntica en todas las jurisdicciones.
dc.relationArango, M. C. (2017). Análisis crítico del daño a los bienes personalísimos de especial protección constitucional como una nueva modalidad de daño extrapatrimonial en el ordenamiento jurídico civil colombiano. Tesis de Grado Pontificia Universidad Javeriana. Recuperado de https://repository.javeriana.edu.co/handle/10554/34158
dc.relationCely, J. (2016), Análisis económico del enriquecimiento sin causa: un acercamiento al Derecho Civil y al Derecho Administrativo. En con-texto • revista de derecho y economía • n.º 48 julio • diciembre 2017 • pp. 83-101. Recuperado de https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/contexto/article/view/5290
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dc.relationCongreso de la República. (24 de diciembre de 1941). Organización de la jurisdicción Contencioso-administrativa. [Ley 167]. Diario oficial. No. 24.853 de 7 de enero de 1942.
dc.relationCongreso de la República. (7 de julio de 1998). Por la cual se adoptan como legislación permanente algunas normas del Decreto 2651 de 1991, se modifican algunas del Código de Procedimiento Civil, se derogan otras de la Ley 23 de 1991 y del Decreto 2279 de 1989, se modifican y expiden normas del Código Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia. [Ley 446]. Diario oficial. No. 43.335 de 8 de julio de 1998.
dc.relationCongreso de los Estados Unidos de Colombia. (26 de mayo de 1873). Código Civil. [Ley 87]. - Diario Oficial No. 2.867 del 31 de mayo de 1873.
dc.relationConsejo de Estado, Sección Tercera, (13 de julio de 1996), Exp.; 8163, [C.P. Juan de Dios Montes].
dc.relationConsejo de Estado Sección Tercera (25 de octubre de 2001) radicado No 25000- 23-26-000-1993-8964-01(13538). [C.P. Jesús María Carrillo Ballesteros]
dc.relationConsejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, (16 de agosto de 2007) sentencia del, Exp.: 30114, [C.P Ramiro Saavedra Becerra].
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.subjectIncidente de Reparación Integral
dc.subjectReparación integral
dc.subjectReparación Civil
dc.subjectReparación Administrativa
dc.titleIncidente de reparación integral y su incidencia en la reparación administrativa


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