La sanción disciplinaria de inhabilidad en el estado social de derecho: “Exceso de poder”
Registro en:
Autor
Aljure Echeverry, José Manuel
Tibamoso Torres, Mary Luz
Institución
Resumen
Se hace necesario conocer las bases históricas y doctrinales que le han servido al Derecho Disciplinario en su construcción, admitiendo que aún se encuentra en proceso de consolidación. Del mismo modo es preciso recabar sobre los fundamentos constitucionales del Derecho Disciplinario y los límites que tiene el mismo en su condición de sistema sancionatorio, así como, su diferencia frente al derecho penal.
En nuestro medio, José Rory Forero Salcedo ha estudiado el recorrido histórico que ha seguido el Derecho Disciplinario y nos indica que en principio éste se concibió como una forma de aplicación de instituciones de derecho privado para controlar la conducta de los servidores estatales dada la relación de dependencia laboral existente entre funcionarios y el Estado. Recuerda el autor “la anarquía normativa que imperaba en materia de sanciones disciplinarias antes de la expedición en Colombia de la ley 200 de 1995, cuando el derecho funcionarial era desarrollado por vía de instrucciones o del reglamento”. El citado profesor nos revela que “el desarrollo de los valores del “Estado Social de Derecho”, acogidos en la Constitución de 1991”, ha llevado a considerar la naturaleza sancionatoria que tiene el derecho disciplinario, que genera la necesidad de atender a los límites al ius puniendi, los cuales deben materializarse en garantías sustanciales y procesales.