Decreto 1174 de 2020 ¿Reduce la informalidad y crea las bases para la protección social?
Registro en:
instname:Pontificia Universidad Javeriana
reponame:Repositorio Institucional - Pontificia Universidad Javeriana
Autor
Cubaque Cañavera, Adriana Maria
Institución
Resumen
Con el fin de identificar si el Decreto 1174 de 2020 se encuentra regulando de manera efectiva los pisos de protección social y cumple con los parámetros de integralidad como principio rector del sistema general de seguridad social, se tomó como base la revisión de las principales directrices de la OIT, como son el Convenio 101 y la Recomendación 202, entre otros, así como las apreciaciones de laboralistas expertos en el tema con el fin de poder llegar a una primera aproximación del decreto reconociendo los puntos positivos y negativos. Se concluye que el piso de protección social que se pretende reglamentar con el Decreto 1174 de 2020 no impacta la informalidad ni crea una base para el piso de protección social, debido a que no cumple totalmente con las expectativas y parámetros definidos en la Recomendación 202 y Convenio 102 de la OIT que promueven el amparo de todas las personas bajo un sistema de protección social integral, que le permita a las personas llegar a tener una protección, entre otras en pensión, que le permita subsistir en su etapa de vejez.
El pronóstico más cercano de este decreto indica que la informalidad no se disminuirá pues cuando entre vigor la norma, según los expertos laboralistas y teniendo en cuenta la situación económica, social y política del país, es que propicie en la relación laboral un efecto negativo en los ingresos de los trabajadores y por ende en su protección social, en razón a que se buscaría por parte de los empleadores un ahorro en los aportes a la seguridad social; lo anterior, debido a que la alternativa que presenta el decreto estudiado, conlleva una cobertura a partir del piso de protección social con cobertura en salud a través del régimen subsidiado, en vejez con un sistema complementario de ahorro y de seguro inclusivo por riesgos laborales de manera focalizada prevaleciendo así la segmentación del sistema de seguridad social.