Libro
Bioética y sus Implicaciones en el Derecho
Fecha
2019-12-01Registro en:
Rodríguez Meléndez, E. H. (2018). Bioética y sus implicaciones en el Derecho. Barranquilla: Ediiciones Universidad Simón Bolívar.
978-958-5533-51-6
Autor
Rodríguez Meléndez, Eduard Humberto
Institución
Resumen
Este libro no se reduce a un estudio disyunto del mundo jurídico en torno a la vida, sino a un estudio triúnico del derecho de la vida1 donde se requiere filosofar el bios, el antropos y el ethos desde varios
interrogantes fundamentales: ¿Qué paradigmas existen en torno al bios y al antropos? ¿Qué implicaciones genera el pensamiento complejo en torno a la vida? ¿Qué movimientos paradigmáticos existen
sobre la vida en el Derecho? Y, ¿cómo lograr un derecho ejemplarizante desde la Bioética?
Cada pregunta constituye el núcleo de investigaciones necesarias y pertinentes para filosofar la vida, el hombre, la ética y el Derecho.
En el primer interrogante debemos comprender que el paradigma depende de los consensos de una comunidad científica. Para Thomas Kuhn (2013) . La estructura de la revolución científica. El
paradigma es una concepción del objeto de estudio de una ciencia acompañada de un conjunto de teorías básicas sobre aspectos particulares de ese objeto.
Sin embargo, la vida va más allá de toda objetivación o conjunto de teorías básicas, a tal punto que su abordaje científico está condicionado a los principios bioéticos que evitan cualquier abuso investigativo
que afecte negativamente la vida misma. Debido al crecimiento acelerado de la investigación científica, al igual que los problemas que deban investigarse, la metodología por emplear y la forma de alcanzar resultados de investigación, se hacen necesarias las garantías de protección constitucional del valor de la vida, siendo la vida el valor unificador del sistema jurídico colombiano, superando a otros catálogos axiológicos, ya que sin vida, lo demás quedaría sin fundamento.
De ahí que la comunidad científica haya pretendido alcanzar una explicación sobre los grandes interrogantes de la vida, olvidando la esencia misma de ella, incluso de acercarse a su comprensión y valoración,
reduciéndose al paradigma2 sobre el término bios o vida.
Esto se evidencia en las diversas formas de abordar el quehacer investigativo, cuya preocupación es pasar el filtro de aprobación técnico-científico de expertos, pero sin evaluaciones bioéticas serias que permitan la integridad y la transparencia frente al respeto de la vida misma.
Sin duda, las investigaciones jurídicas, al igual que los paradigmas en el Derecho, se quedan cortos ante un mundo de la vida cambiante, que requiere ser interpretado desde su ser integrador, enfrentando
los nuevos retos de la Bioética.
Sin embargo, los movimientos paradigmáticos del bios y el antropos repercuten en los paradigmas del ius. Por ejemplo, el idealismo predeterminado de la vida por Platón generaba una visión de justicia, donde cada quien cumplía su función acorde a la esencia del alma, mientras que el estagirita hace la diferencia entre la justicia y
la ley, o, en palabras de Kaufmann: Por primera vez Aristóteles comprendió la tradicional diferenciación
entre justicia natural y legislada. (1999, p.65). Incluso esta visión iusnaturalista fue acogida en la patrística agustiniana por el presupuesto del alma contemplativa de los principios inmutables revelados por Dios al bienaventurado.
Son precisamente los principios divinos los primeros en conciliar al ius, antropos y ethos desde la imagen y semejanza del hombre, al igual que la búsqueda de su proyecto existencial a la trascendencia; de ahí se desprenden las diversas leyes: divina, natural, humana y positiva.