Articulo
La elección popular de los jueces de paz en la provincia de Buenos Aires: fracaso y conflicto de poderes
Autor
Corva, María Angélica
Institución
Resumen
En la provincia de Buenos Aires, la dificultad de separar administración y justicia se hacía visible en los jueces de paz de los partidos, cuyo nombramiento tenía estrecha relación con la burocracia local, una forma de estructuración social que ritualizaba conductas y comportamientos de acuerdo a códigos compartidos a los que la sociedad debía adecuarse en relación con la propiedad de la tierra, la consolidación de los pueblos y la expansión de la frontera. (Garavaglia, 2007: 228- 230) Por esto, es importante reconstruir el perfil de los sujetos que ejercieron el cargo de jueces de paz, para entender las lógicas que guiaron su designación y observar la dinámica y funcionamiento de la institución. Establecidas esas lógicas de designación, ha podido dilucidarse que fueron mudando en función al contexto y la situación de la ocupación del territorio (Di Gresia, 2010: 1-3).
Pero tan importante como saber quiénes eran y cómo actuaban, es saber quién y cómo los elegía y los nombraba. La Constitución de 1873 buscaba la descentralización, separando las funciones judiciales y administrativas, logrando que la división de poderes republicana superara la teoría y se concretara a nivel local con municipalidades y una organización judicial cercana y accesible, para que el litigio se resolviera allí donde se producía. El juez de paz debía convertirse en la base del sistema judicial provincial y para ello era indispensable organizar un sistema municipal a cargo de jurisdicciones locales. Pensado así, el texto constitucional estableció que los jueces de paz fueran funcionarios exclusivamente judiciales y agentes de los tribunales de justicia - es decir que ya no eran presidentes de las municipalidades de la campaña - siendo electos directamente por electores calificados. La forma y tiempo de elección, así como la duración en funciones, debía ser establecida por una ley que fue promulgada el 23 de mayo de 1878, pero cuyos efectos fueron suspendidos -junto con los de la ley de Municipalidades- el 4 de septiembre, así como las elecciones de municipales y jueces de paz programadas.
Es nuestro objetivo conocer el contenido de esa ley de organización de la Justicia de Paz, en especial en lo referente a la elección popular, para luego analizar el conflicto de poderes que se produjo en relación a su concreción y el papel que la Suprema Corte de Justicia jugó en su resolución. Como paso previo, realizaremos una pesquisa en la legislación anterior (incluida la Constitución del Estado de Buenos Aires de 1854) sobre las funciones y mecanismos de nombramiento de los jueces de paz, desde su creación en 1821. Para toda esta tarea recurrimos a la Convención Constituyente de 1870-1873, a los Registros Oficiales provinciales, a las notas del juzgado de paz de Exaltación de la Cruz (partido de la provincia) y cada poder y contiene como antecedentes los debates legislativos relacionados con la ley de elección de los jueces de paz. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales