Artículos de revistas
El derecho internacional de los derechos humanos no es un préstamo.
Fecha
2008-08-05Registro en:
0328-5642
Autor
Filippini, Leonardo G.
Institución
Resumen
El autor reflexiona sobre los cuestionamientos del articulo “En contra de los "Prestamos" y de otros usos "no autoritativos" del derecho extranjero” de Carlos F. Rosenkrantz. Cuestiona la expansión de la critica de Rosenkrantz.(que considera “prestamos de derecho extranjero”, a los tratados internacionales incorporados a la CN en 1994) pues, a diferencia de los prestamos, el derecho internacional de los derechos humanos de la Constitución no es derecho extranjero y ha sido incorporado a nuestro ordenamiento jurídico como resultado de una deliberación nacional previa.
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