legislation
[Sin titulo]
Registro en:
Resolución Ministerial 648/88
Autor
Sábato [Ministro]
Institución
Resumen
No se computarán para la calificación anual respectiva (art.22 del Estatuto del Docente y su reglamentación) las inasistencias del personal docente de este Ministerio, con motivo de los paros efectuados en el año 1987, cuando no hayan sido declarados ilegales por las autoridades