Tesis
Sobre la juridicidad del secreto de los antecedentes de la Comisión Valech I
Autor
Pardo Henoch, Camila
Institución
Resumen
En el presente trabajo de tesis se propone como objetivo dar una respuesta jurídica a la pregunta sobre la legitimidad del secreto de los archivos de la Comisión de Prisión Política y Tortura (Comisión Valech I) establecido por el artículo 15 de la Ley N°19.992, a la luz del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en específico de los estándares del Derecho a la Verdad en el Sistema Interamericano. La necesidad de esta respuesta se enmarca en la controversia que ha existido desde el establecimiento del secreto hasta la actualidad. Por una parte, de las posturas a favor, se sostiene como principal fundamento jurídico la protección de la intimidad de las víctimas; mientras que, entre los argumentos que sustentan posturas contrarias, está el derecho a saber la verdad de lo ocurrido. Si el secreto protege efectivamente la intimidad de las víctimas y como afecta al Derecho a la Verdad, serán cuestiones a examinar en este trabajo. Considerando no solo lo más evidente, la afectación al Derecho individual a la Verdad a través del impedimento a los tribunales de justicia a los archivos de la Comisión Valech I, si no que también, las consecuencias sobre el Derecho colectivo a la Verdad, cuya titularidad reside en la sociedad.
Para entender el conflicto y sus alcances, se aborda el cuerpo normativo fuente del secreto y objeto de análisis, la Ley N°19.992. Así como también se trata el Decreto Supremo que crea la Comisión Valech I, como antecedente relevante para aportar herramientas al debate y ayudar a entender las diferencias entre la reserva y el secreto, ambas soluciones posibles a la protección de la intimidad de las víctimas. Para ayudar a resolver el cuestionamiento, se establece a qué obliga el Derecho a la Verdad en el Sistema Interamericano, es decir, cuáles son los estándares concretos con los que debe cumplir el Estado. De esta manera, son utilizados para el análisis comparativo con el artículo 15 de la Ley N°19.992 y así se logra determinar el cumplimiento o incumplimiento de la normativa internacional por parte del Estado.