dc.description.abstract | A nivel doctrinal existe una confusión sobre los términos: propiedad en condominio, propiedad horizontal, multipropiedad, copropiedad, propiedad de pisos, utilizándose sin distinción alguna. A nivel costarricense diferentes autores han tratado de aclarar los conceptos eliminando cualquier duda al respecto. De conformidad con la naturaleza del presente trabajo se considera innecesario desarrollar exhaustivamente algunas figuras, lo que permitir hacer hincapié en la definición de propiedad en condominio. Diversos autores han definido lo que para ellos es propiedad en condominio, entre estos es valido mencionar: Aquella figura jurídica que surge cuando los diferentes pisos o apartamentos de una casa o finca pertenecen a diversos propietarios, constituyendo una forma especial de propiedad por razón de su objeto, ya que, por determinación de la estructura física del inmueble, hallamos partes del mismo que son propiedad exclusiva de sus titulares, y partes del inmueble que propietarios. Manifestación de la propiedad inmueble en la cual los distintos apartamentos, viviendas, casas o locales de un inmueble construido en forma vertical, horizontal o mixta, susceptible de aprovechamiento. Pertenece a diferentes propietarios cada uno con derecho singular y exclusivo de propiedad sobre su departamento, vivienda, casa o local y además un derecho de copropiedad sobre los elementos y partes comunes del inmueble necesario para su uso o disfrute | |