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Resolución Honorable Consejo Superior Nº 11/14
Autor
Universidad Nacional de Córdoba. Honorable Consejo Superior.
Institución
Resumen
Hace lugar a lo solicitado por la Subsecretaría de
Posgrado de la Secretaría de Asuntos Académicos y atento que en la
redacción del la Ord. HCS 13/2.012 se omitió incluir el art 1° completo tal como
se aprobó en las Comisiones de Vigilancia y Reglamento y de Enseñanza,
rectificar el art 1° de la citada Ord. HCS el que quedará redactado según se
detalla: Disponer el uso de videoconferencia y/u otro sistema similar que
permita la comunicación bidireccional y simultanea de la imagen y sonido y la
interacción visual para la defensa oral y pública de las Tesis de Doctorado y
Maestría en el ámbito de la UNC, en los casos en que uno de los miembros del
Tribunal se viera impedido de asistir físicamente a la sede de la Universidad.