Artículos de revistas
El sistema de reforma de la constitución de 1980
Fecha
1987Registro en:
Temas de Derecho Año II Nº 3 1987 pp. 69 - 73
07163908
Autor
Verdugo Marincovic, Mario
Institución
Resumen
La Constitución es la ley de leyes, la de más alta jerarquía dentro del ordenamiento jurídico.
Este rango jerárquico dimana de su contenido: en ella se organizan las potestades públicas y se garantizan los derechos fundamentales de la persona. Es evidente que materias de esta naturaleza, por su trascendencia para la convivencia armónica social, no pueden estar expuestas a vaivenes de mayorías contingentes. Por el contrario, ellas precisan cierto grado de permanencia. Precisamente, para garantizar esa estabilidad, el principio de la "supremacía" se complementa en el de la "rigidez" constitucional: la Constitución no puede modificarse con la facilidad de la legislación ordinaria. Sin embargo, la Constitución como toda institución debe ser
permeable a los cambios políticos, sociales, económicos, que operan en el seno de la sociedad. Si ello no ocurre, la experiencia histórica resulta incontestable, se origina el llamado "fraude cons
titucional" o bien se precipita una ruptura constitucional, golpe de estado, revolución. Se ha llegado así a la adopción del sistema conocido como de las Constituciones "semirígidas y semiflexibles". Ello implica que el principio de la rigidez aparece atenuado en lo que atañe a los
requisitos exigidos para reformar la Constitución. Ellos siguen siendo superiores o más complejos que los precisados para derogar o modificar una ley ordinaria, pero no resultan excesivos,
inalcanzables para los reformistas