Tesis
Las diferencias de responsabilidad por accidentes aéreos cuando la aeronave es pública en contraste a cuando es privada
Autor
Anguita Urra, Francisca
Institución
Resumen
La responsabilidad en el derecho implica que cada individuo debe hacerse cargo económicamente de las consecuencias perjudiciales que conlleva su actuar. De esta forma, lo que se tiene por objeto es restablecer el equilibrio roto entre dos partes, materializando esto con la idea de la reparación.
Ahora bien, si llevamos este tema a la actividad aeronáutica, podemos darnos cuenta que en nuestra legislación no se ha abordado de forma pertinente los regímenes de responsabilidad que rigen esta actividad. Si bien el ordenamiento jurídico nacional hace la distinción entre la actividad aérea comercial, no comercial y militar; en la práctica podemos observar que solamente regula positivamente el régimen de responsabilidad que regla a la actividad aérea comercial, ya que por su parte, en materia militar la Fuerza Aérea de Chile sólo indirectamente ha establecido un sistema de responsabilidad, en base a la protección para sus miembros a través de los seguros obligatorios y del sistema de previsión y seguridad social que opera en virtud de un accidente con acto u ocasión del servicio.
Así las cosas, al no existir una regulación directa en la materia, se generan situaciones que forman lagunas jurídicas sin una solución clara, como sucede en los casos de accidentes aéreos de aviones militares que llevan pasajeros civiles en su interior. En esta situación ¿cómo responde el Estado por las personas muertas o heridas? Para nosotros, y en base a los argumentos expuestos en esta tesina, la solución debe ser la siguiente: para el caso del transporte gratuito efectuado por las Fuerzas Armadas, se debe aplicar un sistema de responsabilidad subjetivo, al igual que sucede con la actuación de los órganos de la Administración; y para el caso del transporte pagado que efectúa la institución, debe emplearse un sistema de responsabilidad objetivo y tazado por cuanto se presentan los mismos presupuestos que operan en la actividad aeronáutica comercial, no dejándose así en ningún caso a los civiles sumidos en la indefensión.