dc.date.accessioned2017-12-06T00:27:05Z
dc.date.accessioned2018-03-15T18:00:19Z
dc.date.available2017-12-06T00:27:05Z
dc.date.available2018-03-15T18:00:19Z
dc.date.created2017-12-06T00:27:05Z
dc.date.issued2015
dc.identifier2413-2810
dc.identifierhttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/13970
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/1174878
dc.description.abstractPor mandato del "Convenio 169" de la OIT y de la "Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas", ambos instrumentos ratificados por Bolivia, es obligación del Estado boliviano consultar a los pueblos indígenas cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente, asimismo para la formulación, aplicación y evaluación de los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional y regional que los involucre a ellos y a su territorio, y toda vez que se pretenda "emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Este ensayo presenta los resultados de la investigación realizada sobre el marco constitucional del derecho a la consulta de los pueblos indígenas - incluyendo los instrumentos internacionales que rigen en esta materia e integran el bloque de constitucionalidad -, la legislación de desarrollo y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional boliviano sobre el tema.
dc.languagees
dc.subjectTribunal constitucional
dc.subjectPueblos indígenas
dc.subjectTIPNIS
dc.titleEl derecho a la consulta de los pueblos indígenas, el Tribunal Constitucional y el TIPNIS
dc.typeArtículos de revistas


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