Tesis
Análisis jurídico de la ley de concurso preventivo
Autor
Arregui Sánchez, Carlos
Institución
Resumen
Autoridad competente: El concordato se gestiona ante el Superintendente de Compañías, que es la autoridad competente para conocer y tramitar concurso preventivo. Sujetos que intervienen: El concordato se lo realiza entre: La parte deudora que necesariamente debe ser una persona jurídica y que además se encuentre bajo el control de la Superintendencia de Compañías. La parte acreedora que puede estar conformada por una o varias personas, sean estas naturales o jurídicas. Objeto: El concurso preventivo es un procedimiento cuyo objetivo es evitar la quiebra del deudor a través de una refinanciación de sus deudas, podrán acogerse las empresas que se encuentran en estado de cesación de pagos o en peligro de estarlo. No se aplica a todas las compañías, sólo para las compañías que tengan un activo superior a cuatro mil unidades de valor constante o más de cien trabajadores permanentes, con un pasivo superior a dos mil unidades de valor constante.Cesación de pagos: El estado de cesación de pagos es presupuesto para la apertura del concurso preventivo, la quiebra o acuerdo extrajudicial, cesación de pagos es el estado de un patrimonio que se manifiesta impotente para afrontar el cumplimiento de las obligaciones exigibles. Supervisores: Serán escogidos de una terna enviada por los propios acreedores, podrán ser removidos de su cargo en cualquier tiempo por el superintendente. Acuerdo: El acuerdo al que deben llegar las partes se lo realiza en una serie de reuniones, en las que el superintendente cumple una función de moderador. Abogado de los Tribunales de Justicia de la República Cuenca