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<title>Gobierno</title>
<link>https://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/3129256</link>
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<pubDate>Sat, 04 Apr 2026 23:47:05 GMT</pubDate>
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<title>1994 Fallo del 17 de octubre de 1994.</title>
<link>https://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/9165519</link>
<description>1994 Fallo del 17 de octubre de 1994.
Ratio Decidendi :Al dictar el Decreto No. 46 mencionado, con el propósito de reglamentar la ley electoral, el Tribunal Electoral no está excediendo  sus facultades.  Manifiestan que la expedición de ese Decreto el artículo 136 de la Constitución Política de la República, porque en dicha disposición no se faculta al Tribunal Electoral a legislar en materia electoral, es desconocer que las normas de la Carta Magna deben apreciarse conjuntamente, por lo cual si el artículo posterior de la Carta Fundamental atribuye al Tribunal Electoral la facultad de reglamentación de la ley electoral, la expedición  del citado decreto no quebranta norma constitucional alguna.&#13;
Con base a lo anterior, la Corte Suprema, PLENO, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA QUE NO SON INCONSTITUCIONALES las Resoluciones del 23 de noviembre de 1993; 372 de 21 de diciembre de 1993; del 27 de diciembre de 1993; 375 de 27 de diciembre de 1993, ni el Decreto No. 46 de 2 de diciembre de 1993, dictadas por el Tribunal Electoral, por no contravenir los artículos 17,32,43,136,137 ni ningún otro de la Constitución Política de la República.; Ratio Decidendi :Al dictar el Decreto No. 46 mencionado, con el propósito de reglamentar la ley electoral, el Tribunal Electoral no está excediendo  sus facultades.  Manifiestan que la expedición de ese Decreto el artículo 136 de la Constitución Política de la República, porque en dicha disposición no se faculta al Tribunal Electoral a legislar en materia electoral, es desconocer que las normas de la Carta Magna deben apreciarse conjuntamente, por lo cual si el artículo posterior de la Carta Fundamental atribuye al Tribunal Electoral la facultad de reglamentación de la ley electoral, la expedición  del citado decreto no quebranta norma constitucional alguna.&#13;
Con base a lo anterior, la Corte Suprema, PLENO, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA QUE NO SON INCONSTITUCIONALES las Resoluciones del 23 de noviembre de 1993; 372 de 21 de diciembre de 1993; del 27 de diciembre de 1993; 375 de 27 de diciembre de 1993, ni el Decreto No. 46 de 2 de diciembre de 1993, dictadas por el Tribunal Electoral, por no contravenir los artículos 17,32,43,136,137 ni ningún otro de la Constitución Política de la República.
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<title>El misterio del excepcionalismo panameño</title>
<link>https://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/9165522</link>
<description>El misterio del excepcionalismo panameño
En las tres décadas desde la invasión estadounidense que derrocó a la dictadura del general Manuel Noriega, Panamá ha experimentado una transformación notable, y en gran parte ignorada. Se ha mantenido como una democracia estable y es hoy uno de los países más desarrollados de América Latina. Este artículo llama la atención sobre el ascenso de Panamá y destaca varias características intrigantes: es un caso raro de democratización exitosa por invasión militar; es uno de los casos más improbables del mundo de regeneración de un partido de origen autoritario; es un ejemplo destacado de gestión eficaz de los recursos por parte de una empresa estatal; y ha logrado un rápido desarrollo económico a pesar de niveles de corrupción extremadamente altos.; En las tres décadas desde la invasión estadounidense que derrocó a la dictadura del general Manuel Noriega, Panamá ha experimentado una transformación notable, y en gran parte ignorada. Se ha mantenido como una democracia estable y es hoy uno de los países más desarrollados de América Latina. Este artículo llama la atención sobre el ascenso de Panamá y destaca varias características intrigantes: es un caso raro de democratización exitosa por invasión militar; es uno de los casos más improbables del mundo de regeneración de un partido de origen autoritario; es un ejemplo destacado de gestión eficaz de los recursos por parte de una empresa estatal; y ha logrado un rápido desarrollo económico a pesar de niveles de corrupción extremadamente altos.
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<title>2002 Ley N° 60 del 17 de diciembre de 2002.</title>
<link>https://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/9165521</link>
<description>2002 Ley N° 60 del 17 de diciembre de 2002.
Esta ley se encuentra publicada en la gaceta oficial N° 24705 del 23 de diciembre de 2002. Contiene datos. Que reforma el Código Electoral y adopta otras Disposiciones.; Esta ley se encuentra publicada en la gaceta oficial N° 24705 del 23 de diciembre de 2002. Contiene datos. Que reforma el Código Electoral y adopta otras Disposiciones.
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<title>1969 Decreto de Gabinete Nº 58 del 3 de marzo de 1969.</title>
<link>https://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/9165520</link>
<description>1969 Decreto de Gabinete Nº 58 del 3 de marzo de 1969.
Este decreto de gabinete lo encuentra en la gaceta oficial Nº16314 del 7 de marzo de 1969.hace referencia sobre el cual se extingue los partidos políticos vigentes.; Este decreto de gabinete lo encuentra en la gaceta oficial Nº16314 del 7 de marzo de 1969.hace referencia sobre el cual se extingue los partidos políticos vigentes.
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