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Colombia diversidad biótica VIII : Media y baja montaña de la serranía de Perijá
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La Serranía de Perijá, el límite nororiental entre Colombia (Cesar y la Guajira) y Venezuela en un gradiente altitudinal entre 100 a 3550 m que al interactuar con la circulación de los vientos y el cercano macizo de la ...
Colombia diversidad biótica XVII : La región de la Serranía de Manacacías (Meta) Orinoquía colombiana
(Universidad Nacional de Colombia. Facultad de CienciasSede BogotáBogotá, Colombia, 2019)
Los resultados de la caracterización biofísica que se publican en este volumen (Rangel et al., 2019) indican que la Serranía de Manacacías presenta una alta importancia ecológica con muestras represen- tativas de ecosistemas ...
Una mirada integrativa del manejo porcícola no tecnificado en el Caribe colombiano: sanidad, vida silvestre y comunidades humanas
(Universidad Nacional de ColombiaBogotá - Ciencias - Maestría en Ciencias - BiologíaFacultad de CienciasBogotá,ColombiaUniversidad Nacional de Colombia - Sede Bogotá, 2023-03-15)
El origen del cerdo doméstico que se conoce hoy se ha discutido ampliamente, sin embargo, hasta el momento se refieren a sus ancestros más antiguos como Sus scrofa fereus proveniente del norte del continente europeo hacia ...
aplicación de las asociaciones público-privadas en proyectos de infraestructura social en el departamento de cundinamarca (2021 – 2022)
Aplicación de las Asociaciones Público-Privadas en proyectos de infraestructura social en el departamento de Cundinamarca (2021 – 2022).
En la mayoría de los países, la provisión de servicios de infraestructura es ...
Biología teórica, explicaciones y complejidad
(Universidad El Bosque, 2020)
De manera atávica, los biólogos trabajan en laboratorios, hacen trabajo de campo, se especializan en plantas o en insectos, por ejemplo, y ampliamente, hacen ciencia experimental y aplicada. En Colombia y en el mundo hay ...
Colombia Diversidad Biótica XIII : Complejo cenagoso Zapatosa y ciénagas del Sur del César. Biodiversidad, conservación y manejo
(Universidad Nacional de Colombia. Facultad de CienciasSede BogotáBogotá, Colombia, 2013)
La ciénaga Zapatosa es una depresión
cóncava al interior del río Cesar que alcanza
hasta doce metros de profundidad y es la
trampa de sedimentos de mayor extensión de
la planicie inundable del río Magdalena. Para ...
Creación del código de convivencia para el colegio fiscal mixto dr. José María Velasco Ibarra del cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos, año 2010
(INTRODUCCIÓN El Código de convivencia en los países de América Latina es un conjunto de principios, que enfocados en la Sistema de la Protección Integral, orientan los comportamientos personales y sociales en la búsqueda de una convivencia armónica. La creación del Código de Convivencia, está encaminado a fortalecer los valores éticos-morales y democráticos (solidaridad, equidad, respeto, buen trato, inclusión, entre otros.) y que cada individuo está en capacidad de construir autonomía, regula su comportamiento, reconoce y respeta los límites de los acuerdos de convivencia. El Código de Convivencia facilita la búsqueda de consenso a través del diálogo para el reconocimiento, abordaje y resolución de los conflictos; para garantizar el camino del alumno, aplicando un criterio inclusivo y posibilitar la formación de los estudiantes en las prácticas de la ciudadanía democrática, mediante la participación responsable en la construcción de una convivencia en los establecimientos educativos. Por requerimiento del Ministerio de Educación del Ecuador dispone que en los planteles educativos del país; se realice un proceso de análisis y reflexiones sobre los reglamentos, el clima escolar, las prácticas pedagógicas, disciplinarias, conflictos internos, incidencia en los niveles de maltrato y deserción estudiantil. El Código de Convivencia fortalece el desarrollo integral de los actores de la comunidad Educativa conformada por los estudiantes, padres familias, autoridades, docentes, administrativos y personal de servicio, en el ejercicio de sus obligaciones y derechos, además el compromiso que asumen todos sus integrantes dentro de los principios y valores, para ser mejores ciudadanos y mejores seres humanos el cual se convierte en el nuevo modelo de convivencia de la Institución. En consecuencia, el Código de Convivencia sirve para dar solución a los conflictos internos que se generan en la Institución, contribuyendo a fomentar el entendimiento y la colaboración entre todos, en orden a la buena marcha del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra” del Cantón Buena Fe. Planteamiento del problema En el Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”, actualmente tiene la necesidad de Crear un Código de Convivencia, ya que constituye un elemento esencial para fortalecer el desarrollo armónico de los integrantes de la institución. Cada vez se observa que existe conflictos por falta de comunicación, esto genera distorsión en la información entre Docentes, Padres de Familias, Maestros, Alumnos, Personal Administrativo y de servicios lo que crea mala convivencia La inexistencia del código, han ocasionado que se produzca una escasa socialización de los estudiantes en cuanto a valores: Compañerismo, humildad, equidad y disciplina, repercutiendo en la calidad de educación y que se refleja en la deserción estudiantil. Los docentes son intimidados por alumnos muy indisciplinados , porque con el código de la Niñez y de Adolescencia, piensan que están amparados y creen que todo está permitido y esto ocasiona que los estudiantes muestren su rebeldía portando armas, y sustancias no permitidas. Los padres de familia se sienten impotentes ante la violencia que se manifiesta con su representados , por este motivo, es necesaria La creación del Código de Convivencia, que permite, analizar y reflexionar sobre los reglamentos, el clima escolar, las prácticas pedagógicas y disciplinarias y su incidencia en los niveles de maltrato y deserción estudiantil, para una convivencia armónica. Formulación del problema ¿La inexistencia del Código de Convivencia en el Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra” del Cantón Buena Fe, impide regular las relaciones interpersonales, imposibilitando una convivencia armónica a todos los integrantes de la institución? Delimitación del problema La presente investigación se realizó en el Colegio Fiscal “Dr. José María Velasco Ibarra” que está ubicada en la calle Arcadio Fuentes y transversal, junto al Cementerio General, parroquia San Jacinto del Cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos. 1.4. Justificación y factibilidad El Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra” del Cantón Buena Fe, carece de un Código de Convivencia, lo que dificulta resolver conflictos internos, que se vive actualmente dentro de la institución La aplicación del código de convivencia, fortalece los valores éticos-morales y democráticos, para resolver, los problemas que no se pueden solucionar bajo el régimen disciplinario que actualmente se aplica en el plantel. Esta investigación, fue factible porque se obtuvo el apoyo del señor Abogado. Leonardo Marcelo Estrada Ortega, Rector del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra” y Lcda. Silvia Leonor García Parrales, Orientadora Vocacional del departamento de Bienestar Estudiantil (DOBE), mismo que beneficia a toda la comunidad educativa. Objetivos 1.5.1. Objetivo General Crear el Código de Convivencia para el Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra” con la finalidad de trabajar en armonía y conseguir los objetivos propuestos. Objetivos Específicos Diagnosticar la problemática que encierra la convivencia en la institución. Determinar las normas disciplinarias que rigen en el Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra” del Cantón Buena Fe. Realizar un análisis de FODA. Diseñar el código de convivencia con la participación de la comunidad educativa, que permita a todos el buen vivir. Hipótesis La Creación del Código de Convivencia, en el Colegio Fiscal Mixto Dr. “José María Velasco Ibarra” del cantón Buena Fe, permitirá una convivencia armónica en la comunidad educativa del plantel. II REVISIÓN DE LITERATURA 2.1. Definiciones de Convivencia. 2.1.1. ¿Qué es un Código de Convivencia? Onetto (2004), el Código de Convivencia es la adecuación de los estilos de convivencia a los requerimientos de la sociedad actual, en consecuencia apunta a plantarse la convivencia como un proyecto flexible y capaz de retroalimentarse creativamente a través del aporte y cuestionamiento de todos los integrantes de la comunidad educativa. El Código de Convivencia es un conjunto de principios, que enfocados en la doctrina de la protección integral, orienta los comportamientos personales y sociales en la búsqueda de una convivencia armónica en democracia con la comunidad educativa. En el sistema educativo, es un proceso dinámico que se construye con la participación de todos los sujetos de la comunidad para generar aprendizajes permanentes para una vida solidaria y equitativa. El Código de Convivencia facilita la búsqueda de consenso a través del diálogo para garantizar la trayectoria de los niños/as y adolescentes aplicando un criterio inclusivo y posibilitar la formación de los estudiantes en las prácticas de la ciudadanía democrática, mediante la participación responsables en la construcción de una convivencia holística en las establecimientos educativos. Onetto (2004), los conflictos son inevitables, pero a veces, pueden incluso ser beneficiosos al promover la innovación, la actividad, la identidad y la reflexión. Pero los beneficios que se obtengan dependerán de la capacidad para manejar los conflictos para resolverlos equitativamente e impedir las manifestaciones violentas y destructivas. Vivir en paz” es algo que se puede y debe aprender justamente porque no es un valor absoluto, ni un objetivo imaginario, sino un esfuerzo permanente en el desarrollo integral de la persona, para alcanzar día a día respetando las normas de convivencia establecidas de forma participativa. Cuando hablamos de seguridad individual y colectiva nos referimos al respeto del derecho a la vida e integridad personal, tanto física como psicológica que debe existir entre los actores que conforman una comunidad. Para garantizar el ámbito escolar como un espacio incluyente e integrador, que respete las diferencias y garantice normas de convivencia que faciliten el acceso a la educación de todos los niños/as y adolescentes sin distinción de ninguna clase; grupo étnico, religión, orientación sexual, niños/as con alguna discapacidad o adolescentes embarazadas y personas portadoras del VIH-SIDA. 2.1.2. Definición Tenti (2003), normalmente cuando hablamos del comportamiento de las personas, dentro de los espacios educativos, se hace referencia al tema de la disciplina. Sin embargo cuando se habla de disciplina ésta siempre hace referencia a los alumnos y alumnas, al comportamiento que a juicio de los adultos, niños, niñas y adolescentes deben observar dentro de las instituciones. Cuando hablamos de un Código de Convivencia, estamos hablando de desarrollar una propuesta que facilite la convivencia, coherente con la realidad que se vive, pero también que permita el desarrollo integral de las personas, la autonomía, el ejercicio de derechos y ciudadanía de todas las personas que hacen una institución: directivos, maestros, alumnos y alumnas, personal administrativo, padres de familia. Los códigos de Convivencia son construidos por el conjunto de la comunidad educativa y hacen referencia al universo de relaciones que se dan entre todos (alumnos/as, maestros/as, directivos, padres, administrativos, etc.) quienes pertenecen a una misma institución. Los principios que se enuncien dentro de ellos deben tenerse en cuenta y respetados por todos, debe incidir en la cultura escolar que tenemos actualmente, y construir paulatinamente nuevos paradigmas que propicien el diálogo, acuerdos mínimos de convivencia, análisis de los disensos, el ejercicio de derechos de todos los actores y por tanto el fortalecimiento de valores democráticos (solidaridad, equidad, respeto, buen trato, inclusión, etc.). Busca que cada individuo esté en capacidad de construir autonomía y autorregular su conducta, esto es, en capacidad de reconocer y respetar los límites y los acuerdos de la convivencia. 2.1.2.1. Alcances Tenti (2003), los códigos de Convivencia internos van a reemplazar los reglamentos existentes. Cada institución deberá trazar también estrategias que les permitan implementar e iniciar realmente la construcción de una nueva cultura institucional y su vigencia y actualización permanente. 2.1.2.2. Objetivo Tenti (2003), construir, de forma participativa, a partir de los derechos y responsabilidades reconocidos en la Constitución Ecuatoriana y el Código de la Niñez y Adolescencia, una normativa de convivencia para los colegios y escuelas, que propicie cambios en la cultura escolar, con el desarrollo de conductas y actitudes inherentes al respeto a los derechos humanos de cada miembro de la comunidad educativa, el buen trato, el desarrollo de ciudadanía, la resolución alternativa de conflictos y en el mejoramiento de la calidad de los aprendizajes. 2.1.2.3. Objetivos específicos Tenti (2003), difundir dentro de las instituciones educativas, los contenidos de la constitución del país y el código de la Niñez y Adolescencia, que hacen relación a los derechos humanos. Insertar el código de Convivencia, dentro de los proyectos educativos de cada plantel, como un componente fundamental en todas sus áreas. Construir con los miembros de la comunidad educativa, un diagnóstico de la problemática que encierra la convivencia en los colegios (disciplina, normas existentes, autoridad, sanciones, etc.) Elaborar la propuesta para la convivencia, a partir de los aportes y la participación de los miembros de la comunidad educativa. Ofrecer a los participantes herramientas técnicas y teóricas que faciliten un cambio en la cultura educativa. Abrir espacios de diálogo permanente en los colegios, con fin de crear condiciones adecuadas pura la participación de todos los miembros de la comunidad educativa en la elaboración de acuerdos, reconocimiento y respeto a las diferencias y la resolución de conflictos. Crear las bases para la construcción de códigos de Convivencia en cada institución educativa. 2.1.2.4. Metas Tenti (2003), a partir de la aplicación de los códigos de Convivencia se pretende lograr. Que las instituciones educativas sean espacios de garantía y ejercicio de derechos de todos sus miembros. Que las instituciones educativas centren su interés en los alumnos y alumnas. Que las instituciones educativas, sus directivos, los maestros y maestras estén en capacidad de orientar a sus alumnos en el ejercicio efectivo y cotidiano de los derechos y los valores de la convivencia democrática, mejorar los niveles de autoestima, propiciar el diálogo, la participación, la resolución alternativa de conflictos y el buen trato como parte de una nueva cultura institucional. Que las instituciones educativas reconozcan a los niños, niñas y adolescentes como coprotagonistas de un proyecto institucional común y actores fundamentales en los procesos de aprendizaje. Que las instituciones educativas estén más conectadas con las necesidades y los cambios actuales y que posibilite en los jóvenes y niños el desarrollo de una actitud crítica frente a las diversas situaciones que deba enfrentar. Que se fortalezcan los vínculos entre las instituciones y las familias de los y las estudiantes. Criterios básicos para la construcción de los códigos de Convivencia en concordancia con los objetivos planteados, el Código de Convivencia deberá servir de marco para el aprendizaje, por parte de todos los miembros de la comunidad educativa, de nuevas conductas inherentes al principio de dignidad que consagran los derechos recogidos en la Constitución del país y el Código de la Niñez y Adolescencia y la construcción de ciudadanía. 2.1.2.5. Contextualizados Tenti (2003), dentro de los marcos legales y acordes a la identidad de cada institución. 2.1.2.5.1. Flexibles y renovables: para permanecer actualizados y para propiciar un permanente aprendizaje. 2.1.2.5.2. Consensuados: a fin de garantizar la participación de todos los miembros de la comunidad educativa y el compromiso y respeto de cada uno en su aplicación y deberá propiciar la generación de espacios de análisis y propuesta, con grupos específicos de actores. Que el proceso de construcción del Código de Convivencia sea participativo, democrático, de consensos crecientes. Debe favorecer la participación de miembros de toda la comunidad educativa en la construcción de esta normativa , a fin de facilitar su inserción en los proyectos institucionales. Su construcción, o proceso de elaboración debe convertirse al mismo tiempo en un proceso de integración institucional y a la vez en un proceso permanente de aprendizaje de nuevos comportamientos y relacionamientos a partir de las acciones, interrelaciones, aportes y experiencias de todos. 2.1.2.6. Metodología Tenti (2003), su construcción tendrá como base los principios y derechos contenidos en la Constitución del país y el Código de la Niñez y Adolescencia. De ninguna manera los contenidos de los códigos de Convivencia podrán estar, bajo ninguna circunstancia, en contradicción con estos instrumentos. 2.2. Fundamentación del Código de Convivencia . Tenti (2003), expresa que el posicionamiento de nuevos paradigmas, con relación a los derechos humanos de todas las personas; en el caso particular de niños, niñas y adolescentes a partir de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, que los reconoce como sujetos de derechos, es decir, como personas con derechos y responsabilidades, con capacidad para ejercerlos y demandar su cumplimiento, de igual manera, el Código de la Niñez y Adolescencia recoge los principios y derechos declarados en que establece, al mismo tiempo, la necesidad de realizar cambios importantes en las instituciones. Desde esta perspectiva, se han vuelto obsoletas las normas y reglamentos existentes en las instituciones educativas. Los problemas y conflictos que vivimos actualmente no pueden ya resolverse bajo el régimen disciplinario que actualmente se aplica en las instituciones educativas, es necesario construir pautas de convivencia que permitan garantizar la vigencia de los derechos reconocidos constitucionalmente para todos. Tenti (2003), los Códigos de Convivencia no serán más que la expresión de esa voluntad, que tendrá que partir de la reflexión profunda de las causas de los conflictos dentro de las instituciones educativas y de la revisión de los principios y autoridad en el manejo del poder, que hasta ahora se utilizó para imponer, incluso desde la violencia orden establecido, para lograr constituirse como instituciones acogedoras, de calidad y garantizadoras de derechos. 2.3. El rol del Maestro y la enseñanza de los valores Quiroga (2004), la educación es uno de los vehículos más poderosos para la trasformación. Por medio de la educación las personas tienen la oportunidad de participar en un proceso que facilita el desarrollo de sus potencialidades y adquisición de las capacidades. Luego, puede utilizar estas capacidades para descubrir a la trasformación personal y por ende de la sociedad. Quiroga (2004), el propósito de la educación debería ser proporcionar un ambiente físico, emocional, intelectual y espiritual que contribuye plenamente hacia el desarrollo de las potencialidades innatas de cada alumno y, si mismo que le permita experimentar el gozo de llegar a comprender diferentes aspectos de la realidad y aplicar este conocimiento en el beneficio de sí mismo, su familia y la sociedad. En términos prácticos el educador ha de desarrollar las capacidades necesarias para desempeñar varios roles. A medida que el maestro va desarrollando estas capacidades, la educación se vuelve una experiencia pontecializadora, no solo para el alumno, sino también para el maestro, ya que se sienta cada vez más capaz de lograr los objetivos que se traza y de influir positivamente en el aprendizaje de sus alumnos. Hemos identificado 8 roles que desempeñan los maestros que facilitan una educación pontencializadora, Ellos son: orienta al alumno consejero del bien. < orientador educativo, familiar sirve de nexo entre el aula y la familia. facilitador de aprendizaje. Potencializa pensamientos creativos. estructura ambientes propios. Prepara clima académico. liderazgo moral modela el comportamiento. Creador de materiales didácticos desde la perspectiva de la trasformación. Monitor y evaluador del proceso de aprendizaje. Monitorea el avance del conocimiento de sus alumnos. Diseña currículo trasformador. Actualiza permanentemente los conocimientos. Quiroga (2004), se debe despertar en los alumnos el compromiso de dedicar sus vidas a practicar los valores éticos morales y aplicarlos en toda sus capacidades para buscar la trasformación social basada en la justicia y en la humildad. 2.4. El propósito de la educación con valores Es el siguiente: <2.4.1. Promover el desarrollo personal para la trasformación social Quiroga (2004), el ser humano” se halla en el grado más elevado de la materialidad y en el comienzo de la espiritualidad” por tanto, su realidad incluye poderes físicos, intelectuales y espirituales. Cuando nace, todos estos poderes existen en potencia. Por medio de la educación puede alcanzar su más completo desarrollo. Por eso la meta de la educación debe ser el desarrollo de las potencialidades de los alumnos en estas 3 dimensiones: físicas, intelectuales y espirituales. A nivel físico, el ser humano tiene 5 sentidos: la vista, el oído, el tacto, olfato y el gusto 2.4.2. Los poderes espirituales del desarrollo de los valores morales Quiroga (2004), una verdad espiritual, recalcada por distintas religiones, es la creación del ser humano en “imagen y semejanza” de Dios. En estos términos prácticos, esto significa que los seres humanos tienen la potencialidad de desarrollar cualidades espirituales, tales como el amor, la bondad, el perdón, la felicidad, la generosidad, la pureza, el desprendimiento, la paciencia. Sin florezcan y den fruto en el mundo de los hechos. Si la dimensión espiritual del ser humano no se desarrolló, la persona no logrará superar el nivel de un animal irracional, en este estado puede utilizar los conocimientos que adquiere tanto para hacer el bien, como para hacerse daño a sí mismo o a otros. En este enfoque el rol del maestro consiste en ayudar a los alumnos a aclarar y reforzar los valores que ya tienen. Se basa en el supuesto en que los alumnos ya tienen ciertos valores tradicionales positivos, los cuales se pueden reforzar. Sin embargo, en la sociedad actual, que se encuentra en un proceso de desintegración, a menudo los alumnos no traen una base fuerte de valores de la casa. Por tanto, hay mucho para aclarar. Además la falta de una base en principios espirituales universales, que pueden servir para evaluar los valores y cuestionar aquellos que, por ejemplo, no están de acuerdo con los derechos humanos fundamentales. Con su énfasis individualista, tampoco refuerza los valores que las personas tienen en común y que podrían consolidar los lazos de unidad. 2.4.3. El Maestro debe ser ejemplificación de liderazgo moral Quiroga (2004), aunque parece raro, un gran porcentaje de lo que los alumnos aprende en el aula no depende del plan de estudio. Es el resultado de las aptitudes, los sentimientos y las acciones del maestro, así como de su forma de dialogar con los alumnos y organizar la clase y el aula. Durante toda la vida los seres humanos aprendemos por medio de nuestra experiencias en el diario vivir en la infancia y en los primeros a los de la niñez, los niños aprenden principalmente por medio de imitar y asimilar las aptitudes y acciones de las personas que los rodean, con quienes tienen relaciones estrecha,. Esta forma de aprendizaje continua durante toda la vida. más bien, en todas las edades la forma de aprendizaje sigue siendo la asimilación de las aptitudes y acciones concretas que una persona cercana “modela” de manera consistente. 2.5. Clase de valores 2.5.1. Éticos – Morales. Quiroga (2004).son los valores que tiene que ver con la ética, moral y las buenas costumbres impuestas por la sociedad. Se poden en práctica con los grupos humanos y en las actividades diarias. 2.5.2. Valores personales.- Autoestima, salud, sexualidad. 2.5.3. Valores culturales.- las tradiciones, el folclor 2.5.4. Honradez. es la carta de presentación y éxito profesional que exhiben las personas. Justicia, respeto, solidaridad. Lealtad, responsabilidad. 2.5.5. La Justicia.- es la virtud de conocer, respetar y hacer valer los derechos y dar equitativamente a cada persona lo que se merece, lo que necesita para desarrollarse plenamente y vivir con dignidad. 2.5.6. El Respeto Quiroga (2004), significa valorar a los demás, acatar su autoridad y considerar su dignidad. El respeto se coge siempre a la verdad. Es la base fundamental para una convivencia sana y pacífica entre los miembros de una sociedad. Para practicarlo es preciso tener una clara noción de los derechos fundamentales de cada persona, en los que se destacan, el derecho a la vida, el derecho a la libertad y proteger su intimidad. Respetar a los padres aunque no esté de acuerdo con las normas reglas o normas de conducta impuesta en el hogar, pero sobre todo por principio espiritual que tenemos para con Dios. Respetar al jefe de una oficina, al rector del colegio, a las autoridades de educación que nos señalan normas de puntualidad y honestidad que deben ser puntualidad y honestidad que deben ser cumplidas. Respetar la diferencia individual, académica, política, religiosa, deportiva; es decir la forma de ser de otras personas. 2.5.7. Responsabilidad Quiroga (2004), es una obligación, ya sea moral o incluso legal, de cumplir con lo que se ha comprometido. La responsabilidad tiene un afecto directo en otro concepto fundamental: la confianza. Podemos nuestra fe y lealtad en aquellos que de manera estable cumple lo que han prometido. 2.5.8. Perseverancia Quiroga (2004), la perseverancia es hermana de la fortaleza, con frecuencia en muchos aspectos de la vida, existe una lucha constante, la vida es hermosa pero no necesariamente sencilla. Es el esfuerzo continuo que nos permite llevar a un buen término las cosas que emprendemos, es el valor fundamental en la vida para obtener resultados 2.6. Construir la Convivencia para prevenir la violencia Ortega (2004), la palabra convivencia significa la acción de vivir comúnmente juntos, pero nuestro acervo cultural le añade un conjunto de matices más o menos pro-sociales, que la han convertido en una expresión del complejo entramado social exigido para lograr una buena practicar; en el caso que nos ocupa, una buena práctica escolar. Aunque los matices pertenecen a distintos contexto de la vida práctica. Ortega (2004), la escuela cumple sus cometidos públicos a través de sus práctica, y estas están basadas en la actividad de enseñanza y aprendizaje, y en el dialogo constructivo que permite formar conciencia y adquirir hábitos y herramientas de comunicación. Considerada una comunidad de aprendizaje, la escuela realiza a través de la actividad, que debe incurrir enmarcada en el discurso de dialogo, negociación de normas y valores, la labor de enculturación, adaptación social y creación de criterios éticos y cívicos. Esta tarea esta tarea no puede realizarse sino en un entramado social de convivencia pacífica y democrática; así pues la convivencia se ha convertido en el reverso de la más fea cara de la violencia escolar, y así se ha convertido en la palabra clave en esta ámbito de conocimiento y la práctica educativa. 2.7. La disciplina escolar García (2008), la disciplina constituye uno de los principales elementos del proceso de enseñanza aprendizaje a través del cual los alumnos aprenden a vivir como miembro de una sociedad, por lo que se presenta como una cuestión relevante tanto en los contextos educativos como familiares y sociales. Los educadores, aunque están de acuerdo en que es necesario un cierto orden en las clases con los que trabajan, coinciden en señalar que, en muchas ocasiones, actuaciones y estrategias para mejorar la disciplina resultan inoperantes. Muchos asocian disciplina con rigidez y autoritarismo; incluso hoy, cuando vivimos en un país constitucionalmente libre y democrático, todavía algunos tienen una visión negativa y peyorativa de la disciplina en la escuela. Podemos entender la escuela como escenario de disciplina, orden, convivencia cuya meta consiste en desarrollar estrategias que permitan la interiorización disciplinaria que lleva a la “libertad de ser y elegir”. A medida que el individuo crece, necesita aumentar su libertad y autonomía, pero éstas estarán limitadas por la aptitud que tenga para razonar y asumir responsabilidades 2.7.1. Dimensión social < García (2008), desde hace más de una década la gestión, control, gobierno y disciplina escolar viene siendo un fenómeno que preocupa tanto al profesorado como a los responsables de la Administración educativa. Y la preocupación surge por la frecuencia con la que se suceden hechos que alteran y rompen la buena armonía y convivencia en las aulas y centros educativos y por la dificultad de encontrar soluciones idóneas y eficaces para superar el problema. Actualmente se escribe y publica mucho sobre las dificultades que entrañan las relaciones profesor-alumno, de lo complicado que resulta desempeñar las funciones docentes en un clima de convivencia, respeto necesario para que la enseñanza alcance la calidad conveniente. 2.7.2. Dimensión científica García (2008), si analizamos la literatura científica, sobre todo de lengua inglesa, en estos veinte últimos años verificamos la existencia de una gran pluralidad de trabajos e investigaciones referente al tema de gestión, control, gobierno y disciplina en el aula. Los paradigmas de investigación utilizados son diferentes haciendo casi imposible una integración coherente de los resultados obtenidos. Nuestro tema no es nuevo en la Psicología de la Educación sino que ha sido tratado de modo distinto e incorporado a otros temas y bloques según los momentos históricos. Así lo hayamos dentro de dinámica de grupo, funciones del profesor, autoridad del maestro, actualmente lo encontramos en los libros de textos con autonomía propia utilizándose términos como gestión y control, gobierno, dirección del aula, convivencia, disciplina, Indudablemente que todo esto nos está indicando y trasluciendo una evolución de concepciones pedagógicas y de ideologías y teorías psicológicas. < 2.7.3. Dimensión docente García (2008), una de las preocupaciones más importantes para todo profesor comprometido en la difícil tarea de educar es conseguir un nivel de orden necesario para que el grupo de alumnos a quienes se desea instruir y formar logre el funcionamiento adecuado y con ello, los objetivos en el período de escolarización; dichos objetivos se refieren tanto al aprendizaje de contenidos y destrezas académicas como a la socialización de los alumnos. 2.7.4. Definición de la disciplina García (2008), aunque no tratamos de ser exhaustivo y exponer todas las corrientes desde las que se define la disciplina escolar, si aspiramos a tener una noción clara de este concepto porque esto nos permitirá identificar lo que constituyen problemas de indisciplina en el aula. Es preciso, no obstante, desvincular la disciplina escolar de la disciplina en otros ámbitos y de restringirlo a sinónimo de autoritarismo. Desde una corriente autoritaria no es fácil que se desarrolle el deseado proceso educativo, pues la disciplina así concebida no puede considerarse como propia de un sistema educativo democrático en el que debe promoverse una noción de la misma basada en principios que animen desde dentro, desde la creencia de que las personas se encuentran capacitadas para decidir por sí misma y para aceptar las consecuencias derivadas de su comportamiento, eliminando el castigo como un medio de control y orientándose a la búsqueda de la acomodación del alumno a su grupo. La enseñanza de la disciplina es un proceso evolutivo, las acciones disciplinarias han de ser entendidas como medidas normalizadas cuya finalidad debe ser fundamentalmente reconstruir, consensuar y elaborar normas específicas, fijando los objetivos y diseñando las estrategias que permitan la convivencia efectiva de todos los miembros del grupo. Tanto históricamente como etimológicamente este concepto ha estado ligado al ámbito educativo, al profesor, al alumnado y a la enseñanza. En el aula, la disciplina se elige como un recurso instrumental para conseguir determinados fines: socialización del alumnado, autonomía, rendimiento, autocontrol, etc. En cualquier caso, se trata de un concepto controvertido en el que influyen dos formas de entenderlo: por un lado, la disciplina como correctora de conductas inadecuadas y, por otro, como una estrategia para desarrollar y controlar las conductas deseadas. 2.7.5. La forma de ser y actuar de los profesores García (2008), la actuación de los profesores frente al problema de la indisciplina viene determinada, sin duda, por su moral y por su manera de actuar, que indudablemente, mediatizarán sus posiciones y sus procedimientos para la resolución del solución de problema. La moral del profesor se ha entendido de maneras diferentes, entre las que cabe destacar: 1. Un sentimiento 2. Un estado de la mente, 3. Una actitud mental, y 4. Una actitud emocional. En concreto, se puede entender la moral del profesor como el sentimiento de un profesional de la educación tiene sobre su dedicación basándose en la manera que se percibe a sí mismo en la organización, y en la medida en que percibe que la organización es capaz de satisfacer sus propias necesidades y dar cauce a sus expectativas. También se entiende por moral el interés y entusiasmo que una persona muestra hacia la consecución de los objetivos del individuo y del grupo en una situación profesional dada. García (2008), cuando existe un ambiente escolar saludable y la moral de profesor es alta , los profesores se sienten bien unos con otros y manifiestan de realización de su profesión. Por regla general, la moral del profesor tiende a correlacionar con un ambiente de centro educativo saludable, es decir, con un ambiente educativo caracterizado por un clima positivo en relación de profesores y alumnos. Uno de los primeros efectos de este clima positivos es un incremento de la autoestima No se puede poner en duda la importancia de la moral del profesor en el desempeño de sus tareas, entre otras cosas, puede tener un efecto positivo sobre las actitudes y el aprendizaje de sus alumnos. 2.8. La Convivencia institucional y sus características. Reyes (2003), manifiesta que la Convivencia Institucional, alude, fundamentalmente, a uno de los temas básicos de la pedagogía: el aprendizaje, es decir, “el proceso por el cual un sujeto adquiere o desarrolla una nueva conciencia y conocimiento, que le proporcionan nuevos significados. Reyes (2003), para que el aprendizaje sea posible, los intercambios entre todos los actores de la institución (alumnos, docentes y padres) que comparten la actividad en el establecimiento y que conforman esa red de vínculos interpersonales que se denomina convivencia, deben construirse cotidianamente, mantenerse y renovarse cada día, según determinados valores. Reyes (2003), sólo cuando en una institución escolar se privilegian los valores como el respeto mutuo, el diálogo, la participación, recién entonces se genera el clima adecuado para posibilitar el aprendizaje, es por eso que puede afirmarse que la convivencia se aprende. Cada una de estos valores son importantes en este proceso, ya que el respeto mutuo, es el punto de encuentro positivo entre el individuo y la sociedad, donde se hace posible la convivencia en la diversidad, considerando que respetar a los otros signi¬fica aceptar la discrepancia en las opi¬niones, en los planteamientos y en la forma de vida. Reyes (2003), en el Colegio, a través del diálogo, los estudiantes, pueden expresar libremente las ideas y los docentes pueden aclarar las mismas o aportar nuevas, es decir por medio del diálogo puede existir un entendimiento entre todos los actores que hacen vida diaria en la institución educativa, existiendo así un mayor entendimiento entre todos; la participación, tiene múltiples face¬tas: se puede y se debe participar en la gestión de la institución, en el desarrollo de sus normas, en la selección de contenidos, en el establecimiento de la metodología, en el proceso de eva¬luación. La participación en los colegios requiere tiempo, nuevas actitudes y transformación de las estruc¬turas. 2.9. Normas para el Código de Convivencia Ministerio de Educación (2010), considerando: “Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclama "como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción". Que la Constitución Política del Estado en su artículo 6, expresa: " Todos los ecuatorianos son ciudadanos y, como tales, gozan de los derechos establecidos en esta Constitución". Que la Constitución Política de la República del Ecuador, en su artículo 23 del Capítulo II, de los derechos civiles, numeral 3, establece la igualdad ante la Ley; "Todas las personas serán consideradas iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación en razón de nacimiento, edad, sexo, etnia, color, orientación sexual, estado de salud, discapacidad, o diferencia de cualquier índole. Ministerio de Educación (2010). Que la Constitución Política del Estado en su artículo 49, expresa: "Los niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes al ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado les asegurará y garantizará el derecho a la vida desde su concepción; a la integridad física y síquica; a su identidad , nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar, a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social, al respeto a su libertad y dignidad, y a ser consultado en los asuntos que les afecten”. Que el Artículo 66 de la Constitución Política de la República del Ecuador establece que la educación, "inspirada en principios éticos, pluralistas democráticos, humanistas y científicos, promoverá el respeto a los derechos humanos, desarrollará un pensamiento crítico, fomentará el civismo”. Que la Ley Orgánica de Educación en su artículo 2, de los principios literal b) f) y j) señala: Todos los ecuatorianos tienen derecho a la educación integral y la obligación de participar activamente en el proceso educativo nacional; La educación tiene sentido moral, histórico y social; se inspira en los principios de nacionalidad, democracia, justicia social, paz, defensa de los derechos humanos y educación proveerá una auténtica cultura nacional; esto es, enraizada en la identidad del pueblo ecuatoriano. Que el Código Niñez y Adolescencia en sus artículos 38, 39, 40 y 41 se refieren a los objetivos de los programas de educación, a los derechos y deberes de los progenitores con relación al derecho a la educación, las medidas disciplinarias y las sanciones prohibidas < Que el Código de la Niñez y Adolescencia en sus artículos 38, 39, 40 y 41 se refieren a los objetivos de los programas de educación, a los derechos y deberes de los progenitores con relación al derecho a la educación, las medidas disciplinarias y las sanciones prohibidas. Ministerio de Educación (2010) Que el Código de la Niñez y Adolescencia en su artículo 38 literal b) expresa: "Promover y practicar la paz, el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales, la no discriminación, la tolerancia, la valoración de las diversidades, la participación, el diálogo, la autonomía y la cooperación"; y, literal f) "Fortalecer el respeto a sus progenitores y maestros, a su propia identidad cultural, su idioma, sus valores, a los valores nacionales y a los de otros pueblos y culturas". Que el Código de la Niñez y Adolescencia exige tratar a niños, niñas y adolescentes en forma diferenciada considerando el género, la interculturalidad y su grado de desarrollo y madurez. Ministerio de Educación (2010). Que los actores de la comunidad educativa deben conocer y aplicar sus derechos y deberes, para mejorar la convivencia dentro y fuera de las instituciones educativas, de acuerdo con los artículos 28 y 29 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Que en la actualidad la sociedad está expuesta a violencia y maltrato, siendo la familia y la institución educativa, entre otras, reproductoras de estos esquemas de comportamientos que afectan al desarrollo integral de la personalidad del ser humano y al desarrollo de la sociedad. Ministerio de Educación (2010). Que uno de los problemas más graves que se vive dentro de las instituciones educativas son los conflictos surgidos por la aplicación de medidas punitivas que no consideran las necesidades y demandas formativas de los y las estudiantes, como lo expresa el artículo 41de Código de la Niñez y Adolescencia. Que es uno de los objetivos generales del plan decenal de Educación aprobado en Consulta Popular del 26 de Noviembre del 2006 por el pueblo Ecuatoriano, es lograr una educación de calidad y calidez. Que es necesidad del sistema educativo nacional contar directrices para aplicar los códigos de convivencia en cada una de las instituciones educativas de los diferentes niveles y modalidades En uso de sus atribuciones que le confiere los Art. 179, numeral 6 de la Constitución Política de la República del Ecuador, 24 de la Ley Orgánica de Educación, en concordancia con los artículos 29 literales f) y r) y de su Reglamento General de Educación; 17, 59 y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la función Ejecutiva. Ministerio de Educación (2010), acuerda, art. 1. Institucionalizar el Código de Convivencia (instrumento que debe ser elaborado, aplicado, evaluado y mejorado continuamente) en todos los planteles educativos del país, en los diferentes niveles y modalidades del sistema, como un instrumento de construcción colectiva por parte de la comunidad educativa que fundamente las normas del Reglamento Interno y se convierta en el nuevo modelo de coexistencia de dicha comunidad. Art. 2. Señalar como propósito de la aplicación del Código de Convivencia el fortalecimiento y desarrollo integral de los actores de la comunidad educativa conformada por los docentes, estudiantes y las familias, en el ejercicio de sus obligaciones y derechos, calidad educativa y convivencia armónica.< Ministerio de Educación (2010). Art.3, declarar que el alumnado tiene, además de aquellos consagrados en el Reglamento General de la Ley Orgánica Educación y en el Código de la Niñez y Adolescencia, derecho a: Participar del proceso de enseñanza y aprendizaje de calidad en una atmósfera de calidez, libre de presiones de todo orden o abusos físicos, psicológicos o verbales. Gozar del respeto por sus derechos, sus sentimientos, su individualidad y sus pertenencias por parte de sus compañeros y de los funcionarios de la institución. Requerir la asistencia de los docentes, en caso de necesidad, con el fin de resolver dificultades o conflictos mediante el diálogo. Ser escuchado con respeto a sus opiniones. Demandar confidencialidad sobre asuntos personales tratados con algún miembro del personal docente. Ministerio de Educación (2010). Art.4, declarar que el alumnado tiene, además de aquellas consagrados en el Reglamento Genera! de la Ley Orgánica de Educación y en el Código de la Niñez y Adolescencia, la responsabilidad de: Cumplir respetuosa y puntualmente las Instrucciones impartidas por las autoridades educativas. Ser puntual en su asistencia a clases y en el cumplimiento de sus tareas y deberes escolares. Tratar a sus compañeros, maestros y demás personas con cortesía y de manera respetuosa. Evitar cualquier actividad que coarte los derechos de los otros alumnos a aprender o a jugar, o con la responsabilidad del profesor de ejercer su tarea educativa. Cuidar y respetar las instalaciones, el mobiliario y el material didáctico de la escuela, en tanto es propiedad ciudadana, así como la propiedad del prójimo. Expresar sus opiniones con cortesía y respeto. Ministerio de Educación (2010). Art. 5, declarar que los padres, las madres y/o representantes legales tienen, entre otros, el derecho a: Acceder a una educación de calidad y calidez y un entorno educativo seguro y sano para sus hijos. Dialogar con los profesores de sus hijos en un tiempo acordado mutuamente. Dialogar con el Director, Rector o el dirigente de curso de sus hijos sobre preocupaciones o temas que no se hayan resuelto durante sus conversaciones previas con el profesor o la profesora de clase. Obtener informes periódicos regulares sobre el desempeño de sus hijos, las políticas educativas adoptadas por la institución educativa, las necesidades que surgen de la tarea, etc. Participar en las asociaciones de padres Ser informado sobre el Plan o Proyecto Educativo Institucional y participar, en los órganos creados para el efecto y en los términos adecuados, de los procesos de evaluación del mismo. Ministerio de Educación (2010). Art. 6, declarar que los padres, las madres o representantes legales , entre otros, tienen la responsabilidad de:” a. Promover una actitud positiva hacia el estudio y hacia las expectativas de la institución con respecto a la conducta de sus hijos. b. Interesarse por el progreso académico de sus hijos, las tareas enviadas a casa y las actividades escolares a las que son convocados. c. Asegurarse que sus hijos asistan a clases puntualmente y que lleguen al colegio con los materiales necesarios para sus tareas. d. Comunicar a las autoridades de las instituciones educativas cualquier preocupación médica, académica o de conducta, que pueda afectar el desempeño o el comportamiento de su hijo o hija en la escuela. e. Establecer un contacto regular con el establecimiento educativo en áreas de trabajo de aula (firmar circulares, trabajos, revisar cuadernos, verificar el cumplimiento de tareas, asistir a reuniones de padres, etc.) Ministerio de Educación (2010). Art. 7, declarar que los profesores tienen, entre otros, el derecho a:” a. Gozar del respeto, la cooperación, la consideración y el apoyo de sus colegas, del alumnado y de los padres. b. Enseñar y trabajar en una atmósfera armoniosa; libre de presiones y productiva. c. Esperar una actitud responsable y positiva hacia el estudio de parte de los alumnos Art.8. Declarar que los profesores tienen, entre otros, la responsabilidad de: a. Planificar y conducir sus clases de acuerdo a los objetivos del currículo y aplicando técnicas didácticas apropiadas. b. Ofrecer un entorno conducente al aprendizaje, que favorezca la organización, la disciplina y la seguridad. c. Acompañar a los alumnos en su aprendizaje tomando en cuenta las diferencias individuales y promoviendo la auto-estima del alumnado. d. Realizar adaptaciones curriculares para la atención personalizada de sus alumnos. e. Ser sensibles a las necesidades de los alumnos. f. Comunicar a los padres los logros y las dificultades de sus hijos. Ministerio de Educación (2010). Art.9, proponer, entre otros, los siguientes conceptos/orientaciones que guiarán el proceso de construcción del Código de Convivencia: a. Democracia. La institución educativa debe ser un espacio pleno de práctica y reflexión de la democracia, ejercicio ciudadano con civismo, en la comprensión de nuestra realidad nacional, pluricultural, multiétnica, regional, así como en la protección y defensa del medio ambiente. La escuela debe institucionalizar la Educación para la Democracia desde la práctica: b. Ciudadanía. Vivencia la declaración constitucional de que todos los/las ecuatorianos/as somos ciudadanos/as sujetos de deberes y derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. c. Cultura del buen trato. Promover el respeto y reconocimiento a niños, niñas, adolescentes, educadores/as y a sus familias como ciudadanos/as en sus individualidades y expresiones culturales. d. Valores. Vivenciarlos valores de responsabilidad, respeto, fundamentos de la nueva cultura escolar en aras de la convivencia armónica. Estos valores deben encontrarse tanto en el currículo explícito como en el oculto, considerando el ejemplo de los adultos como modelo de formación. Ministerio de Educación (2010), entre otros aspectos conceptuales, señalamos los siguientes: La responsabilidad es hacerse cargo de cada uno de sus actos y asumir sus consecuencias. El respeto implica una actitud de estima hacia sí mismo y los demás y la observancia de deberes y derechos. La solidaridad significa comprometerse en la solución de los problemas y necesidades de los demás. Honestidad es decir la verdad y luchar contra la corrupción, la copia, el dolo, la difamación. La Justicia, dar a cada quien lo que corresponde respetando derechos y deberes. El amor es la expresión de afecto y cuidado para consigo mismo y para los demás. Ministerio de Educación (2010). Equidad de género, Considerar a hombres y mujeres en iguales condiciones, sin discriminación alguna. Comunicación. La institución educativa debe ser una fuente de comunicación permanente para mejorar el aprendizaje, la convivencia, la prevención, manejo y resolución de conflictos. Disciplina y autodisciplina. Promover los procesos de reflexión autocrítica por parte de los miembros de la comunidad educativa, de tal manera, que cada quien sea responsable de sus acciones. h. Fomentar la práctica de la autodisciplina estimulando el análisis y la reflexión individual y grupal de todos los actores de la comunidad educativa. Toda acción que rompa el compromiso de convivencia debe ser tratada de manera formativa y tener, al mismo tiempo, una consecuencia proporcional al tipo de falta cometida. i. Honestidad académica. Tantos docentes como estudiantes deben sujetarse a los principios de honestidad académica que implican presentar los trabajos con citación adecuada de las fuentes; respetar la autoría intelectual y someter el trabajo propio a procesos de evaluación. Se considerará una falta grave el plagio, la copia y el presentar trabajos de otros como si fueran propios. j. Uso de tecnología. Su uso debe ser regulado durante la jornada escolar y su incorporación, si fuera el caso, adecuada y oportuna al aprendizaje. Ministerio de Educación (2010), asimismo, se recomienda durante la jornada escolar, evitar el uso de teléfonos celulares, juegos electrónicos y otros artefactos, que son distractores del proceso de enseñanza aprendizaje y formativo. Ministerio de Educación (2010). Art.10, responsabilizar a los directores /as y rectores/as la institucionalización del Código de Convivencia en los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional, a través de la conformación del Comité Institucional, su implementación, ejecución, seguimiento, control, evaluación y mejoramiento continuo. Además, son los responsables de presentar a la Dirección Provincial de Educación y/u otro organismo competente el Código de Convivencia aprobado en una asamblea específica para este fin. Ministerio de Educación (2010). Art.11, conformar el Comité de Redacción del Código de Convivencia en cada establecimiento educativo, en todos los niveles y modalidades del sistema nacional. El responsable de la conformación de este comité es el director o rector. Art. 12. Integrar el Comité de Redacción del Código de Convivencia con los siguientes miembros: Educación General Básica Subdirector/a, quien lo preside, con voz dirimente Un psicólogo educativo, de existir. Un docente representante del Consejo Técnico. Un representante del Comité Central de Padres de Familia. Un representante del sector administrativo y servicios. El/a presidente/a del Gobierno Estudiantil. Bachillerato Vicerrector/a, quien lo preside. Coordinador del Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil (DOBE), de existir. Inspector General. Un docente representante de la Asamblea de Profesores. Un representante del Comité Central de Padres de Familia. Un representante del sector administrativo y servicios El/a presidente/a del Gobierno Estudiantil Unidad educativa Vicerrector/a, quien lo preside. Director/a Coordinador del DOBE, de existir. El Inspector General. Un docente representante por cada nivel educativo. Un representante del Comité Central de Padres de Familia. Un representante del sector administrativo y servicios. El/a presidente/a del Gobierno Estudiantil. Ministerio de Educación (2010). Art. 13, determinar las funciones del Comité de Redacción del Código de Convivencia: Realizar el diagnóstico de la realidad del establecimiento educativo en los aspectos socioeconómicos, psicopedagógicos y normativo. b. Elaborar de manera participativa con los docentes, padres de familia, estudiantes y personal administrativo y de servicio, el documento base del Código de Convivencia. c. Presentar al Consejo Técnico o Consejo Directivo el documento final aprobado por la Asamblea especifica. El Comité de Redacción del Código de Convivencia cesará en sus funciones una vez que el mismo ha sido aprobado por la asamblea específica. Ministerio de Educación (2010). Art. 14, aprobar el Código de Convivencia Institucional a través de la asamblea específica que estaré integrada por: El Rector o Director quien la presidirá y tendrá voto dirimente. Un delegado del Consejo Directivo y/o Consejo Técnico y dos delegados de los siguientes estamentos: Dos delegados de la Junta General de Directivos y Profesores. Dos delegados del Gobierno Estudiantil. Dos delegados del Comité Central de Padres de Familia. Dos delegados del personal administrativo y de servicio. El Comité de Redacción del Código de Convivencia tendrá voz informativa en la asamblea específica. Los miembros del Comité de Redacción están habilitados para ser electos representantes de sus sectores en la asamblea específica. Ministerio de Educación (2010). Art. 15, responsabilizar los Consejos Directivos y/o Consejos Técnicos del cumplimiento de las siguientes funciones: a. Planificar y ejecutar procesos de información, comunicación y capacitación sobre el contenido y aplicación del Código de Convivencia con estudiantes, docentes y padres de familia. b. Realizar seguimiento, control, evaluación y mejoramiento continuado de la aplicación del Código de Convivencia. c. Presentar informes anuales de los resultados de la aplicación del Código de Convivencia a la asamblea específica y socializarlos a la comunidad educativa. d. Resolver todos los asuntos que no están contemplados en el Código de Convivencia y elevarlos a consulta a la asamblea especifica de considerarlo necesario. e. Enviar el Código de Convivencia aprobado por la asamblea específica, al responsable del DOBE en la Dirección Provincial de Educación respectiva, para su conocimiento y registro. Ministerio de Educación (2010). Art. 16, responsabilizara los Departamentos de Orientación y Bienestar Estudiantil (DOBES) provinciales del envío de los Códigos de Convivencia a la División de Orientación y Bienestar Estudiantil Nacional, cuando le sea requerido. Art. 17. Declarar que los Códigos de Convivencia de las instituciones educativas son instrumentos públicos a los que todo ciudadano o ciudadana puede tener acceso. 2.10. Código de la Niñez y Adolescencia 2.10.1. Los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 1, finalidad.- Este Código dispone sobre la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en el Ecuador, con el fin de lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en un marco de libertad, dignidad y equidad. Para este efecto, regula el goce y ejercicio de los derechos, deberes y responsabilidades de los niños, niñas y adolescentes y los medios para hacerlos efectivos, garantizarlos y protegerlos, conforme al principio del interés superior de la niñez y adolescencia y a la doctrina de protección integral. Art. 2.- Sujetos protegidos.- Las normas del presente Código es aplicable a todo ser humano, desde su concepción hasta que cumpla dieciocho años de edad. Por excepción, protege a personas que han cumplido dicha edad, en los casos expresamente contemplados en este Código. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 3, supletoriedad.- En lo no previsto expresamente por este Código se aplicarán las demás normas del ordenamiento jurídico interno, que no contradigan los principios que se reconocen en este Código y sean más favorables para la vigencia de los derechos de la niñez y adolescencia. Art. 4.- Definición de niño, niña y adolescente.- Niño o niña es la persona que no ha cumplido doce años de edad. Adolescente es la persona de ambos sexos entre doce y dieciocho años de edad. Art. 5.- Presunción de edad.- Cuando exista duda sobre la edad de una persona, se presumirá que es niño o niña antes que adolescente y que es adolescente, antes que mayor de dieciocho años. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003) Art. 6.- Igualdad y no discriminación.- Todos los niños, niñas y adolescentes son iguales ante la ley y no serán discriminados por causa de su nacimiento, nacionalidad, edad, sexo, etnia, color, origen social, idioma, religión, filiación, opinión política, situación económica, orientación sexual, estado de salud, discapacidad o diversidad cultural o cualquier otra condición propia o de sus progenitores, representantes o familiares. El Estado adoptará las medidas necesarias para eliminar toda forma de discriminación. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 7, niños, niñas y adolescentes, indígenas y afroecuatorianos.- La ley reconoce y garantiza el derecho de los niños, niñas y adolescentes de nacionalidades indígenas y afroecuatorianos, a desarrollarse de acuerdo a su cultura y en un marco de interculturalidad, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de la República, siempre que las prácticas culturales no conculquen sus derechos. Art. 8.- Corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia.- Es deber del Estado, la sociedad y la familia, dentro de sus respectivos ámbitos, adoptar las medidas políticas, administrativas, económicas, legislativas, sociales y jurídicas que sean necesarias para la plena vigencia, ejercicio efectivo, garantía, protección y exigibilidad de la totalidad de los derechos de niños; niñas y adolescentes. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003), el Estado y la sociedad formularán y aplicarán políticas públicas sociales y económicas; y destinarán recursos económicos suficientes, en forma estable, permanente y oportuna. Art. 9.- Función básica de la familia.- La ley reconoce y protege a la familia como el espacio natural y fundamental para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente. Corresponde prioritariamente al padre y a la madre, la responsabilidad compartida del respeto, protección y cuidado de los hijos y la promoción, respeto y exigibilidad de sus derechos Art. 10.- Deber del Estado frente a la familia.- El Estado tiene el deber prioritario de definir y ejecutar políticas, planes y programas que apoyen a la familia para cumplir con las responsabilidades especificadas en el artículo anterior. Art. 11.- El interés superior del niño.- El interés superior del niño es un principio que está orientado a satisfacer el ejercicio efectivo del conjunto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; e impone a todas las autoridades administrativas y judiciales y a las instituciones públicas y privadas, el deber de ajustar sus decisiones y acciones para su cumplimiento. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003), para apreciar el interés superior se considerará la necesidad de mantener un justo equilibrio entre los derechos y deberes de niños, niñas y adolescentes, en la forma que mejor convenga a la realización de sus derechos y garantías. Este principio prevalece sobre el principio de diversidad étnica y cultural. El interés superior del niño es un principio de interpretación de la presente Ley. Nadie podrá invocarlo contra norma expresa y sin escuchar previamente la opinión del niño, niña o adolescente involucrado, que esté en condiciones de expresarla. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 12, prioridad absoluta.- En la formulación y ejecución de las políticas públicas y en la provisión de recursos, debe asignarse prioridad absoluta a la niñez y adolescencia, a las que se asegurará, además, el acceso preferente a los servicios públicos y a cualquier clase de atención que requieran. Se dará prioridad especial a la atención de niños y niñas menores de seis años. En caso de conflicto, los derechos de los niños, niñas y adolescentes prevalecen sobre los derechos de los demás. Art. 13.- Ejercicio progresivo.- El ejercicio de los derechos y garantías y el cumplimiento de los deberes y responsabilidades de niños, niñas y adolescentes se harán de manera progresiva, de acuerdo a su grado de desarrollo y madurez. Se prohíbe cualquier restricción al ejercicio de estos derechos y garantías que no esté expresamente contemplado en este Código. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 14, aplicación e interpretación más favorable al niño, niña y adolescente.- Ninguna autoridad judicial o administrativa podrá invocar falta o insuficiencia de norma o procedimiento expreso para justificar la violación o desconocimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Las normas del ordenamiento jurídico, las cláusulas y estipulaciones de los actos y contratos en que intervengan niños, niñas o adolescentes, o que se refieran a ellos, deben interpretarse de acuerdo al principio del interés superior del niño. 2.10.2. Derechos, garantías y deberes. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 15, titularidad de derechos.- Los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derechos y garantías y como tales, gozan de todos aquellos que las leyes contemplan en favor de las personas, además de aquellos específicos de su edad. Los niños, niñas y adolescentes extranjeros que se encuentren bajo jurisdicción del Ecuador, gozarán de los mismos derechos y garantías reconocidas por la ley a los ciudadanos ecuatorianos, con las limitaciones establecidas en la Constitución y en las leyes. Art. 16.- Naturaleza de estos derechos y garantías.- Por su naturaleza, los derechos y garantías de la niñez y adolescencia son de orden público, interdependientes, indivisibles, irrenunciables e intransigibles, salvo las excepciones expresamente señaladas en la ley. Art. 17.- Deber jurídico de denunciar.- Toda persona, incluidas las autoridades judiciales y administrativas, que por cualquier medio tenga conocimiento de la violación de un derecho del niño, niña o adolescente, está obligada a denunciarla ante la autoridad competente, en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas. Art. 18.- Exigibilidad de los derechos.- Los derechos y garantías que las leyes reconocen en favor del niño, niña y adolescente, son potestades cuya observancia y protección son exigibles a las personas y organismos responsables de asegurar su eficacia, en la forma que este Código y más leyes establecen para el efecto. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 19, sanciones por violación de derechos.- Las violaciones a los derechos de los niños, niñas y adolescentes serán sancionadas en la forma prescrita en este Código y más leyes, sin perjuicio de la reparación que corresponda como consecuencia de la responsabilidad civil. 2.10.3. Derechos relacionados con el desarrollo Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 33, derecho a la identidad.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la identidad y a los elementos que la constituyen, especialmente el nombre, la nacionalidad y sus relaciones de familia, de conformidad con la ley. Es obligación del Estado preservar la identidad de los niños; niñas y adolescentes y sancionar a los responsables de la alteración, sustitución o privación de este derecho. Art. 34.- Derecho a la identidad cultural.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a conservar, desarrollar, fortalecer y recuperar su identidad y valores espirituales, culturales, religiosos, lingüísticos, políticos y sociales y a ser protegidos contra cualquier tipo de interferencia que tenga por objeto sustituir, alterar o disminuir estos valores. Art. 35.- Derecho a la identificación.- Los niños y niñas tienen derecho a ser inscritos inmediatamente después del nacimiento, con los apellidos paterno y materno que les correspondan. El Estado garantizará el derecho a la identidad y a la identificación mediante un servicio de Registro Civil con procedimientos ágiles, gratuitos y sencillos para la obtención de los documentos de identidad. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 36, normas para la identificación.- En la certificación de nacido vivo, que deberá ser emitida bajo la responsabilidad del centro o institución de salud pública o privada que atendió el nacimiento, constará la identificación dactilar de la madre y la identificación plantar del niño o niña recién nacido o nacida. Art. 3.-Derecho a la educación.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Este derecho demanda de un sistema educativo que: 1. Garantice el acceso y permanencia de todo niño y niña a la educación básica, así como del adolescente hasta el bachillerato o su equivalente. 2. Respete las culturas y especificidades de cada región y lugar. 3. Contemple propuestas educacionales flexibles y alternativas para atender las necesidades de todos los niños, niñas y adolescentes, con prioridad de quienes tienen discapacidad, trabajan o viven una situación que requiera mayores oportunidades para aprender. 4. Garantice que los niños, niñas y adolescentes cuenten con docentes, materiales didácticos, laboratorios, locales, instalaciones y recursos adecuados y gocen de un ambiente favorable para el aprendizaje. Este derecho incluye el acceso efectivo a la educación inicial de cero a cinco años, y por lo tanto se desarrollarán programas y proyectos flexibles y abiertos, adecuados a las necesidades culturales de los educandos. 5. Que respete las convicciones éticas, morales y religiosas de los padres y de los mismos niños, niñas y adolescentes. La educación pública es laica en todos sus niveles, obligatoria hasta el décimo año de educación básica y gratuita hasta el bachillerato o su equivalencia. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003), el Estado y los organismos pertinentes asegurarán que los planteles educativos ofrezcan servicios con equidad, calidad y oportunidad y que se garantice también el derecho de los progenitores a elegir la educación que más convenga a sus hijos y a sus hijas. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 38, objetivos de los programas de educación.- La educación básica y media asegurarán los conocimientos, valores y actitudes indispensables para: a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño, niña y adolescente hasta su máximo potencial, en un entorno lúdico y afectivo. b) Promover y practicar la paz, el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales, la no discriminación, la tolerancia, la valoración de las diversidades, la participación, el diálogo, la autonomía y la cooperación. c) Ejercitar, defender, promover y difundir los derechos de la niñez y adolescencia. d) Prepararlo para ejercer una ciudadanía responsable, en una sociedad libre, democrática y solidaria. e) Orientarlo sobre la función y responsabilidad de la familia, la equidad de sus relaciones internas, la paternidad y maternidad responsable y la conservación de la salud. f) Fortalecer el respeto a sus progenitores y maestros, a su propia identidad cultural, su idioma, sus valores, a los valores nacionales y a los de otros pueblos y culturas. g) Desarrollar un pensamiento autónomo, crítico y creativo. h) La capacitación para un trabajo productivo y para el manejo de conocimientos científicos y técnico. i) El respeto al medio ambiente. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 39, derechos y deberes de los progenitores con relación al derecho a la educación.- Son derechos y deberes de los progenitores y demás responsables de los niños, niñas y adolescentes: 1. Matricularlos en los planteles educativos. 2. Seleccionar para sus hijos una educación acorde a sus principios y creencias. 3. Participar activamente en el desarrollo de los procesos educativos. 4. Controlar la asistencia de sus hijos, hijas o representados a los planteles educativos. 5. Participar activamente para mejorar la calidad de la educación. 6. Asegurar el máximo aprovechamiento de los medios educativos que les proporciona el Estado y la sociedad. 7. Vigilar el respeto de los derechos de sus hijos, hijas o representados en los planteles educacionales. 8. Denunciar las violaciones a esos derechos, de que tengan conocimiento. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 40, medidas disciplinarias.- La práctica docente y la disciplina en los planteles educativos respetarán los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes; excluirán toda forma de abuso, maltrato y desvalorización, por tanto, cualquier forma de castigo cruel, inhumano y degradante. Art. 41.- Sanciones prohibidas.- Se prohíbe a los establecimientos educativos la aplicación de: 1. Sanciones corporales. 2. Sanciones psicológicas atentatorias a la dignidad de los niños, niñas y adolescentes. 3. Se prohíben las sanciones colectivas. 4. Medidas que impliquen exclusión o discriminación por causa de una condición personal del estudiante, de sus progenitores, representantes legales o de quienes lo tengan bajo su cuidado. Se incluyen en esta prohibición las medidas discriminatorias por causa de embarazo o maternidad de una adolescente. A ningún niño, niña o adolescente se le podrá negar la matrícula o expulsar debido a la condición de sus padres. En todo procedimiento orientado a establecer la responsabilidad de un niño, niña o adolescente por un acto de indisciplina en un plantel educativo, se garantizará el derecho a la defensa del estudiante y de sus progenitores o representantes. Cualquier forma de atentado sexual en los planteles educativos será puesta en conocimiento del Agente Fiscal competente, para los efectos de la ley, sin perjuicio de las investigaciones y sanciones de orden administrativo que correspondan en el ámbito educativo. <Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 42, derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.- Los niños, niñas y adolescentes con discapacidades tienen derecho a la inclusión en el sistema educativo, en la medida de su nivel de discapacidad. Todas las unidades educativas están obligadas a recibirlos y a crear los apoyos y adaptaciones físicas, pedagógicas, de evaluación y promoción adecuadas a sus necesidades. <<Art. 43.- Derecho a la vida cultural.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a participar libremente en todas las expresiones de la vida cultural. En el ejercicio de este derecho pueden acceder a cualquier espectáculo público que haya sido calificado como adecuado para su edad, por la autoridad competente. Es obligación del Estado y los gobiernos seccionales impulsar actividades culturales, artísticas y deportivas a las cuales tengan acceso los niños, niñas y adolescentes. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 44, derechos culturales de los pueblos indígenas y negros o afroecuatorianos.- Todo programa de atención y cuidado a los niños, niñas y adolescentes de las nacionalidades y pueblos indígenas, negros o afroecuatorianos, deberá respetar la cosmovisión, realidad cultural y conocimientos de su respectiva nacionalidad o pueblo y tener en cuenta sus necesidades específicas, de conformidad con la Constitución y la ley. Las entidades de atención, públicas y privadas, que brinden servicios a dichos niños, niñas y adolescentes, deberán coordinar sus actividades con las correspondientes entidades de esas nacionalidades o pueblos. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 45, derecho a la información.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a buscar y escoger información y a utilizar los diferentes medios y fuentes de comunicación, con las limitaciones establecidas en la ley y aquellas que se derivan del ejercicio de la patria potestad. Es deber del Estado, la sociedad y la familia, asegurar que la niñez y adolescencia reciban una información adecuada, veraz y pluralista; y proporcionarles orientación y una educación crítica que les permita ejercitar apropiadamente los derechos señalados en el inciso anterior. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 46, prohibiciones relativas al derecho a la información.- Se prohíbe: 1. La circulación de publicaciones, videos y grabaciones dirigidos y destinados a la niñez y adolescencia, que contengan imágenes, textos o mensajes inadecuados para su desarrollo y cualquier forma de acceso de niños, niñas y adolescentes a estos medios. 2. La difusión de información inadecuada para niños, niñas y adolescentes en horarios de franja familiar, ni en publicaciones dirigidas a la familia y a los niños, niñas y adolescentes. 3. La circulación de cualquier producto destinado a niños, niñas y adolescentes, con envoltorios que contengan imágenes, textos o mensajes inadecuados para su desarrollo. Estas prohibiciones se aplican a los medios, sistemas de comunicación, empresas de publicidad y programas. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 47, garantías de acceso a una información adecuada.- Para garantizar el derecho a la información adecuada, de que trata el artículo anterior, el Estado deberá: a) Requerir a los medios de comunicación social, la difusión de información y materiales de interés social y cultural para niños, niños y adolescentes. b) Exigirles que proporcionen, en forma gratuita, espacios destinados a programas del Consejo Nacional de Niñez y Adolescencia c) Promover la producción y difusión de literatura infantil y juvenil. d) Requerir a los medios de comunicación la producción y difusión de programas acordes con las necesidades lingüísticas de niños, niñas y adolescentes pertenecientes a los diversos grupos étnicos. e) Impedir la difusión de información inadecuada para niños, niñas y adolescentes en horarios de franja familiar, ni en publicaciones dirigidas a la familia y a los niños, niñas y adolescentes f) Sancionar de acuerdo a lo previsto en esta Ley, a las personas que faciliten a los menores: libros, escritos, afiches, propaganda, videos o cualquier otro medio auditivo y/o visual que hagan apología de la violencia o el delito, que tengan imágenes o contenidos pornográficos o que perjudiquen la formación del menor. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). g) Exigir a los medios de comunicación audiovisual que anuncien con la debida anticipación y suficiente notoriedad, la naturaleza de la información y programas que presentan y la clasificación de la edad para su audiencia. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003), se consideran inadecuados para el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes los textos, imágenes, mensajes y programas que inciten a la violencia, exploten el miedo o aprovechen la falta de madurez de los niños, niñas y adolescentes para inducirlos a comportamientos perjudiciales o peligrosos para su salud y seguridad personal y todo cuanto atente a la moral o el pudor. En cualquier caso, la aplicación de medidas o decisiones relacionadas con esta garantía, deberán observar fielmente las disposiciones del Reglamento para el Control de la Discrecionalidad de los Actos de la Administración Pública, expedido por el Presidente de la República. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 48, derecho a la recreación y al descanso.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la recreación, al descanso, al juego, al deporte y más actividades propias de cada etapa evolutiva. Es obligación del Estado y de los gobiernos seccionales promocionar e inculcar en la niñez y adolescencia, la práctica de juegos tradicionales; crear y mantener espacios e instalaciones seguras y accesibles, programas y espectáculos públicos adecuados, seguros y gratuitos para el ejercicio de este derecho. Los establecimientos educativos deberán contar con áreas deportivas, recreativas, artísticas y culturales, y destinar los recursos presupuestarios suficientes para desarrollar estas actividades. El Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia dictará regulaciones sobre programas y espectáculos públicos, comercialización y uso de juegos y programas computarizados, electrónicos o de otro tipo, con el objeto de asegurar que no afecten al desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 49, normas sobre el acceso a espectáculos públicos.- Se prohíbe el ingreso de niños, niñas y adolescentes a los espectáculos que hayan sido calificados como inconvenientes para su edad Los espectáculos públicos adecuados para la niñez y adolescencia gozarán de un régimen especial respecto de los impuestos y contribuciones fiscales y municipales, que se reglamentará por las autoridades respectivas. Si se han organizado exclusivamente en beneficio de los establecimientos de protección, gozarán de exoneración de impuestos. <En los espectáculos a que se refiere el artículo anterior, serán admitidos en forma gratuita y obligatoria los niños, niñas y adolescentes pertenecientes a establecimientos de protección. Las empresas responsables de los espectáculos deberán ofrecer las seguridades necesarias y garantizar las medidas en caso de accidente. 2.10.4. Derechos de protección Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 50, derecho a la integridad personal.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se respete su integridad personal, física, psicológica, cultural, afectiva y sexual. No podrán ser sometidos a torturas, tratos crueles y degradantes. Art. 51.- Derecho a la libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se respete: a) Su libertad, sin más limitaciones que las establecidas en la ley. Los progenitores y responsables de sus cuidados los orientarán en el ejercicio de este derecho. b) Su dignidad, autoestima, honra, reputación e imagen propia. Deberá proporcionárseles relaciones de calidez y buen trato fundamentadas en el reconocimiento de su dignidad y el respeto a las diferencias. Código de la Niñez Y de la Adolescencia (2003). Art. 52, prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen. Se prohíbe: 1. La participación de niños, niñas y adolescentes en programas, mensajes publicitarios, en producciones de contenido pornográfico y en espectáculos cuyos contenidos sean inadecuados para su edad. 2. La utilización de niños y niñas o adolescentes en programas o espectáculos de proselitismo político o religioso. 3. La publicación o exhibición de noticias, reportajes, crónicas, historias de vida o cualquiera otra expresión periodística con imagen o nombres propios de niños, niñas o adolescentes que han sido víctimas de maltrato o abuso. 4. La publicación o exhibición de imágenes y grabaciones o referencias escritas que permitan la identificación o individualización de un niño, niña o adolescente que ha sido víctima de maltrato, abuso sexual o infracción penal, y cualquier otra referencia al entorno en el que se desarrollan. 5. La publicación del nombre, así como de la imagen de los menores acusados o sentenciados por delitos o faltas. Aun en los casos permitidos por la ley, no se podrá utilizar públicamente la imagen de un adolescente mayor de quince años, sin su autorización expresa; ni la de un niño, niña o adolescente menor de dicha edad, sin la autorización de su representante legal, quien sólo la dará si no lesiona los derechos de su representado. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 53, derecho a la privacidad y a la inviolabilidad del hogar y las formas de comunicación.- Sin perjuicio de la natural vigilancia de los padres y maestros, los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se respete la intimidad de su vida privada y familiar y la privacidad e inviolabilidad de su domicilio, correspondencia y comunicaciones telefónicas y electrónicas, de conformidad con la ley. Se prohíbe las injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada. Art. 54.- Derecho a la reserva de la información sobre antecedentes penales.- Los adolescentes que hayan sido investigados, sometidos a proceso, privados de su libertad o a quienes se haya aplicado una medida socio-educativa, con motivo de una infracción penal, tienen derecho a que no se hagan públicos sus antecedentes policiales o judiciales y a que se respete la reserva de la información procesal en la forma dispuesta en esta Ley, a menos que el Juez competente lo autorice en resolución motivada, en la que se expongan con claridad y precisión las circunstancias que justifican hacer pública la información. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 55, derecho de los niños, niñas y adolescentes con discapacidades o necesidades especiales.- Además de los derechos y garantías generales que la ley contempla a favor de los niños, niñas y adolescentes, aquellos que tengan alguna discapacidad o necesidad especial gozarán de los derechos que sean necesarios para el desarrollo integral de su personalidad hasta el máximo de sus potencialidades y para el disfrute de una vida plena, digna y dotada de la mayor autonomía posible, de modo que puedan participar activamente en la sociedad, de acuerdo a su condición. Tendrán también el derecho a ser informados sobre las causas, consecuencias y pronóstico de su discapacidad y sobre los derechos que les asisten. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003), el Estado asegurará el ejercicio de estos derechos mediante su acceso efectivo a la educación y a la capacitación que requieren; y la prestación de servicios de estimulación temprana, rehabilitación, preparación para la actividad laboral, esparcimiento y otras necesarias, que serán gratuitos para los niños, niñas y adolescentes cuyos progenitores o responsables de su cuidado no estén en condiciones de pagarlos. Art. 56.- Derecho de los hijos de las personas privadas de libertad.- Los niños, niñas y adolescentes que no gocen de su medio familiar por encontrarse uno o ambos progenitores privados de su libertad, deberán recibir protección y asistencia especiales del Estado, fuera de los centros de rehabilitación, mediante modalidades de atención que aseguren su derecho a la convivencia familiar y comunitaria y a las relaciones personales directas y regulares con sus progenitores. < Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 57, derecho a protección especial en casos de desastres y conflictos armados.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a protección especial en casos de desastres naturales y de conflictos armados internos o internacionales. Esta protección se expresará, entre otras medidas, en la provisión prioritaria de medios de evacuación de las zonas afectadas, alojamiento, alimentación, atención médica y medicinas. < El Estado garantiza el respeto irrestricto de las normas del derecho internacional humanitario en favor de los niños, niñas y adolescentes a los que se refiere este artículo y asegurará los recursos, medios y mecanismos para que se reintegren a la vida social con la plenitud de sus derechos y deberes. Se prohíbe reclutar o permitir la participación directa de niños, niñas y adolescentes en hostilidades armadas internas e internacionales. Art. 58.- Derecho de los niños, niñas y adolescentes refugiados.- Los niños, niñas y adolescentes que soliciten o a quienes se les haya concedido el estatuto de refugiado, tienen derecho a recibir protección humanitaria y la asistencia necesaria para el pleno disfrute de sus derechos. El mismo derecho asiste a sus progenitores y a las personas encargadas de su cuidado. 2.10.5. Derechos de participación Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 59, derecho a la libertad de expresión.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a expresarse libremente, a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, oralmente, por escrito o cualquier otro medio que elijan, con las únicas restricciones que impongan la ley, el orden público, la salud o la moral públicas para proteger la seguridad, derechos y libertades fundamentales de los demás. Art. 60.- Derecho a ser consultados.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser consultados en todos los asuntos que les afecten. Esta opinión se tendrá en cuenta en la medida de su edad y madurez. , Ningún niño, niña o adolescente podrá ser obligado o presionado de cualquier forma para expresar su opinión. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 61, derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.- El Estado garantiza, en favor de los niños, niñas y adolescentes, las libertades de pensamiento, de conciencia y de religión, sujetas a las limitaciones prescritas por la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad, los derechos y libertades fundamentales de los demás. Es derecho y deber de los progenitores y demás personas encargadas de su cuidado, orientar al niño, niña o adolescente para el adecuado ejercicio de este derecho, según su desarrollo evolutivo. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 62, derecho a la libertad de reunión.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a reunirse pública y pacíficamente para la promoción, defensa y ejercicio de sus derechos y garantías. Art. 63.- Derecho de libre asociación.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a asociarse libremente con fines lícitos. Este derecho incluye la posibilidad de los adolescentes de constituir asociaciones sin fines de lucro, con arreglo a la ley. El Estado garantizará y fomentará el ejercicio de este derecho; principalmente en materia de asociaciones estudiantiles, culturales, deportivas, laborales y comunitarias. Se prohíbe cualquier restricción al ejercicio de este derecho, que no esté expresamente prevista en la ley. 2.10.6. De la protección contra el maltrato, abuso, explotación sexual, tráfico y perdida de niños, niñas y adolescentes Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 67, concepto de maltrato.- Se entiende por maltrato toda conducta, de acción u omisión, que provoque o pueda provocar daño a la integridad o salud física, psicológica o sexual de un niño, niña o adolescente, por parte de cualquier persona, incluidos sus progenitores, otros parientes, educadores y personas a cargo de su cuidado; cualesquiera sean el medio utilizado para el efecto, sus consecuencias y el tiempo necesario para la recuperación de la víctima. Se incluyen en esta calificación el trato negligente o descuido grave o reiterado en el cumplimiento de las obligaciones para con los niños, niñas y adolescentes, relativas a la prestación de alimentos, alimentación, atención médica educación o cuidados diarios; y su utilización en la mendicidad. Maltrato psicológico es el que ocasiona perturbación emocional, alteración psicológica o disminución de la autoestima en el niño, niña o adolescente agredido. Se incluyen en esta modalidad las amenazas de causar un daño en su persona o bienes o en los de sus progenitores, otros parientes o personas encargadas de su cuidado. El maltrato es institucional cuando lo comete un servidor de una institución pública o privada, como resultado de la aplicación de reglamentos, prácticas administrativas o pedagógicas aceptadas expresa o tácitamente por la institución; y cuando sus autoridades lo han conocido y no han adoptado las medidas para prevenirlo, hacerlo cesar, remediarlo y sancionarlo de manera inmediata. La responsabilidad por maltrato institucional recae en el autor del maltrato y en el representante legal, autoridad o responsable de la institución o establecimiento al que pertenece. En el caso de los representantes legales, autoridades o responsables de la institución o establecimiento, la responsabilidad se hará efectiva de conformidad con las disposiciones previstas en la Constitución Política de la República, en el Código Civil y demás leyes aplicables. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 68, concepto de abuso sexual.- Sin perjuicio de lo que dispone el Código Penal sobre la materia, para los efectos del presente Código constituye abuso sexual todo contacto físico, sugerencia de naturaleza sexual, a los que se somete un niño, niña o adolescente, aun con su aparente consentimiento, mediante seducción, chantaje, intimidación, engaños, amenazas, o cualquier otro medio. Cualquier forma de acoso o abuso sexual será puesto en conocimiento del Agente Fiscal competente para los efectos de la ley, sin perjuicio de las investigaciones y sanciones de orden administrativo que correspondan. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 75, prevención del maltrato institucional.- El Estado planificará y pondrá en ejecución medidas administrativas, legislativas, pedagógicas, de protección, atención, cuidado y demás que sean necesarias, en instituciones públicas y privadas, con el fin de erradicar toda forma de maltrato y abuso, y de mejorar las relaciones entre adultos y niños, niñas y adolescentes, y de éstos entre sí, especialmente en el entorno de su vida cotidiana. Las prácticas administrativas, pedagógicas, formativas, culturales tradicionales, de protección, atención, cuidado y de cualquier otra clase que realice toda institución pública o privada, deben respetar los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescente, y excluir toda de maltrato y abuso. Art. 76.- Prácticas culturales de maltrato.- No se admitirá como justificación de las prácticas a las que se refiere este capítulo, ni de atenuación para efecto de establecer las responsabilidades consiguientes, la alegación de que constituyen métodos formativos o que son prácticas culturales tradicionales Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 78, derecho a protección contra otras formas de abuso.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se les brinde protección contra: 1. El consumo y uso indebido de bebidas alcohólicas, tabaco, estupefacientes y substancias psicotrópicas. 2. La participación en la producción, comercialización y publicidad de las substancias y objetos a que se refieren los numerales 1 y 3. 3. El uso de armas, explosivos y substancias que pongan en riesgo su vida o su integridad persona. 4. La exposición pública de sus enfermedades o discapacidades orgánicas o funcionales, para la obtención de beneficios económicos. 5. La inducción a los juegos de azar. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 80, exámenes médico legales.- Los exámenes médico legales a un niño, niña o adolescente, se practicarán en estrictas condiciones de confidencialidad y respeto a la intimidad e integridad física y emocional del paciente. Salvo que ello sea imprescindible para su tratamiento y recuperación, se prohíbe volver a someter a un niño, niña o adolescente víctima de alguna de las formas de maltrato o abuso señalados en este título, a un mismo examen o reconocimiento médico legal. Los profesionales de la salud que realicen estos exámenes, están obligados a conservar en condiciones de seguridad los elementos de prueba encontrados y a rendir testimonio propio sobre el contenido de sus informes. Los informes de dichos exámenes, realizados por profesionales de establecimientos de salud públicos o privados y entidades de atención autorizadas, tendrán valor legal de informe pericial. 2.10.7. El niño, niña y adolescente en sus relaciones de familia Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 96, naturaleza de la relación familiar.- La familia es el núcleo básico de la formación social y el medio natural y necesario para el desarrollo integral de sus miembros, principalmente los niños, niñas y adolescentes. Recibe el apoyo y protección del Estado a efecto de que cada uno de sus integrantes pueda ejercer plenamente sus derechos y asumir sus deberes y responsabilidades. Sus relaciones jurídicas internas de carácter no patrimonial son personalísimas y, por lo mismo, irrenunciables, intransferibles e intransmisibles. Salvo los casos expresamente previstos por la ley, son también imprescriptibles. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 97, protección del Estado.- La protección estatal a la que se refiere el artículo anterior se expresa en la adopción de políticas sociales y la ejecución de planes, programas y acciones políticas, económicas y sociales que aseguren a la familia los recursos suficientes para cumplir con sus deberes y responsabilidades tendientes al desarrollo integral de sus miembros, en especial de los niños, niñas y adolescentes. Art. 98.- Familia biológica.- Se entiende por familia biológica la formada por el padre, la madre, sus descendientes, ascendientes y colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad. Los niños, niñas y adolescentes adoptados se asimilan a los hijos biológicos. Para todos los efectos el padre y la madre adoptivos son considerados como progenitores. Art. 99.- Unidad de filiación.- Todos los hijos son iguales ante la ley, la familia y la sociedad. Se prohíbe cualquier indicación que establezca diferencias de filiación y exigir declaraciones que indiquen su modalidad. Código de la Niñez y de la Adolescencia (2003). Art. 100, corresponsabilidad parental.- El padre y la madre tienen iguales responsabilidades en la dirección y mantenimiento del hogar, en el cuidado, crianza, educación, desarrollo integral y protección de los derechos de sus hijos e hijas comunes. Art. 101.- Derechos y deberes recíprocos de la relación parental.- Los progenitores y sus hijos se deben mutuamente afecto, solidaridad, socorro, respeto y las consideraciones necesarias para que cada uno pueda realizar los derechos y atributos inherentes a su condición de persona y cumplir sus respectivas funciones y responsabilidades en el seno de la familia y la sociedad. Código de la Niñez Y de la Adolescencia (2003). Art. 102, deberes específicos de los progenitores.- Los progenitores tienen el deber general de respetar, proteger y desarrollar los derechos y garantías de sus hijos e hijas. Para este efecto están obligados a proveer lo adecuado para atender sus necesidades materiales, psicológicas, afectivas, espirituales e intelectuales, en la forma que establece este Código. En consecuencia, los progenitores deben: 1. Proveer a sus hijos e hijas de lo necesario para satisfacer sus requerimientos materiales y psicológicos, en un ambiente familiar de estabilidad, armonía y respeto. 2. Velar por su educación, por lo menos en los niveles básico y medio 3. Inculcar valores compatibles con el respeto a la dignidad del ser humano y al desarrollo de una convivencia social democrática, tolerante, solidaria y participativa. 4. Incentivar en ellos el conocimiento, la conciencia, el ejercicio y la defensa de sus derechos, reclamar la protección de dichos derechos y su restitución, si es el caso. 5. Estimular y orientar su formación y desarrollo culturales. 6. Asegurar su participación en las decisiones de la vida familiar, de acuerdo a su grado evolutivo. 7. Promover la práctica de actividades recreativas que contribuyan a la unidad familiar, su salud física y psicológica. 8. Aplicar medidas preventivas compatibles con los derechos del niño, niña y adolescente. 9. Cumplir con las demás obligaciones que se señalan en este Código y más leyes. Código de la Niñez Y de la Adolescencia (2003). Art. 103, deberes fundamentales de los hijos e hijas.- Los hijos e hijas deben: 1. Mantener un comportamiento responsable y respetuoso que facilite a sus progenitores el adecuado cumplimiento de sus deberes. 2. Asistir, de acuerdo a su edad y capacidad, a sus progenitores que requieran de ayuda, especialmente en caso de enfermedad, durante la tercera edad y cuando adolezcan de una discapacidad que no les permita valerse por sí mismo. 3. Colaborar en las tareas del hogar, de acuerdo a su edad y desarrollo, siempre que no interfieran con sus actividades educativas y desarrollo integral. No deben abandonar el hogar de sus progenitores o responsables de su cuidado, o el que éstos les hubiesen asignado, sin autorización de aquellos. De producirse el abandono del hogar, el Juez investigará el caso y luego de oír al niño, niña o adolescente, dispondrá la reinserción en el hogar u otra medida de protección si aquella no es posible o aparece inconveniente. 2.11. Ley Orgánica de Educación Intercultural 2.11.1. Ámbito, principios y fines. Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 1, ámbito.- La presente Ley garantiza el derecho a la educación, determina los principios y fines generales que orientan la educación ecuatoriana en el marco del Buen Vivir, la interculturalidad y la plurinacionalidad; así como las relaciones entre sus actores. Desarrolla y profundiza los derechos, obligaciones y garantías constitucionales en el ámbito educativo y establece las regulaciones básicas para la estructura, los niveles y modalidades, modelo de gestión, el financiamiento y la participación de los actores del Sistema Nacional de Educación. Se exceptúa del ámbito de esta Ley a la educación superior, que se rige por su propia normativa y con la cual se articula de conformidad con la Constitución de la República, la Ley y los actos de la autoridad competente. Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 2, principios.- La actividad educativa se desarrolla atendiendo a los siguientes principios generales, que son los fundamentos filosóficos, conceptuales y constitucionales que sustentan, definen y rigen las decisiones y actividades en el ámbito educativo: a) Universalidad.- La educación es un derecho humano fundamental y es deber ineludible e inexcusable del Estado garantizar el acceso, permanencia y calidad de la educación para toda la población sin ningún tipo de discriminación. Está articulada a los instrumentos internacionales de derechos humanos. b) Educación para el cambio.- La educación constituye instrumento de transformación de la sociedad; contribuye a la construcción del país, de los proyectos de vida y de la libertad de sus habitantes, pueblos y nacionalidades; reconoce a las y los seres humanos, en particular a las niñas, niños y adolescentes, como centro del proceso de aprendizajes y sujetos de derecho; y se organiza sobre la base de los principios constitucionales. c) Libertad.- La educación forma a las personas para la emancipación, autonomía y el pleno ejercicio de sus libertades. El Estado garantizará la pluralidad en la oferta educativa. d) Interés superior de los niños, niñas y adolescentes.- El interés superior de los niños, niñas y adolescentes, está orientado a garantizar el ejercicio efectivo del conjunto de sus derechos e impone a todas las instituciones y autoridades, públicas y privadas, el deber de ajustar sus decisiones y acciones para su atención. Nadie podrá invocarlo contra norma expresa y sin escuchar previamente la opinión del niño, niña o adolescente involucrado, que esté en condiciones de expresarla. Ley Orgánica de Educación (2011). e) Atención prioritaria.- Atención e integración prioritaria y especializada de las niñas, niños y adolescentes con discapacidad o que padezcan enfermedades catastróficas de alta complejidad. f) Desarrollo de procesos.- Los niveles educativos deben adecuarse a ciclos de vida de las personas, a su desarrollo cognitivo, afectivo y psicomotriz, capacidades, ámbito cultural y lingüístico, sus necesidades y las del país, atendiendo de manera particular la igualdad real de grupos poblacionales históricamente excluidos o cuyas desventajas se mantienen vigentes, como son las personas y grupos de atención prioritaria previstos en la Constitución de la República. Ley Orgánica de Educación (2011), g) Aprendizaje permanente.- La concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo largo de toda la vida. h) ínter aprendizaje y multiaprendizaje.- Se considera al interaprendizaje y multiaprendizaje como instrumentos para potenciar las capacidades humanas por medio de la cultura, el deporte, el acceso a la información y sus tecnologías, la comunicación y el conocimiento, para alcanzar niveles de desarrollo personal y colectivo. i) Educación en valores.- La educación debe basarse en la transmisión y práctica de valores que promuevan la libertad personal, la democracia, el respeto a los derechos, la responsabilidad, la solidaridad, la tolerancia, el respeto a la diversidad de género, generacional, étnica, social, por identidad de género, condición de migración y creencia religiosa, la equidad, la igualdad y la justicia y la eliminación de toda forma de discriminación. j) Garantizar el derecho de las personas a una educación libre de violencia de género, que promueva la coeducación. Ley Orgánica de Educación (2011). k) Enfoque en derechos.- La acción, práctica y contenidos educativos deben centrar su acción en las personas y sus derechos. La educación deberá incluir el conocimiento de los derechos, sus mecanismos de protección y exigibilidad, ejercicio responsable, reconocimiento y respeto a las diversidades, en un marco de libertad, dignidad, equidad social, cultural e igualdad de género. l) Igualdad de género.- La educación debe garantizar la igualdad de condiciones, oportunidades y trato entre hombres y mujeres. Se garantizan medidas de acción afirmativa para efectivizar el ejercicio del derecho a la educación sin discriminación de ningún tipo. m) Educación para la democracia.- Los establecimientos educativos son espacios democráticos de ejercicio de los derechos humanos y promotores de la cultura de paz, transformadores de la realidad, transmisores y creadores de conocimiento, promotores de la interculturalidad, la equidad, la inclusión, la democracia, la ciudadanía, la convivencia social, la participación, la integración social, nacional, andina, latinoamericana y mundial. Ley Orgánica de Educación (2011). n) Comunidad de aprendizaje- La educación tiene entre sus conceptos aquel que reconoce a la sociedad como un ente que aprende y enseña y se fundamenta en la comunidad de aprendizaje entre docentes y educandos, considerada como espacios de diálogo social e intercultural e intercambio de aprendizajes y saberes. o) Participación ciudadana.- La participación ciudadana se concibe como protagonista de la comunidad educativa en la organización, gobierno, funcionamiento, toma de decisiones, planificación, gestión y rendición de cuentas en los asuntos inherentes al ámbito educativo, así como sus instancias y establecimientos. Comprende además el fomento de las capacidades y la provisión de herramientas para la formación en ciudadanía y el ejercicio del derecho a la participación efectiva. p) Corresponsabilidad.- La educación demanda corresponsabilidad en la formación e instrucción de las niñas, niños y adolescentes y el esfuerzo compartido de estudiantes, familias, docentes, centros educativos, comunidad, instituciones del Estado, medios de comunicación y el conjunto de la sociedad, que se orientarán por los principios de esta ley. Ley Orgánica de Educación (2011). q) Motivación.- Se promueve el esfuerzo individual y la motivación a las personas para el aprendizaje, así como el reconocimiento y valoración del profesorado, la garantía del cumplimiento de sus derechos y el apoyo a su tarea, como factor esencial de calidad de la educación. r) Evaluación.- Se establece la evaluación integral como un proceso permanente y participativo del Sistema Educativo Nacional. s) Flexibilidad.- La educación tendrá una flexibilidad que le permita adecuarse a las diversidades y realidades locales y globales, preservando la identidad nacional y la diversidad cultural, para asumirlas e integrarlas en el concierto educativo nacional, tanto en sus conceptos como en sus contenidos, base científica - tecnológica y modelos de gestión. Ley Orgánica de Educación (2011), t) Cultura de paz y solución de conflictos.- El ejercicio del derecho a la educación debe orientarse a construir una sociedad justa, una cultura de paz y no violencia, para la prevención, tratamiento y resolución pacífica de conflictos, en todos los espacios de la vida personal, escolar, familiar y social. Se exceptúan todas aquellas acciones y omisiones sujetas a la normatividad penal y a las materias no transigibles de conformidad con la Constitución de la República y la Ley. u) Investigación, construcción y desarrollo permanente de conocimientos.- Se establece a la investigación, construcción y desarrollo permanente de conocimientos como garantía del fomento de la creatividad y de la producción de conocimientos, promoción de la investigación y la experimentación para la innovación educativa y la formación científica. v) Equidad e inclusión.- La equidad e inclusión aseguran a todas las personas el acceso, permanencia y culminación en el Sistema Educativo. Garantiza la igualdad de oportunidades a comunidades, pueblos, nacionalidades y grupos con necesidades educativas especiales y desarrolla una ética de la inclusión con medidas de acción afirmativa y una cultura escolar incluyente en la teoría y la práctica en base a la equidad, erradicando toda forma de discriminación. Ley Orgánica de Educación (2011), w) Calidad y calidez.- Garantiza el derecho de las personas a una educación de calidad y calidez, pertinente, adecuada, contextualizada, actualizada y articulada en todo el proceso educativo, en sus sistemas, niveles, subniveles o modalidades; y que incluya evaluaciones permanentes. Así mismo, garantiza la concepción del educando como el centro del proceso educativo, con una flexibilidad y propiedad de contenidos, procesos y metodologías que se adapte a sus necesidades y realidades fundamentales. Promueve condiciones adecuadas de respeto, tolerancia y afecto, que generen un clima escolar propicio en el proceso de aprendizajes. Ley Orgánica de Educación (2011), x) Integralidad.- La integralidad reconoce y promueve la relación entre cognición, reflexión, emoción, valoración, actuación y el lugar fundamental del diálogo, el trabajo con los otros, la disensión y el acuerdo como espacios para el sano crecimiento, en interacción de estas dimensiones. y) Laicismo.- Se garantiza la educación pública laica, se respeta y mantiene la independencia frente a las religiones, cultos y doctrinas, evitando la imposición de cualquiera de ellos, para garantizar la libertad de conciencia de los miembros de la comunidad educativa. z) Interculturalidad y plurinacionalidad.- La interculturalidad y plurinacionalidad garantizan a los actores del Sistema el conocimiento, el reconocimiento, el respeto, la valoración, la recreación de las diferentes nacionalidades, culturas y pueblos que conforman el Ecuador y el mundo; así como sus saberes ancestrales, propugnando la unidad en la diversidad, propiciando el diálogo intercultural e intracultural, y propendiendo a la valoración de las formas y usos de las diferentes culturas que sean consonantes con los derechos humanos. Ley Orgánica de Educación (2011), aa) Identidades culturales.- Se garantiza el derecho de las personas a una educación que les permita construir y desarrollar su propia identidad cultural, su libertad de elección y adscripción identidad, proveyendo a los y las estudiantes el espacio para la reflexión, civilización, fortalecimiento y el robustecimiento de su cultura. bb) Plurilingüismo.- Se reconoce el derecho de todas las personas, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades a formarse en su propia lengua y en los idiomas oficiales de relación intercultural; así como en otros de relación con la comunidad internacional. Ley Orgánica de Educación (2011), cc) Pluralismo político e ideológico.- Se garantiza un enfoque pluralista de las diversas corrientes e ideologías del pensamiento universal. Se prohíbe el adoctrinamiento y el proselitismo tanto en sus contenidos como en sus prácticas. dd) Articulación.- Se establece la conexión, fluidez, gradación curricular entre niveles del sistema, desde lo macro hasta lo micro-curricular, con enlaces en los distintos niveles educativos y sistemas y subsistemas del País. ee) Unicidad y apertura.- El Sistema Educativo es único, articulado y rectorado por la Autoridad Educativa Nacional, guiado por una visión coherente del aprendizaje y reconoce las especificidades de nuestra sociedad diversa, intercultural y plurinacional. ff) Obligatoriedad.- Se establece la obligatoriedad de la educación desde el nivel de educación inicial hasta el nivel de bachillerato o su equivalente. gg) Gratuidad.- Se garantiza la gratuidad de la educación pública a través de la eliminación de cualquier cobro de valores por conceptos de: matrículas, pensiones y otros rubros, así como de las barreras que impidan el acceso y la permanencia en el Sistema Educativo. Ley Orgánica de Educación (2011), hh) Acceso y permanencia.- Se garantiza el derecho a la educación en cualquier etapa o ciclo de la vida de las personas, así como su acceso, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna. ii) Transparencia, exigibilidad y rendición de cuentas.- Se garantiza la transparencia en la gestión del Sistema Educativo Nacional, en consecuencia la sociedad accederá a la información plena acerca de los recursos empleados y las acciones tomadas por los actores del Sistema Educativo, para determinar sus logros, debilidades y sostenibilidad del proceso. Para el efecto, se aplicarán procesos de monitoreo, seguimiento, control y evaluación a través de un sistema de rendición de cuentas. Ley Orgánica de Educación (2011), jj) Escuelas saludables y seguras.- El Estado garantiza, a través de diversas instancias, que las instituciones educativas son saludables y seguras. En ellas se garantiza la universalización y calidad de todos los servicios básicos y la atención de salud integral gratuita. kk) Convivencia armónica.- La educación tendrá como principio rector la formulación de acuerdos de convivencia armónica entre los actores de la comunidad educativa. ll) Pertinencia.- Se garantiza a las y los estudiantes una formación que responda a las necesidades de su entorno social, natural y cultural en los ámbitos local, nacional y mundial. Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 3, fines de la educación.- Son fines de la educación: a) El desarrollo pleno de la personalidad de las y los estudiantes, que contribuya a lograr el conocimiento y ejercicio de sus derechos, el cumplimiento de sus obligaciones, el desarrollo de una cultura de paz entre los pueblos y de no violencia entre las personas, y una convivencia social intercultural, plurinacional, democrática y solidaria. b) El fortalecimiento y la potenciación de la educación para contribuir al cuidado y preservación de las identidades conforme a la diversidad cultural y las particularidades metodológicas de enseñanza, desde el nivel inicial hasta el nivel superior, bajo criterios de calidad. c) El desarrollo de la identidad nacional; de un sentido de pertenencia unitario, intercultural y plurinacional; y de las identidades culturales de los pueblos y nacionalidades que habitan el Ecuador. d) El desarrollo de capacidades de análisis y conciencia crítica para que las personas se inserten en el mundo como sujetos activos con vocación transformadora y de construcción de una sociedad justa, equitativa y libre. Ley Orgánica de Educación (2011), e) La garantía del acceso plural y libre a la información sobre la sexualidad, los derechos sexuales y los derechos reproductivos para el conocimiento y ejercicio de dichos derechos bajo un enfoque de igualdad de género, y para la toma libre, consciente, responsable e informada de las decisiones sobre la sexualidad. f) El fomento y desarrollo de una conciencia ciudadana y planetaria para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente; para el logro de una vida sana; para el uso racional, sostenible y sustentable de los recursos naturales. g) La contribución al desarrollo integral, autónomo, sostenible e independiente de las personas para garantizar la plena realización individual, y la realización colectiva que permita en el marco del Buen Vivir o Sumak Kawsay. h) La consideración de la persona humana como centro de la educación y la garantía de su desarrollo integral, en el marco del respeto a los derechos educativos de la familia, la democracia y la naturaleza. Ley Orgánica de Educación (2011), i) La Promoción de igualdades entre hombres, mujeres y personas diversas para el cambio de concepciones culturales discriminatorias de cualquier orden, sexistas en particular, y para la construcción de relaciones sociales en el marco del respeto a la dignidad de las personas, del reconocimiento y valoración de las diferencias. j) La incorporación de la comunidad educativa a la sociedad del conocimiento en condiciones óptimas y la transformación del Ecuador en referente de educación liberadora de los pueblos. k.) El fomento del conocimiento, respeto, valoración, rescate, preservación y promoción del patrimonio natural y cultural tangible e intangible. l) La inculcación del respeto y la práctica permanente de los derechos humanos, la democracia, la participación, la justicia, la igualdad y no discriminación, la equidad, la solidaridad, la no violencia, las libertades fundamentales y los valores cívicos. Ley Orgánica de Educación (2011), m) La protección y el apoyo a las y los estudiantes en casos de violencia, maltrato, explotación sexual y de cualquier tipo de abuso; el fomento de sus capacidades, derechos y mecanismos de denuncia y exigibilidad; el combate contra la negligencia que permita o provoque tales situaciones. n) La garantía de acceso plural y libre a la información y educación para la salud y la prevención de enfermedades, la prevención del uso de estupefacientes y psicotrópicos, del consumo de bebidas alcohólicas y otras sustancias nocivas para la salud y desarrollo o) La promoción de la formación cívica y ciudadana de una sociedad que aprende, educa y participa permanentemente en el desarrollo nacional. p) El desarrollo de procesos escolarizados, no escolarizados, formales, no formales y especiales. q) El desarrollo, la promoción y el fortalecimiento de la educación intercultural bilingüe en el Ecuador. r) La potenciación de las capacidades productivas del país conforme a las diversidades geográficas, regionales, provinciales, cantonales, parroquiales y culturales, mediante la diversificación curricular; la capacitación de las personas para poner en marcha sus iniciativas productivas individuales o asociativas; y el fortalecimiento de una cultura de emprendimiento. s) El desarrollo, fortalecimiento y promoción de los idiomas de los pueblos y nacionalidades del Ecuador. t) La promoción del desarrollo científico y tecnológico. u) La proyección de enlaces críticos y conexiones articuladas y analíticas con el conocimiento mundial para una correcta y positiva inserción en los procesos planetarios de creación y utilización de saberes. 2.11.2. Del Derecho a la educación Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 4, derecho a la educación.- La educación es un derecho humano fundamental garantizado en la Constitución de la República y condición necesaria para la realización de los otros derechos humanos. Son titulares del derecho a la educación de calidad, laica, libre y gratuita en los niveles inicial, básico y bachillerato, así como a una educación permanente a lo largo de la vida, formal y no formal, todos los y las habitantes del Ecuador. El Sistema Nacional de Educación profundizará y garantizará el pleno ejercicio de los derechos y garantías constitucionales. 2.11.3. De las obligaciones del Estado respecto del Derecho a la Educación. Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 5, la educación como obligación de Estado.- El Estado tiene la obligación ineludible e inexcusable de garantizar el derecho a la educación, a los habitantes del territorio ecuatoriano y su acceso universal a lo largo de la vida, para lo cual generará las condiciones que garanticen la igualdad de oportunidades para acceder, permanecer, movilizarse y egresar de los servicios educativos. El Estado ejerce la rectoría sobre el Sistema Educativo a través de la Autoridad Nacional de Educación de conformidad con la Constitución de la República y la Ley. El Estado garantizará una educación pública de calidad, gratuita y laica. Art. 6.- Obligaciones.- La principal obligación del Estado es el cumplimiento pleno, permanente y progresivo de los derechos y garantías constitucionales en materia educativa, y de los principios y fines establecidos en esta Ley. El Estado tiene las siguientes obligaciones adicionales: Ley Orgánica de Educación (2011), a) Garantizar, bajo los principios de equidad, igualdad, no discriminación y libertad, que todas las personas tengan acceso a la educación pública de calidad y cercanía. b) Garantizar que las instituciones educativas sean espacios democráticos de ejercicio de derechos y convivencia pacífica. c) Asegurar que el Sistema Nacional de Educación sea intercultural. d) Garantizar la universalización de la educación en sus niveles inicial, básico y bachillerato, así como proveer infraestructura física y equipamiento necesario a las instituciones educativas públicas. e) Asegurar el mejoramiento continuo de la calidad de la educación. f) Asegurar que todas las entidades educativas desarrollen una educación integral, coeducativa, con una visión transversal y enfoque de derechos. Ley Orgánica de Educación (2011), g) Garantizar la aplicación obligatoria de un currículo nacional, tanto en las instituciones públicas, municipales, privadas y fiscomisionales, en sus diversos niveles: inicial, básico y bachillerato y modalidades: presencial, semipresencial y a distancia. En relación a la diversidad cultural y lingüística, se aplicará en los idiomas oficiales de las diversas nacionalidades del Ecuador. El diseño curricular considerará siempre la visión de un Estado plurinacional e intercultural. El currículo se complementa de acuerdo a las especificidades culturales y peculiaridades propias de las diversas instituciones educativas que son parte del Sistema Nacional de Educación. h) Erradicar todas las formas de violencia en el sistema educativo y velar por la integridad física, psicológica y sexual de los integrantes de las instituciones educativas, con particular énfasis en las y los estudiantes. i) Impulsar los procesos de educación permanente para personas adultas y la erradicación del analfabetismo puro, funcional y digital, y la superación del rezago educativo. j) Garantizar la alfabetización digital y el uso de las tecnologías de la información y comunicación en el proceso educativo, y propiciar el enlace de la enseñanza con las actividades productivas o sociales. k) Asegurar una educación con pertinencia cultural para los pueblos y nacionalidades, en su propia lengua y respetando sus derechos. Fortalecer la práctica, mantenimiento y desarrollo de los idiomas de los pueblos y nacionalidades. l) Incluir en los currículos de estudio, de manera progresiva, la enseñanza de, al menos, un idioma ancestral; el estudio sistemático de las realidades y las historias nacionales no oficiales, así como de los saberes locales. m) Propiciar la investigación científica, tecnológica y la innovación, la creación artística, la práctica del deporte, la protección y conservación del patrimonio cultural, natural y del medio ambiente, y la diversidad cultural y lingüística. Ley Orgánica de Educación (2011), n) Garantizar la participación activa de estudiantes, familias y docentes en los procesos educativos. o) Elaborar y ejecutar las adaptaciones curriculares necesarias para garantizar la inclusión y permanencia dentro del sistema educativo, de las personas con discapacidades, adolescentes y jóvenes embarazadas. p) Coordinar acciones con sistemas y subsistemas complementarios con los distintos niveles de gobierno, así como con los sectores privados y de la sociedad civil a fin de garantizar una educación de calidad. q) Emitir, en beneficio de las y los educandos, el carné estudiantil y garantizar el efectivo cumplimiento de los derechos y prerrogativas que el mismo les confiere. Ley Orgánica de Educación (2011), r) Asegurar que todas las entidades educativas desarrollen una educación en participación ciudadana, exigibilidad de derechos, inclusión y equidad, igualdad de género, sexualidad y ambiente, con una visión transversal y enfoque de derechos. s) Definir y asegurar la existencia de mecanismos e instancias para la exigibilidad de los derechos, su protección y restitución. t) Garantizar un curriculum educativo, materiales y textos educativos, libres de expresiones, contenidos, e imágenes sexistas y discriminatoria. < u) Garantizar a las ciudadanas y los ciudadanos una educación para la vida mediante modalidades formales y no formales de educación. v) Garantizar una educación para la democracia, sustentada en derechos y obligaciones; en principios y valores, orientada a profundizar la democracia participativa de los miembros de la comunidad educativa. w) Garantizar una educación integral que incluya la educación en sexualidad, humanística, científica como legítimo derecho al buen vivir. < x) Garantizar que los planes y programas de educación inicial, básica y el bachillerato, expresados en el currículo, fomenten el desarrollo de competencias y capacidades para crear conocimientos y fomentar la incorporación de los ciudadanos al mundo del trabajo. 2.11.4. De los derechos y obligaciones de los estudiantes. Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 7, derechos.- Las y los estudiantes tienen los siguientes derechos: < a) Ser actores fundamentales en el proceso educativo. b) Recibir una formación integral y científica, que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad, capacidades y potencialidades, respetando sus derechos, libertades fundamentales y promoviendo la igualdad de género, la no discriminación, la valoración de las diversidades, la participación, autonomía y cooperación. c) Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación, con respeto a su diversidad individual, cultural, sexual y lingüística, a sus convicciones ideológicas, políticas y religiosas, y a sus derechos y libertades fundamentales garantizados en la Constitución de la República, tratados e instrumentos internacionales vigentes y la Ley. d) Intervenir en el proceso de evaluación interna y externa como parte y finalidad de su proceso educativo, sin discriminación de ninguna naturaleza. e) Recibir gratuitamente servicios de carácter social, psicológico y de atención integral de salud en sus circuitos educativos. < Ley Orgánica de Educación (2011), f) Recibir apoyo pedagógico y tutorías académicas de acuerdo con sus necesidades. g) Ejercer activamente su libertad de organización y expresión garantizada en la Constitución de la República, a participar activamente en el proceso educativo, a ser escuchados y escuchadas, a que su opinión sea considerada como parte de las decisiones que se adopten; a expresar libre y respetuosamente su opinión y a hacer uso de la objeción de conciencia debidamente fundamentada. Ley Orgánica de Educación (2011), h) Participar en los procesos eleccionarios de las directivas de grado, de los consejos de curso, del consejo estudiantil y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa, bajo principios democráticos garantizando una representación paritaria entre mujeres y hombres; y, en caso de ser electos, a ejercer la dignidad de manera activa y responsable, a participar con absoluta libertad en procesos eleccionarios democráticos de gobierno estudiantil, a participar, con voz y voto, en los gobiernos escolares,en aquellas decisiones que no impliquen responsabilidades civiles, administrativas y penales. Ley Orgánica de Educación (2011), i) Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las instituciones educativas, así como a denunciar ante las autoridades e instituciones competentes cualquier violación a sus derechos fundamentales o garantías constitucionales, cualquier acción u omisión que atente contra la dignidad e integridad física, sicológica o sexual de la persona; a ejercer su derecho a la protección. j) Recibir becas y apoyo económico que les permitan acceder en igualdad de condiciones al servicio educativo. k) Recibir becas, permisos especiales, auspicios y apoyos para sus representaciones nacionales o internacionales, quienes se destaquen en méritos, logros y aportes relevantes de naturaleza académica, intelectual, deportiva y ciudadana. l) Gozar de la privacidad y el respeto a su intimidad, así como a la confidencialidad de sus registros médicos y sicológicos. m) Ejercer su derecho constitucional al debido proceso, en toda acción orientada a establecer la responsabilidad de las y los estudiantes por un acto de indisciplina o violatorio de las normas de convivencia del establecimiento. n) Disponer de facilidades que le permitan la práctica de actividades deportivas, sociales, culturales, científicas en representación de su centro de estudios, de su comunidad, su provincia o del País, a nivel competitivo. Ley Orgánica de Educación (2011), o) Contar con propuestas educacionales flexibles y alternativas que permitan la inclusión y permanencia de aquellas personas que requieran atención prioritaria, de manera particular personas con discapacidades, adolescentes y jóvenes embarazadas. p) No ser sancionados por condiciones de embarazo, maternidad o paternidad, y recibir el debido apoyo y atención en lo psicológico, académico y lo afectivo para culminar sus estudios y acompañar un proceso de maternidad y paternidad saludable. q) Aprender, en el idioma oficial e idiomas ancestrales, de ser el caso. r) Disponer, al inicio del año escolar, del carné estudiantil, que le permita acceder a la tarifa preferencial, en los servicios de transporte público, y el acceso a eventos académicos, culturales, deportivos y otros durante el año calendario. s) Implementar medidas de acción afirmativa para el acceso y permanencia en el sistema educativo de las niñas. t) Recibir una formación en derechos humanos y mecanismos de exigibilidad durante la educación en todos sus niveles. Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 8, obligaciones.- Las y los estudiantes tienen las siguientes obligaciones: a) Asistir regularmente a clases y cumplir con las tareas y obligaciones derivadas del proceso de enseñanza y aprendizaje, de acuerdo con la reglamentación correspondiente y de conformidad con la modalidad educativa, salvo los casos de situación de vulnerabilidad en los cuales se pueda reconocer horarios flexibles. b) Participar en la evaluación de manera permanente, a través de procesos internos y externos que validen la calidad de la educación y el inter aprendizaje. c) Procurar la excelencia educativa y mostrar integridad y honestidad académica en el cumplimiento de las tareas y obligaciones. Ley Orgánica de Educación (2011), d) Comprometerse con el cuidado y buen uso, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas, bienes y servicios de las instituciones educativas, sin que ello implique egresos económicos. e) Tratar con dignidad, respeto y sin discriminación alguna a los miembros de la comunidad educativa. f) Participar en los procesos de elección del gobierno escolar, gobierno estudiantil, de los consejos de curso, consejo estudiantil, de las directivas de grado y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa, bajo principios democráticos y en caso de ser electos, ejercer la dignidad de manera activa y responsable. g) Fundamentar debidamente sus opiniones y respetar las de los demás. h) Respetar y cumplir los códigos de convivencia armónica y promover la resolución pacífica de los conflictos. i) Hacer buen uso de becas y materiales que recibe. Ley Orgánica de Educación (2011), j) Respetar y cumplir la Constitución, las leyes, reglamentos y demás normas que regulen al Sistema Nacional de Educación en general y a las instituciones educativas en particular. k) Cuidar la privacidad e intimidad de los demás miembros de la comunidad educativa. l. Denunciar ante las autoridades e instituciones competentes todo acto de violación de sus derechos y actos de corrupción, cometidos por y en contra de un miembro de la comunidad educativa. Art. 9.- De la participación y representación estudiantil.-En los programas de cada uno de los niveles de educación, se integrarán contenidos que estimulen la participación ciudadana de las y los estudiantes. Asimismo, se pondrá énfasis especial en el conocimiento, profundización y aplicación de la Constitución de la República. Las y los estudiantes de todos los niveles ejercerán libremente el derecho a organizarse y a tener representación entre sus compañeros, en todos los niveles intraescolares e interescolares. 2.11.5. De los derechos y obligaciones de las y los docentes Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 10, derechos.- Las y los docentes del sector público tienen los siguientes derechos: a) Acceder gratuitamente a procesos de desarrollo profesional, capacitación, actualización, formación continua, mejoramiento pedagógico y académico en todos los niveles y modalidades, según sus necesidades y las del Sistema Nacional de Educación. b) Recibir incentivos por sus méritos, logros y aportes relevantes de naturaleza educativa, académica, intelectual, cultural, artística, deportiva o ciudadana. c) Expresar libre y respetuosamente su opinión en todas sus formas y manifestaciones de conformidad con la Constitución de la República y la Ley. d. Ejercer su derecho constitucional al debido proceso, en caso de presuntas faltas a la Constitución de la República, la Ley y reglamentos. e) Gozar de estabilidad y del pleno reconocimiento y satisfacción de sus derechos laborales, con sujeción al cumplimiento de sus deberes y obligaciones. Ley Orgánica de Educación (2011), f) Recibir una remuneración acorde con su experiencia, solvencia académica y evaluación de desempeño, de acuerdo con las leyes y reglamentos vigentes, sin discriminación de ninguna naturaleza. g) Participar en concursos de méritos y oposición para ingresar al Magisterio Ecuatoriano y para optar por diferentes rutas profesionales del Educación, asegurando la participación equitativa de hombres y mujeres y su designación sin discriminación. Ley Orgánica de Educación (2011), h) Ser tratados sin discriminación, y en el caso de los docentes con discapacidad, recibir de la sociedad el trato, consideración y respeto acorde con su importante función. i). Participar en el gobierno escolar al que pertenecen, asegurando en lo posible la presencia paritaria de hombres y mujeres. j) Ejercer el derecho a la libertad de asociación de conformidad con la Constitución de la República y la Ley. K) Acceder a servicios y programas de bienestar social y de salud integral. l) Ejercer sus derechos por maternidad y paternidad. m). Solicitar el cambio de su lugar de trabajo. n) Poder habilitar ante la Autoridad Educativa Nacional el tiempo de servicio prestado en planteles fiscales, fiscomisionales, municipales, particulares y en otras instituciones públicas en las que hubiere laborado sin el nombramiento de profesor fiscal, para efectos del escalafón y más beneficios de Ley. o) Acceder a licencia con sueldo por enfermedad y calamidad doméstica debidamente probada, en cuyo caso se suscribirá un contrato de servicios ocasionales por el tiempo que dure el reemplazo. Ley Orgánica de Educación (2011), p) Acceder a comisión de servicios con sueldo para perfeccionamiento profesional que sea en beneficio de la educación, previa autorización de la autoridad competente. q) Demandar la organización y el funcionamiento de servicios de bienestar social que estimule el desempeño profesional y mejore o precautele la salud ocupacional del docente. r) Gozar de vacaciones según el régimen correspondiente. s) Gozar de una pensión jubilar, estabilidad y garantías profesionales de conformidad con los términos y condiciones establecidos en la Ley Orgánica de Servicio Público. t) Gozar de dos horas de permiso diario cuando a su cargo, responsabilidad y cuidado tenga un familiar con discapacidad debidamente comprobada por el CONADIS, hasta el cuarto grado de consanguineidad y segundo de afinidad; estas horas de permiso no afectaran a las jornadas pedagógicas. Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 11, obligaciones.- Las y los docentes tienen las siguientes obligaciones: a) Cumplir con las disposiciones de la Constitución de la República, la Ley y sus reglamentos inherentes a la educación. b) Ser actores fundamentales en una educación pertinente, de calidad y calidez con las y los estudiantes a su cargo c) Laborar durante la jornada completa de acuerdo con la Constitución de la República, la Ley y sus Reglamentos. d) Elaborar su planificación académica y presentarla oportunamente a las autoridades de la institución educativa y a sus estudiantes. Ley Orgánica de Educación (2011), e) Respetar el derecho de las y los estudiantes y de los miembros de la comunidad educativa, a expresar sus opiniones fundamentadas y promover la convivencia armónica y la resolución pacífica de los conflictos. f) Fomentar una actitud constructiva en sus relaciones interpersonales en la institución educativa. g) Ser evaluados íntegra y permanentemente de acuerdo con la Constitución de la República, la Ley y sus Reglamentos. h) Atender y evaluar a las y los estudiantes de acuerdo con su diversidad cultural y lingüística y las diferencias individuales y comunicarles oportunamente, presentando argumentos pedagógicos sobre el resultado de las evaluaciones. Ley Orgánica de Educación (2011), i) Dar apoyo y seguimiento pedagógico a las y los estudiantes, para superar el rezago y dificultades en los aprendizajes y en el desarrollo de competencias, capacidades, habilidades y destrezas. j) Elaborar y ejecutar, en coordinación con la instancia competente de la Autoridad Educativa Nacional, la malla curricular específica, adaptada a las condiciones y capacidades de las y los estudiantes con discapacidad a fin de garantizar su inclusión y permanencia en el aula. k) Procurar una formación académica continua y permanente a lo largo de su vida, aprovechando las oportunidades de desarrollo profesional existentes. l) Promover en los espacios educativos una cultura de respeto a la diversidad y de erradicación de concepciones y prácticas de las distintas manifestaciones de discriminación así como de violencia contra cualquiera de los actores de la comunidad educativa, preservando además el interés de quienes aprenden sin anteponer sus intereses particulares. m) Cumplir las normas internas de convivencia de las instituciones educativas. n) Cuidar la privacidad e intimidad propias y respetar la de sus estudiantes y de los demás actores de la comunidad educativa. o) Mantener el servicio educativo en funcionamiento de acuerdo con la Constitución y la normativa vigente. p) Vincular la gestión educativa al desarrollo de la comunidad, asumiendo y promoviendo el liderazgo social que demandan las comunidades y la sociedad en general. Ley Orgánica de Educación (2011), q) Promover la interculturalidad y la pluralidad en los procesos educativos. r) Difundir el conocimiento de los derechos y garantías constitucionales de los niños, niñas, adolescentes y demás actores del sistema. s) Respetar y proteger la integridad física, psicológica y sexual de las y los estudiantes, y denunciar cualquier afectación ante las autoridades judiciales y administrativas competentes. 2.11.6. De los derechos y obligaciones de las Madres, Padres y representantes legales Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 12, derechos.- Las madres, los padres de y/o los representantes legales de las y los estudiantes tienen derecho a que se garantice a éstos, el pleno goce y ejercicio de sus derechos constitucionales en materia educativa; y, tienen derecho además a: a) Escoger, con observancia al Interés Superior del Niño, el tipo de institución educativa que consideren conveniente para sus representados, acorde a sus creencias, principios y su realidad cultural y lingüística. Ley Orgánica de Educación (2011), b) Recibir informes periódicos sobre el progreso académico de sus representados así como de todas las situaciones que se presenten en la institución educativa y que requieran de su conocimiento. c) Participar, de conformidad con la reglamentación respectiva, en la evaluación de las y los docentes y de la gestión de las autoridades educativas. d) Elegir y ser elegidos como parte de los comités de padres y madres de familia y los demás órganos de participación de la comunidad educativa. e) Participar en el gobierno escolar al que pertenezcan. f) Ser escuchados y que su opinión, sobre la gestión y procesos educativos, sea analizada por las autoridades educativas y obtener respuesta oportuna sobre las mismas. g) Participar de los procesos de rendición de cuentas sobre la gestión y procesos educativos de las autoridades, docentes y personal que labora en las instituciones educativas. h) Participar en los órganos correspondientes de planificación, construcción y vigilancia del cumplimiento de la política educativa a nivel local, regional y nacional. i) Vigilar el respeto a los derechos de sus hijos e hijas o representadas y representados, en las entidades educativas, y denunciar la violación de aquellos ante las autoridades competentes. j) Recibir de autoridades, docentes y demás miembros de la comunidad educativa un trato respetuoso libre de toda forma de violencia y discriminación. k) Solicitar y acceder a la información que consideren pertinentes y que este en posesión de la institución educativa. Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 13, obligaciones.- Las madres, padres y/o los representantes de las y los estudiantes tienen las siguientes obligaciones: Ley Orgánica de Educación (2011), a) Cumplir la Constitución de la República, la Ley y la reglamentación en materia educativa. b) Garantizar que sus representados asistan regularmente a los centros educativos, durante el periodo de educación obligatoria, de conformidad con la modalidad educativa. c) Apoyar y hacer seguimiento al aprendizaje de sus representados y atender los llamados y requerimientos de las y los profesores y autoridades de los planteles. d) Participar en la evaluación de las y los docentes y de la gestión de las instituciones educativas. Ley Orgánica de Educación (2011), e) Respetar leyes, reglamentos y normas de convivencia en su relación con las instituciones educativas. f) Propiciar un ambiente de aprendizaje adecuado en su hogar, organizando espacios dedicados a las obligaciones escolares y a la recreación y esparcimiento, en el marco de un uso adecuado del tiempo. g) Participar en las actividades extracurriculares que complementen el desarrollo emocional, físico y psico -social de sus representados y representadas. h) Reconocer el mérito y la excelencia académica de las y los profesores y de sus representados y representadas, sin que ello implique erogación económica. i) Apoyar y motivar a sus representados y representadas, especialmente cuando existan dificultades en el proceso de aprendizaje, de manera constructiva y creativa. j) Participar con el cuidado, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas de las instituciones educativas, sin que ello implique erogación económica. k) Contribuir y participar activamente en la aplicación permanente de los derechos y garantías constitucionales. Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 14, de la exigibilidad, la restitución y la protección.- En ejercicio de su corresponsabilidad, el Estado, en todos sus niveles, adoptará las medidas que sean necesarias para la plena vigencia, ejercicio efectivo, garantía, protección, exigibilidad y justiciabilidad del derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes. Todos los actores de la comunidad educativa estarán en condición de acudir a las instancias de protección constitucional con el fin de restituir el derecho a la educación que hubiere sido desatendido o conculcado. En todos los casos en los que se tenga conocimiento de la privación del derecho a la educación de una niña, niño o adolescente, sin perjuicio de su obligación de acudir a los organismos de atención a la infancia respectivos, se adoptarán de manera directa las acciones y medidas necesarias que conlleven inequívocamente a la restitución del derecho a la educación que hubiere sido conculcado o desatendido. Igual obligación tendrán las juntas cantonales de protección de derechos cuando estuviere amenazado. Ley Orgánica de Educación (2011), cuando la integridad física, psicológica o sexual de las niñas, niños y adolescentes estuviere amenazada o hubiere sido afectada, sin perjuicio de la obligación de denunciar por parte de quien en la comunidad educativa tuviere conocimiento del hecho cuyas características hagan presumir la existencia de amenaza o afectación, la Junta Distrital Intercultural de Resolución de Conflictos denunciará ante la autoridad judicial respectiva y remitirá a las autoridades competentes para que se dicten las medidas de protección de derechos que corresponda por su incumplimiento. En caso de amenaza o afectación a la integridad sexual de los y las estudiantes, la Junta Distrital Intercultural de Resolución de Conflictos procederá a dictar la suspensión temporal de las funciones o tareas del presunto agresor como medida de protección. La Junta Distrital Intercultural de Resolución de Conflictos realizará el seguimiento y velará por el cumplimiento de las medidas de protección dictadas por las autoridades competentes para protección de derechos, sancionando a quien corresponda por su no cumplimiento. La Junta Distrital Intercultural de Resolución de Conflictos realizará el respectivo registro interno y seguimiento del desarrollo de la acción judicial impulsada. 2.11.7. De los derechos y obligaciones de la Comunidad Educativa Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 15, comunidad educativa.- La comunidad educativa es el conjunto de actores directamente vinculados a una institución educativa determinada, con sentido de pertenencia e identidad, compuesta por autoridades, docentes, estudiantes, madres y padres de familia o representantes legales y personal administrativo y de servicio. La comunidad educativa promoverá la integración de los actores culturales, deportivos, sociales, comunicacionales y de seguridad ciudadana para el desarrollo de sus acciones y para el bienestar común. Art. 16.- Derechos y obligaciones de la comunidad educativa.- Los derechos y obligaciones, propios y concurrentes, de la comunidad educativa son los que corresponden a sus actores en forma individual y colectiva. 2.11.8. De los derechos y obligaciones de la Comunidad Ley Orgánica de Educación (2011). Art. 17, derechos.- Los miembros de la comunidad gozan de los siguientes derechos: a) Recibir educación escolarizada o no escolarizada, formal o informal a lo largo de su vida que, complemente sus capacidades y habilidades para ejercer la ciudadanía y el derecho al Buen Vivir Ley Orgánica de Educación (2011), b) Participar activamente en el conocimiento de las realidades institucionales de los centros educativos de su respectiva comunidad. c) Fomentar un proceso de conocimiento y mutuo respeto entre la comunidad organizada y los centros educativos de su respectiva circunscripción territorial. d) Participar, correlativamente al cumplimiento de sus obligaciones contenidas en esta Ley, en la construcción del proyecto educativo institucional público para vincularlo con las necesidades de desarrollo comunitario. e) Participar como veedores de la calidad y calidez del proceso educativo, el cumplimiento y respeto de los derechos de los miembros de la comunidad y del buen uso de los recursos educativos. f) Hacer uso racional y responsable de los servicios, instalaciones y equipamiento de las instituciones educativas públicas de su comunidad, de acuerdo con el reglamento respectivo. g) Participar a través de formas asociativas, legalmente establecidas, en los procesos para realizar el mantenimiento de las instalaciones y la provisión de servicios no académicos de las instituciones educativas públicas. h) Promover la articulación y coordinación de las instancias estatales y privadas para garantizar la protección social integral de las y los estudiantes y condiciones adecuadas para el desarrollo del proceso educativo. i) Participar, de conformidad con la Constitución de la República y la presente Ley, en la construcción de un proceso de identificación con los centros educativos ubicados en su respectiva comunidad. Ley Orgánica de Educación (2011), j)Interesarse activamente en el conocimiento de las realidades institucionales de los centros educativos de su respectiva comunidad. k) Fomentar un proceso de conocimiento y mutuo respeto entre la comunidad organizada y los centros educativos de su respectiva comunidad. Ley Orgánica de Educación (2011), art. 18.- Obligaciones.- Las y los miembros de la comunidad tienen las siguientes obligaciones: a) Propiciar la convivencia armónica y la resolución pacífica de los conflictos en la comunidad educativa. b) Mantener un ambiente propicio para el desarrollo de las actividades educativas, alrededor de los planteles escolares. c) Respetar y cuidar las instalaciones y recursos educativos; así como participar, en lo que fuera posible en el mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas de las instituciones educativas públicas. d) Respetar y proteger la integridad física, psicológica y sexual de las y los estudiantes y en general de todos los miembros de la comunidad. e) Cumplir con los deberes que deriven de su participación en formas asociativas para la prestación de servicios no académicos relacionados con el quehacer educativo. 2.12. Capitulo II 2.12.1. De las Autoridades 2.12.1.1. El Rector (a) Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Art.1, A más de lo contemplado en el reglamento general de la ley de educación tiene los siguientes deberes y atribuciones. 1. Estimular al personal docente y administrativo de acuerdo con las normas legales y reglamentarias 2. Sancionar atrasos, las faltas injustificadas, negligencia en el incumplimiento de las obligaciones y otras al personal docente, administrativo y de servicio con multas, cuyo valor corresponda lo dispuesto en el Art. 12 del reglamento a la ley de carrera al docente. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007), 3. Solicitar a la secretaria la permanente actualización de la ficha de cada uno de los miembros del personal del plantel 4.Designar las labores, puestos y ocupaciones, de conformidad con la necesidad del Colegio y las disposiciones del ministerio del ramo. 5. Conocer y dar solución a los reclamos del personal docente, administrativo y de servicio en el plazo adecuado, conforme a la ley. 6. convocar a sesiones extraordinarias, según el caso, a la junta de Profesores de cursos. 7. Informar al Consejo Directivo sobre asuntos del colegio, de los educadores, educandos y del personal en general. 8. Conceder Licencia por causas justificadas y de conformidad de la ley. 9. En material judicial, extrajudicial o administrativa, el Rector (a) del colegio de forma personal o por un delegado podrá presentarse en calidad de acto demandad, etc. ante los jueces y organismos competentes. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007),10. Incentivar la elaboración y el mejoramiento del P.E.I.PLAN OPERATIVO Plan Anual de estudio. 11.Orientar u Coordinar las labores docentes, académicas, estudiantiles administrativas y de servicios, directamente o por intermedio del Vicerrector (a) o Inspector(a) General. Impartir oportunamente las ordenes que fueran necesarias para la mejor marcha de la institución. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007), 12. Llamar la atención a los miembros de la institución que no cumplieren las disposiciones legales o reglamentarias o cuya actuación no fuere satisfactoria y, en caso de notoria reincidencia, imponer la sanción correspondiente informar del particular al Consejo Directivo, el cual podrá tomar la medida más adecuado para los fines de la institución 13. Autorizar la rectificación de calificaciones, previa solicitud escrita de profesor de la materia en los casos en que se comprobare error u omisión en la evaluación de la prueba o en la protocolización de la nota, de acurdo a la ley de Educación. 14. Sesionar trimestralmente con el Consejo de Orientación 15. Resolver la admisión de alumnos nuevos teniendo en consideración los siguientes requisitos. Promedio de conducta y aprovechamiento no menos de 16 Que exista el cupo para tal admisión Proporcionar la mejores relaciones entre el personal docente, en su ambiente de liberta, respecto y solidaridad. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007), 16. Proporcionar las mejores relaciones entre el personal docente, en un ambiente de libertad, respeto y solidaridad. 17. Promover, a través de la comisión respectivas, la realización de programas culturales que favorezcan el desarrollo de la comunidad. 18. Autorizar y racionalizar las actividades culturales, sociales y deportivas en coordinación con el Vicerrectorado. 19. Proporcionar los intercambios de carácter formativo, socio-Económico con otras instituciones educativas. 20. Sesionar con las diferentes áreas cuando las circunstancias lo ameriten. 21 Conocer los informes y cuadros estadísticos de asistencia y rendimiento elaborado por los departamentos respectivos. 22. Conocer la estadística de las diferentes áreas académica y del Consejo de Orientación y Bienestar Estudiantil. 23. Estudiar y dar soluciones adecuadas en forma oportuna de casos especiales de carácter disciplinario de los alumnos, provenientes de la Inspección General. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007), 24. Realizar reuniones mensuales con el Departamento de Inspección 25. Estudiar con el Consejo Directivo la aplicación de estímulos y sanciones para los casos especiales de rendimiento y conducta, remitidos por los organismos institucionales y buscar los mecanismo para soluciones 26. Coordinar con el Vicerrectorado, Inspección General y comisiones respectivas, la organización de los actos cívicos, culturales, sociales deportivos y recreativo programados para institución. 27. Poner el visto bueno en los cheques que egresan del plantel, previamente a la firma de los cheques, el Rector(a) dispondrá que el colector (a) presente toda la documentación de respaldo necesario . cuándo el egreso sea mayor a 4 salarios mínimos deberá constatar la autorización previa otorgada por el Consejo Directivo y las facturas de adquisición. Una vez concluida la transacción, el comprobante numerado de egreso, conjuntamente con la documentación sustentadora, serán archivados en forma lógica y ordenada a efectos de su factible localización Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007), 28. Autorizar y poner el visto bueno en la anulación de cheques y comprobantes de egreso, ordenado a colecturía que estos sean arch8ibados en forma cronológica 29. Autorizar la recepción de cuotas o aportaciones económicas para fines de implementación, mantenimiento y bienestar estudiantil, previa resolución del Consejo Directivo. 30. Sancionar a funcionarios de plantel que recauden ingresos por cualquier actividad sin previa autorización el Rector (a) 31. Organizar y vigilar en forma permanente el control interno de los ingresos y egresos, de acuerdo con la Ley Orgánica de Administración Financiera y control “ LOAFYC” y más normas técnicas de control interno “NICI” 32.Cumplir fielmente las observaciones y recomendaciones impartidas por Contraloría General del Estado en los informes de fiscalización y auditoria. 33. Conocer los informes mensuales del movimiento económico y delas disponibilidades financieras del colegio, presentados por el Colector(a) para estudio y aprobación del Consejo Directivo Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007), 34. Recibir el inventario anual y actualizado de todas las perspectivas del colegio y verificar personalmente o por un delegado del Consejo Directivo los recursos del Sector publico ubicados en los distintos departamentos oficinas y demás dependencia del plantel. 35. Autorizar por escrito el pago de las adquisiciones y servicios requeridos por el plante, y cuando el monto exceda a los 3 salarios mínimos vitales, deberá ser previa aprobación del Consejo Directivo. 36. Controlar y aprobar los gastos de caja chica y legalizar con su firma los respectivos comprobantes y recibos. 37. Ordenar por escrito a colecturía los descuentos o multas del personal Docente y Administrativo. 38. Encargar las funciones de la secretaria por ausencia del titular mediante la expedición de correspondiente acuerdo del Rector al funcionamiento inmediato 39. Responsabilizarse para que haya la coordinación y secuencia necesarias entre los funcionarios salientes y entrantes en la asignación de vacaciones. 40. Solicitar a la contraloría general del Estado la Fiscalización y auditoria cuando lo creyere necesario para mejorar la gestión financiera y el control interno. 41. Controlar que el colector no gire cheques a su propio nombre por ningún motivo 42. Proveer y autorizar la reposición de los fondos de caja chica en forma oportuna previo a la firma de los cheques para el pago de haberes de personal, el Rector deberá revisar los cuadros de pago asegurándose que a todo el personal le sea descontado los valores mensuales adecuados. 43. Delegar la Supervisión pedagógica al Vicerrectorado y a los Directores de Areas Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007), 44.Visitar en forma periódica las clases y posteriormente hacer las observaciones que creyere conveniente. 45. Conjuntamente con el vicerrector coordinar y supervisar las actividades del Comité Central de Padres de Familia. 46. Asistir como observador a las juntas de Cursos, cuando se estimare procedente o sea requerida su presencia. 47 Solemnizar el acto de posesión de labores en el plantel. Del personal Docente Administrativo y de servicio. 48. Justificar la inasistencia y atrasos de los Profesores y más miembros del Plantel, por enfermedades o calamidad domestica que le hubiere solicitada, en forma fundamentada, en caso contrario y especialmente cuando hubiere reincidencia. 49. El Rector impondrá la sanción correspondiente de acuerdo a las leyes y reglamentos pertinentes. 50.Supervisar personalmente o por delegación las diferentes dependencias administrativas y programar reuniones para coordinar . 51. Sellar y firmar depositar en Colecturía todas las especies numeradas autorizadas por el Consejo Directivo 52. Multar con el 3% del sueldo a los profesores que no entregan oportunamente los planes anuales y unidades de estudio como también las notas trimestrales y no asistan a la Junta de Curso. 2.13. Capitulo IX 2.13.1. De los Alumnos Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Art.32, son alumnos del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra ” quienes se hallan legalmente matriculado, perderán su calidad de tales cuando egresen, retiren o sean separados por causa disciplinarias. Art.33.- Los alumnos al matricularse se compromete a observar fielmente las disposiciones contempladas en el Reglamento de la ley de Educación y este reglamento. Art. 34.- Deberes.- Son deberes de los alumnos, además de los indicados en el art. 41 del Reglamento de la ley de Educación los siguientes. Asistir puntualmente a clase y a todos los actos programados por Autoridades con el siguiente uniforme: Señoritas con blusa blanca y falda plisada blanca y medias blanca con el logo tipo del Colegio, zapatos negros y el bolsillo con el logotipo a la altura del pecho izquierdo, sin maquillaje, los varones con pantalón y camisa caqui, zapatos, cinturón, corbata negra , esta última y el bolsillo con el logotipo, apellido, nombre curso al que pertenece. La hora de entrada es a las 7H :20 e inicio de clases 7H: 30 Permanecer en el Colegio durante toda la jornada. Permanecer en el aula con la debida compostura hasta el ingreso del catedrático o en ausencia del él. Guardar debida consideración y respeto a los superior, Profesores, Compañeros dentro y fuera del Establecimiento. Asistir puntualmente a los diversos actos cívicos, culturales, deportivos, sociales, organizados por el curso o el plantel y tomar parte activa en las diferentes labores en que fueron requeridas. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Participar bajo la dirección de los Profesores Guías en asociaciones Estudiantiles de carácter exclusivamente cultural, social y deportiva de acuerdo al reglamento especial. Justificar atrasos al Inspector (a) y al profesor , solicitar permiso al Profesor y al Inspector(a) si por alguna causa justificada debe abandonar el aula durante las horas de clases. Desplazarse en orden y en silencio cuando se dirijan al patio, laboratorios, biblioteca, sala de proyecciones etc. Respetar el uniforme como símbolo institucional y usarlo dignamente en actividades propias del colegio y en los días y jornada que le corresponda. Concurrir al colegio correctamente uniformados y cuidar su buena presentación en el uniforme e higiene personal. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Velar por el prestigio y buen nombre del Establecimiento dentro y fuera de él. Concurrir a clase con todos los materiales de trabajo. Mantener la atención el espíritu de trabajo , la actividad creadora durante las horas que comprenden. Entregar oportunamente las citaciones o comunicaciones a los Padres de Familia. Y devolver las firmas a los Inspectores. Construir con la buena conservación del edificios, anexos, muebles, material didáctico y más pertenencias del establecimiento. Asumir la responsabilidad por el deterioro de cualquier bien ocasionado por ellos y pagar el costo de su reparación o reposición. Respectar el principio de autoridad y brindar cortesía y cooperar con su maestro y compañeros. Respetar l autoridad delegada Presidente, Vicepresidente y miembros de la Comisión de Disciplina del Consejo de curso y de los alumnos miembros de la aso Estudiantil, a fin de que “participe en el mantenimiento de la disciplina de los alumnos dentro y fuera del plantel, cooperar en la buena marcha conservación de local y más pertenencias del establecimiento. Presentar oportunamente la justificación ante el profesor de Curso para la recepción de su tarea y evaluación atrasada que no hayan presentado a su debido tiempo, conforme el plazo señalado por el profesor. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007).Art. 35, derecho.- Son Derecho de los alumnos a más de las contempladas en el Art. 142 Reglamento General de la ley de educación los siguientes. Elegir y ser elegidos a cualquier dignidad estudiantil, respetándose el reglamento interno y especiales. Recibir de los Profesores los objetivos de cada unidad y que sirve de base para las pruebas, con debida antelación. El alumno tiene derecho a recibir los estímulos por el triunfo oportunamente, conforme al literal b) del art.6 de este reglamento. A que se considere su promedio en disciplina y actividad realizada en la presentación del Colegio para efectos de medidas compensatorias que se tomen a favor de ellos en las juntas de cursos. El DOBE tenga actualizados su ficha de seguimiento de su accionar con estudiante y como ser humano en continua y sistemática evaluación constancia de las medidas tomadas por el organismo y autoridad correspondiente. A que se entregue las pruebas presentadas como evaluaciones parciales las calificaciones presentadas de trabajos, deberes, lecciones etc. Que se le otorgue un trato respetuoso, cordial y orientador en todas sus fases formativa. A que se le entrega sus calificaciones de cada jornada Pedagógica antes la juntas de cursos. 2.13.2. De las prohibiciones para los Alumnos. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Art. 36, está prohibido a los alumnos a más de lo establecido en At. 144 del Reglamento de la ley de educación lo siguiente. Abandonar el plantel o el aula sin el consentimiento previo del Profesor Inspector(a) según el caso, durante la jornada de trabajo. Cometer actos fraudulentos en la realización de las pruebas de evaluación. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Alterar notas de libreta y falsificaciones de sus representantes. Usa prendas que no constituyan uniforme dentro del plantel. Ingresar a lugares públicos de consumo alcohólicos y otros estimulantes juegos de futbolines y billares con el uniforme del colegio. Lucir chompas o abrigos que no correspondan al plantel. Manifestaciones o acciones que contradigan a la descendencia y moral de los estudiantes dentro fuera del plantel con el uniforme. Permanecer en los alrededores del Plantel antes o después de las jornadas de trabajo. Usar el uniforme para asistir a lugares actos no autorizados por la autoridades educativas Usar alhaja, adornos, maquillajes, peinados y zapatos no compatibles con respeto que se le debe al uniforme de su Plantel. Conducir en forma inapropiada dentro y fuera del plantel con actitudes y expresiones incompatibles con su condición de estudiante y personas cultas. Ingresar a las aulas del Plantel con cualquier clase de comestible que pueda alterar el aseo del recinto donde reciben sus clases. Irrespetar la disposición de ingresar y salir en orden y en silencio en la forma dispuesta por la autoridad encargada al respecto. El uso del uniforme de cultura física será solamente para la hora que corresponde la materia. Llevar cantidades de dinero al Plantel sin que exista fundamento para ello y no tomar las medidas necesarias que eviten su perdida. Arrogar papeles y desperdicios en las aulas, patios y corredores del edificio del Colegio. Escribir en las bancas, paredes de las aulas y de los servicios higiénicos. No ingresar al Plantel y quedarse fuera del mismo sin tener causa justifica para ello. Atentar contra la salud de un nuevo ser, al asistir en estado de gravidez a las clases. Ingresar al plantel con arma de fuego, arma blanca, radio, explosivos o materiales pornográficos, portar o consumir droga y licores dentro del Establecimiento. 2.13.3. Capitulo x 2.13.1. De los estímulos y sanciones Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Art. 54, de las faltas de los alumnos. Se considera como falta de los alumnos en el campo disciplinario lo siguientes: Atrasos continuos Faltas injustificadas Atentar contra la disciplina, el aseo y ornato de las aulas y demás instalaciones del plantel. Irrespetos a Autoridades Profesores y demás miembros del Personal. Agresión de palabra y física a con discípulos. Destrucción de bienes del colegio y de los compañeros Substracción de bienes del Colegio y de los compañeros. Uso inadecuado del uniforme Realizar u organizar fiestas, rifas sin permiso de la Autoridad. Efectuar negocios en el interior del Colegio Falta a la moral: fumar e ingerir licores y drogas Permanecer a grupos que actúen al margen de la ley Ingresar armas o cualquier objeto que puedan producir daños a la integridad física del alumno De las fugas. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Art 55, de las Sanciones.-Amas de la sanciones que por incumplimiento de trasgresión de las disposiciones reglamentarias por parte de los alumnos contempla el Art 270 del reglamento de educación se añade lo siguiente. Citación al representante para tratar el problema disciplinario de los alumnos y toma conjunta de medidas que busquen rectificar su comportamiento. Condicionar la continuidad del alumno en el Plantel con el conocimiento y aceptación del representante. Reposición de los perjuicios materiales ocasionados por el estudiante Las fugas de clase y fugas del colegio serán sancionadas como disciplina con rebaja en la calificación de conducta de 2 puntos por fuga. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Art.56, es responsabilidad del DOBE de la Inspección y de la Comisión de disciplina ejecutar acciones que superen los problemas disciplinaros. Las faltas leves deben ser resueltas inmediatamente con criterio educativo Las faltas graves deben ser analizadas por el DOBE, Inspección y la Comisión de Disciplina antes de fijar sanción alguna La comisión de disciplina dará decisión final y sus recomendaciones a la Junta de Curso, al Rector(a) y al Consejo Directivo atendiendo el grado de su competencia La sanción que determina la Autoridad correspondiente será informada a Representante y la observación se anotara en la libreta y en la hoja de vida de alumno. El capítulo de la Disciplina y Asistencia del Reglamento General a la ley de Educación servirá de referencia para instancias Institucionales que conduce el control disciplinario. 2.14. Capitulo VII 2.14.1. De los Profesores Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Art. 26, son deberes y atribuciones de los Profesores del nivel medio, además de los que constan en el art. 139. Del Reglamento General de la Ley de Educación y el Art 4 de la ley de carrera Docente los siguientes. Concurrir al salón de clases de acuerdo con el horario asignado y retirarse del término de la hora. Permanecer en Plantel durante su jornada de trabajo Si trascurrido 10 minutos de la hora clase el Profesor no está en el aula se considera hora no laborada. Informar con oportunidad al Inspector General Cuando deba ausentarse de la clase por causas justificadas. Utilizar un vestuario adecuado que dignifique la presencia del maestro, tanto en las aulas de clases como en otros eventos culturales. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Entregar a los alumnos: Evaluaciones, aportes, trabajos, deberes, etc. Debidamente corregidos y calificados para que el estudiante pueda hacer el reclamo oportuno. Informar a los estudiantes las notas de cada jornada Pedagógica 48 horas antes la junta de cursos. El profesor deberá informar oportunamente al profesor Guía y al Departamento de Orientación cuando el alumno incumpla sus obligaciones a fin de que tomen los correctivos necesarios y a tiempo. Iniciar y culminar la hora de acuerdo a la señal convencional dada por la Inspección. Aprovechar cada una de sus horas clases para desarrollar en el alumno el aspecto psicomotriz, efectivo, cívico, social, de observación, de investigación, lectura, a través de talleres, mesas redondas, proyecciones, trabajos grupales, que conduzca a la formación integral del alumno. Cumplir con demás disposiciones legales y reglamentarias y aquellas que disponga las autoridades. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Receptar tareas y evaluaciones atrasadas siempre que los alumnos presentare oportunamente de acuerdo al literal c) del Art. 18. Resolver los problemas disciplinarios que hubieren en su hora de clase. En caso de ser un acto disciplinario grave informar a la Inspección General. Justificar el Rectorado la inasistencia a las 24 horas de haberse producido y si es mayor de 2 días enviar el reemplazo respectivo. Si la causa alegada es enfermedad debe presentar el certificado del IESS, para lo cual utilizara los formularios respectivos en original y 3 copias. Los profesores que soliciten licencia al amparo de disposiciones reglamentarias dejara un profesor sustituto idóneo en la asignatura, el mismo que contara con la aprobación precia del Rector Cumplir con la autoridades señaladas al inicio del Año Lectivo a fin de organizar, ambientar y tomar pruebas de diagnóstico a los alumnos de cada sección o curso. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Responsabilizarse en llenar el leccionario al finalizar su hora de clase, con una caligrafía tangible y precisando las acciones realizadas. Concientizar el alumno s fin de que asistan con los materiales indispensable para la clase. Asignar tareas, actividades, trabajos de investigación, adecuadamente planificados con el sentido de utilidad pedagógica con suficiente tiempo para su elaboración y con el conocimiento oportuno del alumno de las calificaciones que recibirá por el trabajo. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Entregar los planes anuales y de unidad, en las fechas señaladas en el cronograma, al Director(a) de Area. Entregar los temarios o cuestionarios para los exámenes de grado. Entregar a los estudiantes oportunamente las pruebas de evaluación de trabajo de investigación debidamente calificadas antes de la relación de las juntas de curso. Informar a los alumnos y representantes sobre el rendimiento trimestral entregado las calificaciones parciales al final de la jornadas pedagógicas Practicar en los alumnos hábitos de higiene, cortesía en el trato social y aprovechar todas la ocasiones para hacer la obra educativa. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Guardar el debido respeto a los alumnos y padres de familia en el trato diario, que por su función esta requerido a cumplir Ingresar en forma inmediata después del cambio de hora al curso que legalmente le corresponde según su horario establecido. Los profesores que dictaren la ultima hora de clase de conformidad con su horario, deben colaborar en la salida ordenada del aula de los alumnos a su cargo. Asistir obligatoriamente a los actos que realiza el plantel. Su inasistencia será considerada falta de un día. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Art. 27, está prohibido a los Profesores. Dictar clases extras a los alumnos recibiendo remuneración especial por ellas. Permitir que los alumnos no le guarden el debido respeto y consideración dentro y fuera del Plantel Solicitar a los alumnos contribución económicas no autorizadas por la superioridad del plantel. Realizar transacciones comerciales con los alumnos, organizar fiestas, murgas, rifas, vender folletos, libros, organizar paseos o cualquier otro acto no autorizado por las autoridades competentes. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Emplear castigos corporales o psíquicos que atenten contra la dignidad y personalidad del estudiante. Cambiar arbitrariamente calificaciones y alterar cuadros de notas. Negarse a receptar evaluaciones legalmente autorizados. Realizar proselitismo político. Influir en las elecciones de representantes estudiantiles Intervenir en las decisiones estudiantiles( que no son de su competencia) Expulsar del salón de clase a los alumnos por causas disciplinaria y retirarlos para ocuparlos en otros menesteres ajenos al trabajo de clases. Dar mal ejemplo a los alumnos con un comportamiento inadecuado con su labor de formando de juventudes. Utilizar a los alumnos para que realicen labores que solo corresponde a los docentes, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Educación y este Reglamento Interno. 2.15. Capitulo XV 2.15.1. De los Padres de Familia Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Art. 114, el comité central de Padres de Familia se integrara a los estímulos en el Reglamento General de la Ley de Educación en sus Art. 148, 149 y 150 a sus propios reglamentos además deberá cumplir con los siguientes aspectos. Presentará un plan de trabajo a desarrollarse en el periodo de su administración. No interferirá en la política administrativa del plantel ni en sus aspectos pedagógicos. En caso de renuncia, abandono ausencia temporal del Presidente del Comité Central de Padres de Familia, asumirá tales funciones en Vicepresidente, hasta el término del mandato para el que fuera electo. Los valores económicos asignados al Comité de Padres de Familia se depositaran en una libreta de ahorros de un banco de la localidad para ser manejados conjuntamente entre Presidente y Tesorero de la misma entidad. 2.16 FODA ORDÓÑEZ (2009), para realizar el diagnóstico institucional se recomienda aplicar la estrategia metodológica denominada FODA. 2.16.1. ¿Qué es el FODA? ORDÓÑEZ (2009), es una estrategia metodológica que permite evaluar un proyecto, fenómeno o proceso en base a cuatro dimensiones: Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas. La evaluación a través de esta metodología implica realizar un análisis interno de la realidad de la institución educativa (fortalezas y debilidades) y su relación con el contexto externo (oportunidades y amenazas) que facilitan o dificultan el desarrollo de los servicios educativos con calidad. También sirve como instrumento de diagnóstico de las potencialidades y posibles amenazas riesgos o peligros a enfrentar antes de iniciar o implementar un proyecto. 2.16.2. ¿Cuáles son los componentes del FODA? ORDÓÑEZ (2009), el FODA tiene componentes internos y externos. Componentes internos: se refiere a los aspectos que facilitan o dificultan el buen desarrollo de un proyecto, proceso o actividad al interior de la institución (fortalezas y debilidades). Componentes externos: pertenecen al mundo exterior de la institución, provenientes del mundo exterior o contexto local, nacional e internacional en el que se encuentra el acontecimiento o actividad y que inciden positiva o negativamente sobre el mismo (oportunidades y amenazas). III. MATERIALES Y METODOS 3.1. Localización y duración de la investigación La investigación de este trabajo se realizó en el Colegio Fiscal Mixto” Dr. José María Velasco Ibarra”, mismo que está ubicado en la calle Arcadio Fuente y trasversal sin nombre, junto al cementerio, del Cantón Buena Fe, Provincia de Los Ríos. La investigación tuvo una duración 180 días. 3.2. Materiales y equipos Conceptos cantidad Útiles de oficina Papel A4 resmas 4 Cds 7 Impresora 1 Tinta para impresora 4 litro Esferográficos 3 Lápiz 1 grapadora 1 Pendrive 1 Folder 8 Sobre manila 3 Materiales bibliográficos Libros 5 Internet 70 horas Otros Viáticos 50 Alimentación 5 Materiales y equipos Cámara 1 Proyector (Alquiler) 1 Celular 1 Copias 1200 Impresión 1000 Computadoras 2 Empastado 2 Anillado 8 3.3. Tipo de investigación De campo. Se realizó en el Colegio Fiscal Mixto” Dr. José María Velasco Ibarra” del Cantón Buena fe, en contacto directo con los integrantes de la comunidad educativa, estudiantes, padres de familia, personal administrativo y de servicio, donde se obtuvo información de primera mano Bibliográfica o documental. Se utilizó, como referencia, textos, leyes, revistas, folletos, artículos científicos, tesis, archivos e internet, relacionados a la temática, estudio de la presente investigación. 3.4 Métodos 3.4.1. De Observación. Se empleó para obtener información espontánea, para consignar por escrito, permitiendo determinar el lugar apropiado para elaborar el Código de Convivencia. Inductivo - deductivo. El presente método, se lo aplicó en la entrevistas que se realizó al señor Abogado. Leonardo Marcelo Estrada Ortega, Rector de la institución en estudio y Lcda. Silvia Leonor García Parrales, Orientadora Vocacional del Departamento de Bienestar Estudiantil (DOBE), y las encuestas a los estudiantes, docentes, padres de familia, personal administrativos y de servicio, para realizar el código de convivencia. Analítico- sintético. Sirvió para el análisis e interpretación de los resultados obtenidos a través de las encuestas, determinando la necesidad de elaborar el código de convivencia, para el establecimiento educativo. Fuentes 3.5.1. Primarias Se utilizaron, las entrevistas y encuestas realizadas en el lugar de los hechos. 3.5.2. Secundarias Constituye todos los textos, libros, módulos, leyes e internet que sirvieron para corroborar el presente trabajo de investigación 3.6. Técnicas e instrumentos de evaluación 3.6.1. Encuestas se realizaron 282 encuesta a la comunidad del Colegio Fiscal Mixto” Dr. con la finalidad de realizar un análisis de la problemática de la convivencia de la institución. 3.6.2. Entrevistas Se realizaron entrevista al Señor Rector Abogado. Leonardo Marcelo Estrada Ortega y Lcda. Silvia Leonor García Parrales, Orientadora vocacional del departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil (DOBE) del Colegio Fiscal Mixto” Dr. José María Velasco Ibarra” del Cantón Buena fe, que son un aporte importante para la elaboración del Código de Convivencia. 3.7. Población y muestra La población cuenta en el siguiente cuadro con la muestra respectiva Muestra Estudiantes 93 Personal docente 84 Padres de familia 93 Personal Administrativo y de servicio 11 Total 282 Fórmula Desarrollo de la fórmula del tamaño de la muestra U= universo objetivo P= probabilidad del éxito 50% Q= probabilidad de fracaso 50% Z= Coeficiente de confianza 1.96 E= error de muestra 10% Estudiantes Desarrollo de la fórmula del tamaño de la muestra N= (Z^2*P*Q*N )/((N-1)*E^2+ Z^2*P*Q) N= (〖(1.96)〗^2*0.5*0.5*2747 )/((2747-1)*〖(0.10)〗^2+ 〖(1.96)〗^2*0.5*0.5) N=(3.8416* 0.5*0.5*2747 )/(27.46 *0.01+3.8416 *0.5*0.5) N=(0.9604 * 2747 )/(27.46 + 0.9604) N=(2638.2188 )/28.4204 N= 92.82838348 N= 93 R//. Docentes Desarrollo de la fórmula del tamaño de la muestra Como la muestra de docentes no sobre pasa de los cien, se realizó al total del universo que es el 100% N= 84 R//. Padres de familia Desarrollo de la fórmula del tamaño de la muestra N= (Z^2*P*Q*N )/((N-1)*E^2+ Z^2*P*Q) N= (〖(1.96)〗^2*0.5*0.5*2500 )/((2500-1)*〖(0.10)〗^2+ 〖(1.96)〗^2*0.5*0.5) N=(3.8416 *0.5*0.5*2500 )/(24.99 *0.01+3.8416 *0.5*0.5) N=(0.9646 * 2500 )/(24.99 + 0.9646) N=(24.01 )/25.9504 N= 92.52 N= 93 R//. 3.7.6. Personal administrativo y servicio Se desarrolló el tamaño de la muestra a los 11 encuestados del personal administrativo y de servicio, porque la población es finita. 3.8. Procedimiento metodológico Con la aplicación de los procedimientos metodológicos, permitieron trabajar en lugar de los hechos, como es el Colegio Fiscal Mixto” Dr. José María Velasco Ibarra” del Cantón Buena fe, en contacto directo con los integrantes de la comunidad educativa. Mediante la observación se obtuvo información espontánea, para determinar el comportamiento de los integrantes de la institución, para fortalecer los conocimientos se utilizó documentos, textos, revistas, folletos, archivos e internet, relacionados a la temática de estudio de la investigación. Posteriormente se continuó con la aplicación del método inductivo- deductivo, ya que se realizaron encuestas a los estudiantes, docentes, padres de familia, personal administrativos y de servicio, y Las entrevistas al Rector y Orientadora Vocacional del departamento de Bienestar Estudiantil (DOBE), se procedió a tabular los resultados y efectuar su respetivo análisis a través del método analítico y sintético del cual se propuso elaborar el Código de Convivencia, para mantener el orden y bienestar estudiantil. Las conclusiones y recomendaciones se las realizaron en base a los resultados obtenidos de la presente investigación, además la institución necesita tener Código de Convivencia ya que no existe, igualmente el Ministerio de Educación está exigiendo a todas las instituciones públicas elaborar éste Código; y se recomienda aplicar leyes, normas de buen comportamiento y disciplina para toda la comunidad educativa, haciéndolas parte integral de su comportamiento cotidiano. IV. RESULTADOS Y DISCUSIÓN Análisis de las encuestas realizadas a los estudiantes, para la creación del Código de Convivencia, del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Cuadro 1. ¿Usted está de acuerdo con que se elabore El Código de Convivencia en la Institución? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE De acuerdo 85 91 % En desacuerdo 8 9 % Total 93 100% Fuente: Encuesta a los estudiantes del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. En el presente cuadro se demuestra que los señores estudiantes en su mayoría están de acuerdo con la creación del Código de Convivencia, mientras que en un grupo minoritario está en desacuerdo. Cuadro 2. ¿Cree usted que el Código de Convivencia ayuda a vivir en armonía en la Institución? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Si 81 87 % No 12 13 % Total 93 100% Fuente: Encuesta a los estudiantes del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. En el cuadro N°2, Se observa que la mayoría están de acuerdo que el código de convivencia ayudara a vivir en armonía, mientras que en un porcentaje mínimo opinan lo contrario. Cuadro 3. ¿Tiene conocimiento usted de sus derechos creados en el Código de la Niñez y de la Adolescencia? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Mucho 1 1% Poco 39 42% Nada 53 57% Total 93 100% Fuente: Encuesta a los estudiantes del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. Como se puede observar en el cuadro N°3, los estudiantes desconocen los derechos creados en el Código de la Niñez y de la Adolescencia y apenas una mínima cantidad tiene conocimiento. Cuadro 4 ¿El Código de Convivencia servirá para respetar sus derechos como estudiante? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE De acuerdo 74 80% En desacuerdo 19 20% Total 93 100% Fuente: Encuesta a los estudiantes del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. En el cuadro # 4 más del 70% de los encuestados consideran que el Código de Convivencia servirá para respetar sus derechos como estudiantes, mientras que en un porcentaje mínimo está en desacuerdo. Cuadro 5 ¿Cómo define usted el Código de Convivencia? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Un libro de leyes reglamentos y normas 58 62% Guía de convivencia 20 22% Folleto de leyes 15 16% Modelo de estudio 0 0% Total 93 100% Fuente: Encuesta a los estudiantes del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. Los estudiantes especifican que es un libro de leyes y reglamentos, un porcentaje inferior opinan que es una guía de convivencia y una mínima cantidad de estudiantes lo considera como un folleto de leyes Análisis de las encuestas realizadas al personal docente, para la creación del código de convivencia, del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Cuadro 6 ¿Tiene conocimiento si el Ministerio de Educación a dispuesto la creación del Código de Convivencia? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Poco 27 32% mucho 17 20% Nada 41 48% Total 85 100% Fuente: Encuesta a los docentes del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. Se muestra que la mayoría del personal docente desconoce que el Ministerio de Educación, haya dispuesto la creación del código de convivencia, un porcentaje menor tiene poco conocimiento y una mínima cantidad tiene conocimiento. Cuadro 7 ¿La creación del Código de Convivencia, aportará para resolver los conflictos internos en la Institución? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE SI 85 100% NO 0 0% Total 85 100% Fuente: Encuesta a los docentes del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia Según el resultado del presente cuadro, el personal docente opina en su totalidad que la creación del código de convivencia, aportará para resolver los conflictos que se presenten en la institución. Cuadro 8 ¿La relación personal con su compañero de trabajo es? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Buena 28 33% Regular 38 45% mala 2 2% Excelente 17 20% Total 85 100% Fuente: Encuesta a los docentes del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia Se observa que los Docentes en el cuadro N°8, en un porcentaje mayor la relación personal entre los compañeros de trabajo es regular, y un valor menor manifiesta lo contrario. Cuadro 9 ¿Qué leyes considera que deberán aplicarse en el Código de Convivencia? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Código de la niñez y de la adolescencia 38 45% Ley orgánica de educación 22 26% Constitución del estado 9 10% Ninguna 5 6% Todas 11 13% Total 85 100% Fuente: Encuesta a los docentes del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. El cuadro N°9 muestra que el personal docente, considera que las leyes de aplicar en el Código de Convivencia en su mayoría deben ser los expuesto en el Código de la Niñez y de Adolescencia, y un porcentaje menor manifiesta lo contrario. Cuadro 10 ¿ Considera usted que debe realizarse normas de buen comportamiento para los estudiantes? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE SI 85 100% NO 0 0% Total 85 100% Fuente: Encuesta a los docentes del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia Se observa que los docentes en su totalidad opinan que debe aplicarse normas de buen comportamiento, para mejoras de la institución. Análisis de las encuestas realizadas a los padres de familia, para la creación del Código de Convivencia, del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Cuadro 11 ¿ Considera que es necesaria la creación del Código de convivencia? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE SI 93 100% NO 0 0% Total 93 100% Fuente: Encuesta a los padres de familia del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia Se puede observar que los indicadores manifiestan que todos están de acuerdo y consideran que si es necesario la creación del Código de Convivencia. Cuadro 12 ¿Se comprometería a participar usted en la elaboración del Código de Convivencia? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE SI 62 73% NO 23 27% Total 85 100% Fuente: Encuesta a los padres de familia del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. En base al cuadro #12 casi todos los padres de familia están de acuerdo , en participar en el Código de Convivencia, para mejoras de la institución, mientras una minoría expresa lo opuesto. Cuadro 13 ¿Cómo define usted la convivencia? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Modales 8 9% Valores 20 21% Leyes 0 0% Normas 65 70% Total 93 100% Fuente: Encuesta a los padres de familia del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia Los padres de familia manifiestan en el cuadro N°16 que el Código de Convivencia son normas, mientras un porcentaje menor lo considera como valores y modales. Cuadro 14 ¿La creación del Código de Convivencia, aportara a dar solución a la problemática interna? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Poco 38 41% Mucho 55 59% Nada 0 0% Total 93 100% Fuente: Encuesta a los padres de familia del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. Se muestra que los padres de familia, consideran que el Código de Convivencia permitirá dar solución a las problemáticas internas y un porcentaje menor considera lo opuesto. Cuadro 15 ¿Cómo considera usted el Código de Convivencia? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Libros de lectura 0 0% Leyes ,reglamentos y normas 83 89% Guía de leyes 10 11% Manual de calificaciones 0 0% Total 93 100% Fuente: Encuesta a los padres de familia del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia El cuadro N°17, presenta que la mayoría de los padres de familia consideran el Código de Convivencia, como reglamentos y normas, mientras que en un porcentaje inferior opinan que es un guía de leyes. Cuadro 16 ¿Las normas disciplinarias en la Institución son? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE EXCELENTE 0 0% REGULAR 12 13% MALA 62 67% BUENA 19 20% Total 93 100% Fuente: Encuesta a los padres de familia del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia Los padres de familia manifiestan en el cuadro N°16, en un 67% que las normas disciplinarias son malas, mientras un porcentaje menor considera buena, lo que significa que se debe mejorar. Análisis de las encuestas realizadas al Personal Administrativo y de Servicio, para la creación del Código de Convivencia, del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Cuadro 17 ¿La relación entre los colegas de trabajo es? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Excelente 2 18% Regular 6 55% Mala 0 0% Buena 3 27% Total 11 100% Fuente: Encuesta al personal administrativo y de servicio del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. De acuerdo al cuadro N°24, el personal Administrativo y de servicio manifiesta que la relación con sus colegas es regular, mientras que un porcentaje menor lo considera buena y una mínima cantidad opinan que es excelente. Cuadro 18 ¿Cómo especifica usted el Código de Convivencia? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Un libro de leyes , reglamentos y normas 7 64% Guía de convivencia 2 18% Manual de técnicas educativas 2 18% Libro de lectura 0 0% Total 11 100% Fuente: Encuesta al personal administrativo y de servicio del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. Se demuestra que el personal Administrativo y de servicio, consideran que es un libro de leyes, reglamentos y normas, mientras que en un porcentaje menor opinan que es una guía de convivencia y una minoría dice que es un manual de técnicas educativas. Cuadro 19 ¿Cómo mejorará usted el mantenimiento del orden y la disciplina dentro de la Institución? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Respetando los acuerdos 8 73% Incumplir con los reglamentos 0 0% Evitar conflictos 2 18% Nada 1 9% Total 11 100% Fuente: Encuesta al personal administrativo y de servicio del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. El Personal Administrativo y de servicio expresa que respetará los acuerdos para garantizar el orden y la disciplina en la institución, mientras que un menor porcentaje considera evitar conflictos . Cuadro 20 ¿Considera usted que la Institución Educativa necesita crear el Código de Convivencia? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE SI 11 100% NO 0 0% Total 11 100% Fuente: Encuesta al personal administrativo y de servicio del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia Como lo manifiesta el cuadro N°20, el personal Administrativo y de servicio en su totalidad considera que se debe crear el código de convivencia para bien de la institución. Cuadro 21 ¿Qué valor deben aplicarse en el código de convivencia? INDICADORES CANTIDAD PORCENTAJE Respecto 5 46% Igualdad 3 27% Compañerismo 2 18% deshonesto 0 0% Amor 0 0% buen trato 1 9% Solidaridad 0 0% Total 11 100% Fuente: Encuesta al personal administrativo y de servicio del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. Del cantón Buena Fe. Elaborado por: Silvia Marlene Rivera Anchundia. En el presente cuadro se observa que la mayoría del personal administrativo y de servicio, considera que el respeto es uno de los valores que debe aplicarse, mientras un menor porcentaje define que la igualdad y el compañerismo son necesarios en la aplicación de Código de Convivencia para el colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. 4.5. Verificación de la hipótesis. Es importante la elaboración del Código de Convivencia para el Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. tal como lo expresa Ortega (2004), que la palabra convivencia significa la acción de vivir comúnmente Y de igual manera expresa Tenti (2003), que el código de convivencia, permite el desarrollo que facilita la armonía, coherente con la realidad que se vive, pero también que permita el desarrollo integral de las personas, la autonomía, el ejercicio de derechos y ciudadanía de todas las personas que hacen una institución: directivos, maestros, alumnos y alumnas, personal administrativo y de servicio, padres de familia, esto se lo puede demostrar según los resultados obtenidos de la encuesta tanto a los estudiantes en el cuadro N°4 y N°5, en las encuestas realizadas a los docentes en el cuadro N°7y N°10, en la encuesta a los padres de familia cuadro N° 14, y encuesta al personal Administrativo N°20 y N°21. En los actuales momentos no existe Códigos de Convivencia en la institución, pero Onetto (2004) expresa que es un conjunto de principios, enfocados en la doctrina de la protección integral, orientan los comportamientos personales y sociales en la búsqueda de una convivencia armónica en la comunidad educativa. PROPUESTA 5.1. Tema. Creación del Código de Convivencia para el Colegio Fiscal Mixto Dr. José María Velasco Ibarra del Cantón Buena Fe, Provincia de Los Ríos. 5.2. Justificación Es necesario establecer normas de convivencia, que permita vivir en armonía en la institución y que facilite la convivencia, pero también que acceda al ejercicio de derechos de todas las personas que hacen la institución. La aplicación del códigos de convivencia, tiene como propósito el fortalecimiento y el desarrollo integral de los actores de la comunidad educativa conformada por autoridades, docentes, estudiantes, padres de familia, administrativos y de servicios en el ejercicio de sus obligaciones y derechos, para la convivencia armónica de la comunidad educativa. Por lo tanto, es necesario la elaboración y aplicación de este instrumento normativo para la institución educativa, en donde los beneficiarios constituyen la comunidad educativa. La creación del código de convivencia, fortalece los valores éticos-morales y democráticos (solidaridad, equidad, respeto, buen trato, inclusión, entre otros.), regula su comportamiento, reconoce y respeta los límites de los acuerdos de convivencia. Fundamentación La declaración universal de los derechos humanos proclama como un ideal común por todos los pueblos y naciones que deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirados constantemente en ella promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a todos los derechos y libertades, y aseguren por medidas progresista de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicaciones universales y efectivos, tanto en los Estados Miembros como los territorios colocados bajo su jurisdicción. Para que la convivencia armónica pueda darse en la institución se requiere de una manera coherente y ordenada las políticas disciplinarias, académicas y administrativa y las relaciones interpersonales de los actores de la institución, para favorecer el desarrollo integral de los alumnos y su participación en el logro de los objetivos educativos institucionales. Solo así tendrá sentido en el proceso permanente en logro progresivo de la autodisciplina productiva de experiencias en donde el alumno es el centro; por estos motivos se ha elaborado el Código de Convivencia. Objetivos General Elaborar el Código de Convivencia para el Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra” del Cantón Buena Fe. Específicos. Desarrollar en los educandos hábitos de responsabilidad, colaboración, orden, amistad y respeto consigo mismo y con los demás. Fomentar los valores humanos , religiosos y patrios en toda la comunidad. Colaborar con el mantenimiento del orden y el bienestar dentro de la comunidad educativa. Estimular y fomentar el espíritu de socialización y compañerismo en el ámbito de la convivencia. . Importancia Las razones más importantes por la cual se llevó a cabo la elaboración del Código de Convivencia son: Derecho a la integridad personal, tanto física como psicológica que debe existir entre los actores que conforman la comunidad. Garantiza el ámbito escolar como un espacio incluyente e integrador, que respete las diferencias y garantice normas de convivencia que faciliten el acceso a la educación de todos los niños/as y adolescentes sin distinción de ninguna clase; grupo étnico, religión, orientación sexual, niños/as con alguna discapacidad o adolescentes embarazadas y personas portadoras del VIH-SIDA. El código de convivencia ayudara a resolver los conflictos equitativamente e impedir las manifestaciones violentas y destructivas. . Ubicación sectorial La presente investigación se la realizó en el Cantón Buena Fe, Provincia de Los Ríos, calle Arcadio Fuentes y transversal junto al Cementerio General, en el Colegio Fiscal Mixto Dr. José María Velasco Ibarra, tuvo una duración de 180 días. . Factibilidad El presente trabajo de investigación se lo ha aplicado en el Colegio Fiscal Mixto Dr. José María Velasco Ibarra. Plan de trabajo En el código de convivencia garantiza la vigencia de los derechos reconocidos constitucionalmente, que facilita la convivencia, pero además permita el desarrollo integral, de todas las personas que integran la institución, las sanciones deben definirse en función de los conflictos que serán tratados como situaciones inherente a la convivencia por tanto se determina mecanismo de solución y que los conviertan en oportunidades de aprendizaje. En la perspectiva del punto anterior deberá haber una clara separación entre las situaciones conflictivas y aquellas que no lo son, por ejemplo, el rendimiento escolar o el desempeño docente no debe incidir en la solución de un conflicto de convivencia entre: Directivos, docentes, estudiantes, personal administrativos y de servicio, padres de familia. El código de convivencia será un Instrumento que apoye a la comunidad educativa y dé contención a los estudiantes dentro del sistema educativo. CÓDIGO DE CONVIVENCIA AÑO 2010 – 2011 TABLA DE CONTENIDO 5.9. Presentación 5.10. Reseña histórica del Colegio Dr. “Jose Maria Velasco Ibarra” 5.10.1. Reseña histórica sobre la Fiscalización del Colegio “José María Velasco Ibarra”. 5.11. Misión 5.12 Visión 5.13 MARCO LEGAL 5.13.1 Constitución Política del Estado 5.13.2 Derechos Humanos 5.13.3. Código de la Niñez y la Adolescencia 5.13.4. Ley Orgánica de Educación. 5.13.5. Disposición del Ministerio de Educación: CÓDIGO DE CONVIVENCIA 5.14. CAPÍTULO I 5.14.1. Actores sociales, antecedentes, justificación, objetivos 5.14.2. Antecedentes 5.14.3 Justificación 5.14.4. Objetivos 5.14.4.1. General 5.14.4.2. Específico. 5.15 Considerando: 5.15.1 Resuelve: 5.16 CAPÍTULO II 5.16.1 Estructura del Colegio Fiscal Mixto Dr. “José María Velasco Ibarra”. 5.16.2. De los niveles de Estructura General 5.16.2.1 Nivel Administrativo 5.16.2.2. Auxiliar de Apoyo 5.16.2.3. Servicios Generales 5.16.2.4. Operativo 5.16.2.5. Del Subsistema Académico 5.17. CAPÍTULO III 5.17.1. Fines, obligaciones y responsabilidades: Comunidad Educativa 5.17.1.1. Libertad 5.17.1.2. Autonomía 5.17.1.3. Liderazgo 5.17.1.4 Espiritualidad 5.17.1.5. Sentido humano 5.17.1.6. Responsabilidad 5.17.1.7. Respeto. 5.17.1.8. Solidaridad. 5.17.1.9. Honestidad 5.17.1.10. Justicia 5.17.1.11. Puntualidad 5.17.1.12. Compañerismo. 5.17.1.13. Amor 5.17.1.14. Equidad de género 5.17.1.15. Comunicación 5.17.1.16. Disciplina y autodisciplina 5.17.1.17 Honestidad Académica 5.17.1.18 Uso de tecnología 5.18. Valores morales que debemos tener en cuenta como Estudiante 5.18.1. El Estudiante 5.18.2. Considerar 5.18.3. La cortesía, 5.19. De la Comunidad Educativa. 5.19.1. De los derechos y obligaciones de la Comunidad 5.19.1.1. Derechos Los miembros de la Comunidad 5.19.1.2. Obligaciones 5.20. De las Autoridades derechos y responsabilidades del Rector 5.20.1 Responsabilidad. 5.20.2. Derecho 5.21. Del Vicerrector 5.22. De Colecturía 5.23. Del Departamento de Recursos Humanos 5.24. Del Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil 5.25. De los Derechos y Responsabilidades de los Departamentos de Auxiliar de la Secretaria 5.25.1. De la secretaria 5.25.2. De la Biblioteca 5.25.3. De la Conserjería 5.26. De las responsabilidades y derechos de Asesores Generales 5.26.1. Del Consejo Directivo 5.26.2. De las juntas de Directores de Áreas 5.26.3. De las juntas de Profesores Tutores 5.26.4. De las responsabilidades de la Juntas de Curso 5.27. De los derechos y responsabilidades de los y las Estudiantes 5.27.1. Los Estudiantes tiene las siguientes responsabilidades: 5.27.2. De la actitudes de Convivencia 5.27.3. Faltas leves de los Estudiantes 5.27.4. Faltas graves de los Estudiantes 5.27.5. Del proceso de orientación por actitudes de Convivencia negativas 5.27.6. Las faltas graves consignadas en este Código de Convivencia darán lugar a. 5.27.7. Del proceso de orientación para la deficiencia académica 5.27.8. De los estímulos 5.28. De los derechos y responsabilidades de los Representantes 5.28.1. Los Padres/ Madres de Familia o el representante legal tienen las siguientes responsabilidades 5.29. De los derechos y responsabilidades de los Docentes. 5.29.1 Los Docentes tienen, entre otros, la responsabilidad de: 5.29.2 Los Docentes deben realizar su trabajo dentro de un contexto agradable como: 5.9. PRESENTACIÓN El presente Código de Convivencia tiene por objeto regular de una manera coherente y ordenada las políticas disciplinaria, académica y administrativa y las relaciones interpersonales de los actores del Colegio Fiscal “Dr. José María Velasco Ibarra”, para favorecer el desarrollo integral de los educandos y su participación en el logro de los objetivos educativos institucionales. El Código de Convivencia, es de cumplimiento obligatorio para quienes integran la institución, para optimizar las relaciones entre sus miembros; es decir, para que interactúen en armonía, se respeten y acepten mutuamente, hagan de la institución educativa un espacio de vivencias democráticas, de aprendizaje diario, de ciudadanía activa, que propenda al crecimiento personal permanente en un ambiente de orden, seguridad, paz y democracia. Por el objeto mismo que conlleva la actividad de formar a la niñez y juventud, existen determinadas prácticas, actitudes o actividades externas a la comunidad que atañen o afectan en forma directa o indirecta al sistema formativo de la institución, por lo que también serán consideradas para la consecución del convivir armónico y desempeño correcto y pacífico de las actividades internas. Este ambiente armónico de relación entre autoridades, personal docente, personal administrativo y de servicio, estudiantes y padres de familias o representantes, se pretende conseguir a través del respeto de sus derechos y el ejercicio de sus responsabilidades en todo acto, ya sea interno o externo. 5.10. RESEÑA HISTÓRICA DEL COLEGIO DR “JOSÉ MARÍA VELASCO IBARRA” La creación del colegio “José María Velasco Ibarra” nombrando a don Gabriel Eduardo Gaibor Quisirumbay quien fue el fundador de esta prestigiosa institución educativa de la cual formo parte durante 10 años consecutivos, él siempre decía tiempos del ayer que a veces evoco con nostalgia, porque fue donde se templo su espíritu en la fragua de un ideal junto a un pueblo libérrimo que se lanzó a la lucha del nuevo amanecer, de un porvenir prometedor para la presente y venidera generaciones. Cuanto aspiró hacer un paréntesis en sus tareas cotidianas para dedicarle tiempo a este colegio, siempre fue sembrador de ideales, anhelos y esperanzas, los mismos que fructifican con la perseverancia y tenacidad en su empeño. Entre tantos maestros sembradores de semillas, la del señor don Eduardo Gaibor Quisirumbay cayó en tierra fértil, a esto se agrega el amor que el tenia por la causa de la educación de la niñez y la juventud, para que su modesta obra, al inicio, creciera lozana, pujante y altiva. El comentaba que recordaba claramente como vio nacer al calor de la fiebre bananera de la década del cincuenta. Más adelante, en el año 1965 él llegó a este poblado como profesor primario y, habiendo transcurrido cuatro años de labor docente y comunitaria, participo la idea de crear un colegio particular con sus compañeros: Víctor Hugo Naranjo, Saúl Godoy y Agustín Sánchez, quienes le brindaron su apoyo moral y económico para la nueva empresa, que sin pérdida de tiempo solicitaron la autorización del funcionamiento al ministerio de educación. Mediante acuerdo ministerial no. 1387 el 30 de abril de 1969 se autoriza el funcionamiento del primer curso de ciclo básico, del Colegio Particular “José María Velasco Ibarra”, a partir del año lectivo: 1969-1970, con las opciones prácticas de: Agropecuaria, Comercio y Administración Y Manualidades Femeninas. Dentro de los rasgos históricos del Colegio Velasco Ibarra, al paso de tres años de servicio a la juventud estudiosa como colegio particular, se necesitó revitalizarlo a fin de que su proyección tuviera un mayor radio de alcance, entonces la alternativa fue consolidar la unidad de alumnos, maestros y padres de familia, para obligar al estado a nacionalizar el colegio, aspiración que se cristalizo mediante decreto supremo, el 29 de mayo de 1972. a partir de la nacionalización del plantel, se inició una nueva etapa de vida institucional, dándose ahí las condiciones para su desarrollo en todos los aspectos del que hacer educativo. Se dio apertura al ciclo diversificado. Mediante acuerdo no.1306 del 25 de Abril de 1974, se autoriza el funcionamiento del primer curso Diversificado de Comercio y Administración, con la modalidad de Administración por dos años lectivos: (1974-1975 y 1975-1976). 5.10.1. Reseña histórica sobre la Fiscalización del Colegio “Jose Maria Velasco Ibarra”. Desde el segundo año en 1970 se iniciaron las gestiones para la Nacionalización del Plantel, contándose con la valiosa ayuda del entonces Gobernador de la Provincia Sr. Jorge Chang Vera entre otros. Un hecho que destaca el Lcdo. Eduardo Gaibor Q. es que, por los años 1971, en los tres cursos habían 120 alumnos, se fueron a un paseo a Imbabura, al pasar por Quito dialogaron con la Jefa del Dep. de Educación Media del Ministerio Sra. De Moncayo, quien se impresionó por el número De alumnos y Padres de Familia presentes, se comprometió a dar el Informe favorable lo que posteriormente así aconteció para su nacionalización. El hecho que destaca es que, se anunciaba el viaje a Quito a la gestión, para lo que no todos quisieron ir, pero cuando se enteraron que irían de paso hasta Imbabura, nadie se quiso quedar en casa-. Luego el año 1972 y mediante Acuerdo N°.385 de fecha 29 de mayo de 1972, en el Gobierno del General Guillermo Rodríguez Lara, el Ministro de Educación. Coronel Vicente Anda Aguirre, firma la Nacionalización de nuestro querido Colegio, lo cual llenó de júbilo, satisfacción, lágrimas y encontrados momentos de todos los gestores de la obra, quienes encabezados por Don Gabriel Eduardo Gaibor Quisirumbay , dieron para la posteridad, un Colegio que hoy es orgullo de la Comunidad, de los Padres de Familia, de sus alumnos, de sus profesores, de sus Autoridades. 5.11. Misión Implantamos las mejores formas para superar el perfil estudiantil con vocación técnica y en la asimilación del conocimiento científico, a fin de lograr un entendimiento eminentemente crítico, analítico, reflexivo y creativo capaces de discernir los asuntos en procura de dar debida solución a problemas socio productivo, conducente a la trasnformación social de la comunidad. Formulamos nuestra propuesta hacia una modalidad curricular y administrativa innovada, basada en los principios de liderazgo democrático y humanístico en la gestión institucional, propendemos al fortalecimiento de las bases sociales, psicopedagógicas, y epistemológicas en función del trabajo participativo e integrado entre alumno y docente. 5.12. Visión El Colegio Fiscal Dr.Jose Maria Velasco Ibarra, con el esfuerzo de todos logrará, constituirse en un plantel de alta categoría por calidad de estudiantes que produce, por lo tanto es nuestro deber fortalecer el trabajo en equipo, inspirados en el avance académico con supremacía en la eficiente formación integral del joven estudiante, permitiéndole desarrollar sus conocimientos tecnológicos, socio cultural, factibles de constituirse en jóvenes emprendedores. 5.13. MARCO LEGAL 5.13.1. Constitución Política del Estado. Todos los ecuatorianos somos ciudadanos y como tales gozamos de los derechos establecidos. Que la Constitución Política de la República del Ecuador, en su artículo 23 del Capítulo II, de los derechos civiles, numeral 3, establece la igualdad ante la Ley; "Todas las personas serán consideradas iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación en razón de nacimiento, edad, sexo, etnia, color, orientación sexual, estado de salud, discapacidad, o diferencia de cualquier índole. 5.13.2. Derechos Humanos Considerando: Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclama "como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción". 5.13.3. Código de la Niñez y la Adolescencia Art. 38. Expresa b) Promover y practicar la paz, el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales, la no discriminación, la tolerancia, la valoración de las diversidades, la participación, el diálogo, la autonomía y la cooperación. f) Fortalecer el respeto a sus progenitores y maestros, a su propia identidad cultural, su idioma, sus valores, a los valores nacionales y a los de otros pueblos y culturas. Que el Código de la Niñez y Adolescencia en sus artículos 38, 39, 40 y 41 se refieren a los objetivos de los programas de educación, a los derechos y deberes de los progenitores con relación al derecho a la educación, las medidas disciplinarias y las sanciones prohibidas. 5.13.4. Ley Orgánica de Educación. Art. 3.- Fines de la educación a) Contribuir al desarrollo pleno de la personalidad de los y las estudiantes para alcanzar una convivencia social intercultural y plurinacional, democrática y solidaria; para que conozcan y ejerzan sus derechos y cumplan con sus obligaciones; y sean capaces de contribuir al desarrollo de una cultura de paz entre los pueblos y de no violencia entre las personas. 5.13.5. Disposición del Ministerio de Educación: Iniciar en todos los planteles educativos un proceso de análisis y reflexiones sobre los reglamentos, el clima escolar, las prácticas pedagógicas y disciplinarias y los conflictos internos y su incidencia en los niveles de maltrato y deserción estudiantil. Tomando en cuenta el Acuerdo Ministerial 182 actualmente en vigencia como es la elaboración del código de convivencia en las instituciones educativas, cuya aplicación se convierta en el nuevo parámetro de la vida escolar, para una educación de calidad y calidez. 5.14. CAPÍTULO I 5.14.1. Actores sociales, Antecedentes, Justificación, Objetivos. a) Actores sociales Presidente de comité central de padres de familia. Presidente de Asociación Estudiantil. Personal docentes Personal administrativo y de conserjería, b) Comité institucional Rector Gobierno estudiantil Comité de padres de Familia 5.14.2. Antecedentes La declaración universal de los derechos humanos proclama como ideal común por todos los pueblos y naciones que deben esforzarse, a fin de que tantos los individuos como las instituciones, inspirados constantemente en ello p0romuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a todos los derechos y libertades, y aseguren por medias progresistas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicaciones universales y efectivo, tanto en los estados miembros como los territorios colocados bajo su jurisdicción. La constitución política del estado en su art. 6 expresa que todos los ecuatorianos son ciudadanos y como tales gozan de los derechos establecidos en esta constitución. La ley orgánica de educación en su art. 2 de los principios literal b) y f) señala todos los ecuatorianos tienen derechos a la Educación integral y la obligación de participar activamente en el proceso educativo nacional. Finalmente el código de la niñez y adolescencia en sus artículos 38,39,40 y 41 se refiere a los objetivos de los programas de educación a los derechos y deberes de los progenitores con relación al derecho de la educación, las medidas disciplinarias y las sanciones prohibidas, por el código de la niñez y adolescencia, exige tratar a los niños(as) y adolescentes en forma diferenciada considerando el género, la interculturalidad y su grado de desarrollo y madurez. En concordancia a estos argumentos el colegio Fiscal Dr. “Jose Maria Velasco Ibarra” procede a la elaboración del presente código de convivencia que regirá a todos los miembros de la comunidad educativa. 5.14.3. Justificación En la actualidad la sociedad está expuesta a violencia y maltrato, siendo la familia y la institución educativa, entre otras reproductoras de estos esquemas de comportamiento que afectan al desarrollo integral de la personalidad y al desarrollo de la sociedad. Estos principios forman parte de la constitución de igual manera, el código de la niñez y adolescencia recoge los principios y derechos declarados en la convención y establece, al mismo tiempo, la necesidad de realizar cambios importantes en la instituciones. Los problemas y conflictos que vivimos actualmente no se puede resolver bajo el régimen disciplinario que actualmente se aplican en las instituciones educativas, es necesario de construir pautas de convivencia que permitan garantizar la vigencia de los derechos reconocidos constitucionalmente. Cuando hablamos de código de convivencia estamos hablando de desarrollar una propuesta que facilite la convivencia, coherente con la realidad que se vive, pero también que permita el desarrollo integral de las personas, la autonomía, el ejercicio de derechos y ciudadanía de todas las personas que hacen la institución, por lo tanto el espíritu del código de convivencia de un contrato entre partes y no catálogo de prohibiciones y castigos, las sanciones deben definirse en función de los conflictos que serán tratados como situaciones inherentes a la convivencia por tanto se determina mecanismo de solución y que los convierta en oportunidades de aprendizaje. El código de convivencia será instrumento que apoye a la comunidad educativa y de contención a los estudiantes dentro del sistema educativo. La perspectiva del punto anterior deberá haber una clara separación entre situaciones conflictivas y aquellas que no lo son , por ejemplo, el rendimiento escolar o el desempeño docente no debe incidir en la solución de un conflicto de convivencia entre: Directivos, Docentes, Estudiantes, Personal Administrativo, Padres de Familia. Este código de convivencia, busca fortalecer los valores éticos- morales y democráticos ( solidaridad, equidad, respeto, buen trato, inclusión, entre otros.) y que cada individuo este en capacidad de construir autonomía de reguilar su comportamiento, esto es, capacidad de reconocer y respetar los límites y acuerdos de convivencia. 5.14.4. Objetivos 5.14.4.1. General Difundir en toda la comunidad educativa las normas de convivencia, para mejorar la comunicación armónica y asertiva en los integrantes del colegio Fiscal Dr. “Jose Maria Velasco Ibarra” 5.14.4.2. Específico. Desarrollar en los educandos hábitos de responsabilidad, colaboración, orden, amistad y respeto consigo mismo y con los demás. Adquirir conocimiento con las normas acordadas, haciéndolas partes integral de su comportamiento cotidiano. Colaborar con el mantenimiento del orden y el bienestar dentro de la comunidad educativa. Velar por el desarrollo del potencial personal en el ámbito de la convivencia. 5.15. Considerando: Que el Código de Convivencia es un componente del proyecto educativo constitucional para fortalecer la conciencias crítica y actualizarlos permanentemente. 5.15.1. Resuelve: Artículo único.- expedir el Código de Convivencia del colegio Fiscal Mixto Dr. “Jose Maria Velasco Ibarra”. 5.16. CAPÍTULO II 5.16.1. Estructura del Colegio Fiscal Mixto Dr. “Jose Maria Velasco Ibarra”. Art. 1.- el colegio Fiscal Dr. “Jose Maria Velasco Ibarra” es un establecimiento de nivel medio, está estructurado por dos ciclos, educación básica Octavos, noveno decimo y cuenta con las opciones de Computación, comercio y las que requieran crear. Art.2.- el bachillerato comprende las modalidades técnicas y ciencias, con las especialidades de Contabilidad, Informática, y Comercialización y Ventas que se dio apertura en el periodo lectivos 2010. Modalidad de ciencias especialidades, Físico Matemático, Químico Biológicas y Sociales, constituyen la estructura general del sistema educativo del colegio Fiscal Dr. “Jose Maria Velasco Ibarra”. 5.16.2. Art. 3. De los niveles de Estructura General 5.16.2.1. Nivel Administrativo Rectorado Vicerrectorado Colecturía Departamento de Talento Humano Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil ( DOBE) 5.16.2.2. Auxiliar de Apoyo Secretaria Biblioteca Conserjería 5.16.2.3. Servicios Generales Asesor Concejo directivo Juntas de directores de áreas Juntas de profesores Juntas de profesores tutores 5.16.2.4. Operativo Profesores Inspectores Alumnos Padres de familia Departamento de orientación y bienestar estudiantil (DOBE) 5.16.2.5. Del Subsistema Académico Vicerrectorado Junta de Directores de Áreas Comisión Pedagógica Junta de Profesores De Área Junta de Profesores De Curso Junta de Profesores Tutores Consejo de Orientación y Bienestar Estudiantil (DOBE) Profesores Estudiantes 5.17. CAPÍTULO III 5.17.1. Fines, obligaciones y responsabilidades: Comunidad Educativa Art.4.- el Código de Convivencia del Colegio Fiscal Mixto Dr.” Jose Maria Velasco Ibarra en el instrumento consensuado dentro de las concepciones de democracia, ciudadanía, cultura de buen trato y los valores de responsabilidad, respecto, solidaridad, honestidad, justicia y amor, además garantiza el libre ejercicio de los derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa del colegio Fiscal Mixto Dr.” Jose Maria Velasco Ibarra” del Cantón Buena Fe. Art.5.- el Código de Convivencia propende al fortalecimiento y desarrollo integral de los actores de la comunidad educativa conformado por autoridades, docentes, estudiantes y padre de familia, en el ejercicio de sus obligaciones y derechos, participa y mejora la calidad educativa que constituye la convivencia integral. Art.6.- la convivencia depende esencialmente de las concepciones que tengamos sobres los aspectos del buen vivir humano y que repercuten sobre las relaciones del estudiante, para equilibrar nuestra diversidad, hemos convenido definir los siguientes principios: 5.17.1.1. Libertad.- capacidad humana de decir y hacer responsable. La elección libre es una actitud personal ante conjunto de circunstancia para decir su propio camino. 5.17.1.2. Autonomía.- comprende el fortalecimiento de la voluntad y el poder elección frente a las situaciones cotidianas que vive el ser humano. Ser autónomo es poseer una identidad que lo hace único. 5.17.1.3. Liderazgo.- habilidad para dirigir en forma coherente los actos individuales o sociales. El líder crea oportunidades de progreso y justicia, y le devuelve a la condición humana su originalidad. 5.17.1.4. Espiritualidad.- manifiesta en la vida trascendente de los seres humanos que buscan un sentido profundo y ultimo al ser y hacer en la historia. Este sentido materialización en la fe, en ser superior y la confianza en el ser humano. 5.17.1.5. Sentido humano.- es más que el producto evolutivo e histórico, es una unidad de distintas dimensiones que ilustra un carácter especial en el cosmos lo hacen protagonista, que como señor de la creación está llamado a perfeccionar. 5.17.1.6. Responsabilidad.- es un concepto bastante amplio, que guarda relación con el asumir las consecuencias de todos aquellos actos que realizamos en forma consistente e intencionada. Se trata de uno de los valores humanos más importante , el que nace a partir de la capacidad humana para poder optar entre diferentes opciones y actuar, haciendo uso libre voluntad, de la cual resulta la necesidad de asumir todas aquellas consecuencias que estos actos deriven. 5.17.1.7. Respeto.- implica una actitud de estima hacia si mismo y los demás y la observancia de deberes y derecho. 5.17.1.8. Solidaridad.- significa comprometerse en la solución de los problemas y necesidades de los demás. 5.17.1.9. Honestidad.- es decir la verdad y luchar contra la corrupción, la copia, dolo, difamación. 5.17.1.10. Justicia.- es aquel conjunto de normas y reglas que permite regular las conductas entre las personas, permitiendo, avalando, prohibiendo y limitando ciertas conductas o acciones en actuar humano o con las instituciones, la justicia no solo hace referencia al conjunto de normas impuestas a una sociedad, sino que implica también la equidad entre sus miembro, es decir dar a cada quien lo que corresponde derechos y deberes. 5.17.1.11. Puntualidad.- es asistir con puntualidad a cada jornada de trabajo que hemos sido encomendados. 5.17.1.12. Compañerismo.- es la actitud de ayuda, respeto, consideración y efectividad que se tiene hacia los compañeros de: estudio o trabajo. 5.17.1.13. Amor.- es la expresión de afecto o cuidado para consigo mismo y hacia los demás. 5.17.1.14. Equidad de género.- considerar a hombree y mujeres en iguales condiciones, sin discriminación alguna. 5.17.1.15. Comunicación.- la institución Educativa debe ser una fuente de comunicación permanente para mejorar el aprendizaje, la convivencia, la prevención, manejo y resolución de conflictos. 5.17.1.16. Disciplina y autodisciplina.- estimulando el análisis y la reflexión individual y grupal de todos los actores de la comunidad educativa. Toda acción que rompa el compromiso de convivencia debe ser tratada de manera formativa y tener al mismo tiempo, consecuencia proporcional al tipo de falta cometida. 5.17.1.17. Honestidad Académica.- tanto docente como estudiante debe sujetarse a los principios de honestidad académica que implica presentar los trabajos con citación adecuada de la fuente; y respetar autoría intelectual y someter el trabajo propio a procesos de evaluación. Se considera una falta grave el plagio, la copia y el presentar trabajo de otros como si fuera propio. 5.17.1.18. Uso de tecnología.- su uso debe ser regulado durante la jornada educativa y sus incorporación, si fuera el caso, adecuada y oportuna al aprendizaje. 5.18. Valores morales que debemos tener en cuenta como Estudiante 5.18.1. El Estudiante.- es el centro de la comunidad educativa y buscar su integración como los demás estamentos con espíritu de solidaridad y fraternidad. El estudiante es el autor de su formación, por consiguiente debe obrar con convicción, conservando sus valores de autenticidad, veracidad, espontaneidad, constancia, aunque permitiendo ser orientado por sus profesores. 5.18.2. Considerar a sus directivos y profesores como guías y orientadores preocupados por su formación moral, intelectual y social, por consiguiente guardarles el respeto que merece un verdadero amigo. 5.18.3. La cortesía, las buenas maneras y la tolerancia son la base de las relaciones humanas entre estudiantes, directivos, personal administrativo y de servicio y el medio social que nos rodea. Art.7.- El presente Código considera que los estudiantes tiene derechos inalienables contemplados dentro de la ley orgánica de educación intercultural, reglamento general de la ley de educación y del código de la niñez y adolescencia, que deben obligatoriamente ser respetados dentro de las relacionados de convivencia entre los miembros de la comunidad educativa 5.19. De la Comunidad Educativa. Art.8 la comunidad educativa del colegio Fiscal Dr. “José Maria Velasco Ibarra” está constituido por profesores/as, alumnos/as, madres, padres, representantes legales, morales de la localidad territorial adyacente al plantel. Art.9. la comunidad educativa y en especial las autoridades y profesores /as es responsable de facilitar la armonía relación para el ejercicio derechos y deberes de sus miembros, normas contemplada en la ley vigente del presente código de convivencia. 5.19.1. De los derechos y obligaciones de la Comunidad 5.19.1.1. Derechos Los miembros de la Comunidad: a) Recibir educación escolarizada o no escolarizada, formal o informal a lo largo de su vida que, complemente sus capacidades y habilidades para ejercer la ciudadanía y el derecho al Buen Vivir. b) Participar, correlativamente al cumplimiento de sus obligaciones contenidas en esta Ley, vincularlo con las necesidades de desarrollo comunitario. c) Promover la articulación y coordinación de las instancias estatales y privadas para garantizar la protección social integral de las y los estudiantes y condiciones adecuadas para el desarrollo del proceso educativo. d) Hacer uso racional y responsable de los servicios, instalaciones y equipamiento de la institución educativa, de acuerdo con el reglamento respectivo. 5.19.1.2. Obligaciones.- Las y los miembros de la comunidad tienen las siguientes obligaciones: a) Propiciar la convivencia armónica y la resolución pacífica de los conflictos en la comunidad educativa. b) Mantener un ambiente propicio para el desarrollo de las actividades educativas, alrededor de los planteles escolares. c) Respetar y cuidar las instalaciones y recursos educativos; así como participar, en lo que fuera posible en el mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas de las instituciones educativas. d) Respetar y proteger la integridad física, psicológica y sexual de las y los estudiantes y en general de todos los miembros de la comunidad. e) Cumplir con los deberes que deriven de su participación en formas asociativas para la prestación de servicios no académicos relacionados con el quehacer educativo. 5.20. Art. 10. De las Autoridades derechos y responsabilidades del Rector El rector es la primera autoridad y el representante oficial del establecimiento. 5.20.1. Responsabilidad a) Es responsable de la institucionalización del Código de Convivencia en los establecimiento educativo de todos los niveles y modalidades, a través de la conformación del comité institucional y responsable de presentar a la Dirección de Educación el código de convivencia aprobado. b) Es responsabilidad del Rector conformar el comité de redacción del Código de convivencia para las respetivas actualizaciones. c) Es responsabilidad requerir la asistencia de los docentes, en caso de considerarlo necesario, con el fin de resolver dificultades conflictos mediante el dialogo. d) Velar por el respeto y cumplimiento de la Constitución Política, Leyes de la República, Código de Convivencia, Reglamentación y normatividad interna así como de las disposiciones emitidas por las autoridades competentes. e) Exigir con firmeza el cumplimiento de las responsabilidades asumidas por cada uno de sus miembros. f) Es responsabilidad trabajar en búsqueda de la integración de todos los miembros de la comunidad educativa. 5.20.2. Derecho f) Es derecho promover y participar en acciones de mejoramiento de la educación, actualización y desarrollo profesional del personal docente y administrativo. g) Es derecho estimular y sancionar al personal docente, administrativo y de servicio de acuerdo con las normas legales y reglamentarias pertinentes. h) Es derecho suministrar oportunamente a la Dirección Provincial de Educación y Cultura correspondiente, la información estadística del establecimiento y más datos solicitados por las autoridades. i) Es derecho aprobar la distribución de trabajo y el horario elaborado por una comisión especial, designada por el consejo directivo. j) Es derecho Organizar actividades culturales, sociales, deportivas, de defensa del medio ambiente y de educación para la salud, con la participación del establecimiento y la comunidad. 5.21. Del Vicerrector El vicerrector es la segunda autoridad del establecimiento a) Planificar y ejecutar procesos de información, comunicación y capacitación sobre el contenido y aplicación del código. b) Realizar seguimiento, control, evaluación y mejoramiento del código de convivencia. c) Presentar informes anuales de los resultados de la aplicación de código a la asamblea especifica. Resolver todos los asuntos que no están contemplados en los códigos y elevarlos a consulta a la asamblea especifica. d) Enviar el código aprobado por la asamblea específica,, al responsable del DOBE, Provincial de la Dirección de Educación para su conocimiento. e) Es responsabilidad participar y vigilar en el proceso de enseñanza y aprendizaje para que sea de calidad. f) Es responsabilidad respetar las diferentes instancias para el planteo de situaciones problemáticas a fin de favorecer la solución adecuada. 5.22. De Colecturía a) Es responsabilidad de los funcionarios de colecturías permanecer en la institución y atender los requerimientos de la comunidad educativa y dar solución a los mismo. b) Registrar, controlar y contabilizar la utilización de los recursos financieros. c) Responder por todos los asuntos de tesorería. d) Receptar, clasificar y controlar los documentos sustentables de los egresos. e) Mantener la custodia de los comprobantes de egreso, retenciones y otros relacionados al cargo. f) Es Responsabilidad asistir con puntualidad a su lugar de trabajo para desarrollar sus actividades diarias. g) Es derecho recibir un buen trato por parte de las autoridades, docentes, padres de familia estudiantes y personal de servicio. 5.23. Del Departamento de Recursos Humanos A más de lo estipulado por la ley orgánica de educación y reglamento interno el personal en calidad de inspectores amonestaran las conductas inadecuadas de carácter leve y grave. Para mantener un ambiente de paz en la institución educativa y contribuirá con: a) Responsabilidad al control de la asistencia del personal administrativo, personal docente, de servicios y estudiantes. b) Es responsabilidad de asistir con puntualidad, a sus labores diarias para desarrollar con eficiencia las actividades encomendadas. c) Es responsabilidad de los inspectoras mantener el orden y la disciplina de los alumnos dentro de las aulas , para evitar dificultades que las perjudiquen. d) Es responsabilidad de los inspectores entregar el informe de control diario al culminar la jornada de trabajo. e) Falta justificadas se considera la inasistencia al plantel en los siguientes casos: Enfermedad comprobada con certificado médico, el mismo que podrá ser verificado y justificada. Fallecimientos de familiares cercanos. Calamidad doméstica, que será justificada previa certificación. f) Es derecho que los inspectores reciban un trato adecuado de parte de las autoridades, personal administrativo , personal docente ,padres de familia y estudiante. g) Es derecho permanecer en un ambiente de trabajo agradable y solicitar material de trabajo para desarrollar sus actividades diarias con eficiencia y de manera oportuna. h) Mantener buenas relaciones con autoridades, personal administrativo y de servicio, padres de familia, alumnos y miembros de la comunidad 5.24. Del Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil a) Es responsabilidad de los integrantes del D.O.B.E. trabajar de acuerdo al reglamento de Orientación con honestidad y sabiduría. b) Es responsabilidad del D.O.B.E. tener el registro (carpeta del estudiantes) donde se pueda obtener información, si el caso lo requiera. c) Es responsabilidad brindar apoyo y asesoramiento psicológico a estudiantes padres de familia y docentes para mantener un ambiente armónico en la institución educativa. d) Es responsabilidad trabajar en equipo con el departamento de Recursos Humanos para resolver los conflictos presentados a diario por los estudiantes de manera que se mantenga la disciplina. e) Es derecho del D.O.B.E gozar de la debida colaboración de los Docentes Inspectores y autoridades en general, para cumplir con los objetivos del programa de acuerdo a su planificación. f) Es derecho permanecer en un ambiente de trabajo agradable y solicitar material de trabajo para desarrollar sus actividades diarias con eficiencia y de manera oportuna. 5.25. De los derechos y responsabilidades de los departamentos de auxiliar de apoyo 5.25.1. De la Secretaria A más de lo que contempla la ley orgánica y reglamento interno se acordara responsabilidad con el presente código de convivencia a) Es responsabilidad del personal de Secretaria proporcionar un buen trato a ; profesores, padres de familia, estudiantes y comunidad educativa en general b) Es responsabilidad del personal de Secretaria cumplir con sus funciones con eficacia y entereza para mantener un ambiente armónico c) Es responsabilidad del personal de Secretaria, facilitar información que; el personal docente, padres de familia y estudiantes soliciten con amabilidad y prontitud. d) Es derecho del ´personal de secretaria gozar de un clima efectivo en su ambiente de trabajo del personal docente y comunidad educativa en general. e) Es derecho recibir materiales de trabajo continuo para desarrollar sus actividades de manera oportuna. 5.25.2. De la Biblioteca a) Es responsabilidad del bibliotecario mantener el salón de consultas limpio y en perfecto estado. b) Es responsabilidad del bibliotecario(a) brindar atención adecuada a los estudiantes que frecuente el salón de consultad. c) Es responsabilidad del bibliotecario (a) actualizar información y permanecer en el lugar de trabajo. d) Es derecho del bibliotecario (a) obtener el respeto y colaboración del usuario que frecuente el salón de consultas. f) Es derecho del bibliotecario (a) participar de actividades de integración con los docentes de la institución educativa. 5.25.3. De la Conserjería a) Es responsabilidad de los conserjes que laboran en la institución mantener limpio los salones de clases, oficinas , baños y patios de colegio b) Es responsabilidad de los conserjes asistir con puntualidad a la institución educativa donde prestan servicios y cumplir con eficiencia sus labores. c) Es responsabilidad de los conserjes informar sus requerimientos e instrumentos de aseo de manera oportuna . d) Es derecho de los conserjes participar en toda actividad de integración que se realice en la institución. e) Es derecho de los conserjes gozar respeto y consideración por parte de estudiantes , padres de familia y docentes . f) Es derecho de los conserjes presentar los debidos reclamos a las autoridades en caso de quebrantamiento de sus derechos de acuerdos a los reglamentos correspondientes. 5.26. Art. 12. De las responsabilidades y derechos de Asesores Generales A más de lo que contempla la ley orgánica de educación y reglamento interno se acordara responsabilidad con el presente código de convivencia. 5.26.1. Del Consejo Directivo A más de los estipulado por la ley orgánica de educación y reglamento interno. a) Es responsabilidad del Consejo Directivo tomar acciones oportunas y pertinentes para el mejoramiento de las actividades en el ámbito administrativo, social, cultural y deportivo medidas por la ley, reglamentos educativos, y el presente código de convivencia. b) Es responsabilidad del Consejo Directivo conceder estimulo de reconocimiento por su destacadas labor al personal administrativo, docente y estudiantes. c) Es derechos de sus requerimientos y solicitudes verbales o escrita sean contestadas de manera eficiente y rápida, salvo el caso de no aceptación de la misma. d) Derecho a gozar del respeto, sus sentimientos, su individualidad por partes de sus compañeros y de los funcionarios de la institución. 5.26.2. De las juntas de Directores de Áreas a) Es responsabilidad de los directores de área asesorar al personal docente de acuerdo a las respectivas planificaciones de trabajo. b) Es responsabilidad de los directores de áreas hacer cumplir las disipaciones del vicerrector. c) Es responsabilidad de los directores reunirse con los profesores de su área frecuente mente para evaluar los estudiantes que presenta déficit de aprendizaje y buscar métodos de apoyo que permita superar las dificultades. d) Es derecho de los directores de áreas tener lugares estratégicos, donde puedan desarrollar sus actividades de trabajo. e) Es derecho de los directores de cada área contar con capacitaciones constante de planificación para trasmitir las nuevas técnicas de enseñanza. f) Es derecho de los directores gozar del respeto y solidaridad de los docentes del plantel. 5.26.3. De las juntas de Profesores Tutores a) Es responsabilidad de los profesores tutores brindar amistad y confianza a los estudiantes a su cargo durante el año lectivo. b) Es responsabilidad de los profesores tutores asesorar a los estudiantes que presente conflictos disciplinarios en el aula de clase. c) Es responsabilidad del profesor tutor proporcionar ayuda a los estudiantes que se presente conflictos emocionales e informar al Departamento de Orientación para que brinde la ayuda profesional d) Es responsabilidad del profesor tutor mantener un ambiente de paz, tranquilidad con los estudiantes en el aula de clase. e) Es responsabilidad del profesor tutor, informar al padre de familia el rendimiento académico del estudiante. f) Responsabilidad del profesor tutor, llevar un registro y emitir informes cada dos meses al DOBE, de los estudiantes que presentan déficit en aprendizaje en determinadas asignaturas y exigir, a los profesores que imparte sus clases en el respectivo paralelo, trabajar con talleres de recuperación para solucionar este problema g) Es derecho del profesor tutor recibir excelente trato de autoridades, docentes, padres de familia y estudiantes. h) Es derecho del profesor tutor obtener dos horas adicionales de su horario de trabajo en su respectivos paralelos, para dar asesoramiento y planificar actividades dirigidas a sus estudiantes. i) Es derecho del profesor tutor llevar un control de los estudiantes atendidos durante el año lectivo. 5.26.4. De las responsabilidades de la Juntas de Curso a) Es responsabilidad de la junta de curso analizar y resolver de acuerdo a la situación, los problemas de aprendizaje que presenten los estudiantes. b) Es responsabilidad del presidente y la secretaria de la junta de curso registrar en el libro de acta todos los acuerdos realizados en el desarrollo de la junta. c) Es responsabilidad analizar exhaustivamente los problemas de indisciplina de los estudiantes para superar las dificultades de acuerdo a los reglamentos y el presente código de convivencia. d) Es responsabilidad de los profesores integrantes de la junta, asistir puntualmente y entregar el cuadro de calificaciones de manera oportuna para que sea analizado. e) Es responsabilidad de los profesores de la junta llevar registrada la conducta del estudiante de acuerdo a los incidentes presentados durante las jornadas pedagógicas. e) Es responsabilidad de los profesores de la junta llevar registrada la conducta del estudiante de acuerdo a los incidentes presentados durante las jornadas pedagógicas. 5.27. Art. 13.- de los derechos y responsabilidades de los y las Estudiantes A más de los contemplado en el código de la niñez y la adolescencia, y la ley orgánica y el reglamento interno. El estudiante tiene los siguientes derechos: a) Participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de calidad en un ambiente de calidez, libre de presiones de todo orden o abuso físicos, psicológicos o verbales. b) Gozar del respeto por sus derechos, sus sentimientos, su individualidad y sus pertenecías por parte de sus compañeros y de los funcionarios de la institución. c) Solicitar la asistencia de los docentes y representantes, en caso de ser necesario, con el fin de resolver dificultades o conflictos mediante el dialogo. d) Ser escuchado con respeto sus opiniones. e) Demandar confidencialidad sobre asuntos personales tratados con los miembros del personal docente y el DOBE. f) Encontrar un ambiente organizado por el docente que favorezca el desarrollo de todo su ser y apto para el aprendizaje. g) Ser educados para su autonomía y libertad con el fin de convertirse en autores de su propia formación, otorgándoles el plantel los conocimiento, los medios para la adquisición de prácticas personales de aprendizaje y loa ocasión de desarrollar sentido criticó. h) Aprender a vivir en sociedad, para lo cual el plantel debe ofrecerles testimonio de una comunidad viva y comprometida con la libertad, la democracia, la paz, la ética y la ecología. i) Fomentar el compañerismo y Amistad que une a los estudiantes en base a la consideración y respeto mutuo. j) Solicitar respetuosamente a los profesores de cada asignatura la devolución de trabajos y pruebas de valoración o evaluaciones, corregidas en un tiempo máximo de una semana. k) Ser reconocido por su excelente desempeño académico y su excelente actitud y participación en actividades socioculturales, deportivas, artística y valores humanos de convivencia mediante estímulos. l) No Ser sancionados sin que se pruebe su responsabilidad y se les ofrezca la oportunidad de ser escuchado y el derecho a la defensa; con el respaldo del código de la niñez y adolescencia. m) Recibir de los profesores una enseñanza de calidad y calidez para crear en los estudiantes un ambiente de confianza y logros durante todo el proceso enseñanza y aprendizaje. 5.27.1. Art 14. Los Estudiantes tiene las siguientes responsabilidades: A más de lo estipulado en la ley orgánica de educación y el reglamento interno los estudiantes tienen las responsabilidades. a) Cumplir respetuosa y puntualmente las instrucciones impartidas por las autoridades educativas. b) Ser Puntual en su asistencia a clase, y en el cumplimiento de sus trabajos e investigaciones en clase, usar el uniforme correctamente, como es: c) Hombres: zapatos negros, pantalones kakis, basta normal, camisa kakis y bolsillo con el apellido y nombre del estudiante, curso y paralelo y el escudo de la institución, peinados normales libre de modas extravagantes no se aceptan llevar aretes o pirges. d) Mujeres: blusas blanca bolsillo con el sello de la institución, faldas con tablones y bajo de la rodilla, medias blancas con el sello de institución , moño blancos y zapatos negros. e) Tratar a sus compañeros, maestros y demás personas con cordialidad y de manera respetuosa. f) Evitar cualquier actividad que limite los derechos de los compañeros de la institución, g) Cuidar y respetar las instalaciones de la institución, el mobiliario, material didáctico y su estructura en general. h) Expresar sus opiniones con respeto, cortesía y cariño para mantener la familiaridad con compañeros y docentes. i) Guardar la debida consideración y respeto al personal administrativo y docentes, personal del servicio y compañeros, dentro y fuera del plantel. j) Respetar la propiedad ajenas y entregar a las autoridades o docentes cualquier objeto que no sea de su propiedad, y se encuentre abandonado dentro de la institución, por mínimo que sea, ya que quien se apropia de lo ajeno cometerá una falta disciplinaria. k) Presentarse a clase con los materiales necesarios para el trabajo diario. l) Entregar puntualmente los trabajos, solicitados por el docente. m) Cumplir con eficiencia y responsabilidad las obligaciones que se deriven de los cargos y comisiones para los cuales fueron elegidos (as) o designados (as). n) Asistir con puntualidad a clases y justificar oportunamente las faltas, cuyas faltas que excedieren del 25% del total de horas de clases dictadas en el año lectivo, según la ley, con este porcentaje no pueden ser promovidos al curso inmediato superior. ñ) Respetar y cumplir los códigos de convivencia armónica y promover la resolución pacífica de los conflictos. o) llevar consigo el carné estudiantil p) Mantener siempre el diálogo y confrontar criterios sin romper la convivencia; concertar, consensuar, negociar y dar soluciones pacíficas a los conflictos personales o comunitarios, manteniendo parámetros de equidad y justicia, con objeto de intercambiar información, fortalecer las relaciones interpersonales y fomentar una cultura de paz. 5.27.2. De la actitudes de Convivencia Las actitudes de convivencia son las normas que rigen la vida de la comunidad educativa del establecimiento, dentro y fuera de las instalaciones, tanto durante la jornada escolar como fuera de ella. Las faltas contra las actitudes de convivencia se clasifican en faltas leves y graves y darán lugar estimulo negativos graduales y afectaran el juicio valorativo de la disciplina o la conducta. Todas conducta que merezca ser destacada ya sea positiva o negativa, debe ser registrada debida y oportunamente por medio de notificaciones por escrito, instrumento indispensable y de obligatoria elaboración por partes de las autoridades y directivos de la institución, las cuales serán anexados a la carpeta de estudiante. 5.27.3. Faltas leves de los Estudiantes Se considera faltas leves contra las actitudes de convivencia. Permanecer en los salones de clase durante el descanso o actividades que requieren la presencia de los estudiantes fuera del salón salvo expresa autorización de profesores o directivos. Arrojar objetos o cualquier sustancia a los compañeros dentro o fuera del establecimiento. El uso de cosmético como: ( base, labial, rubor, esmalte, delineador, entre otros) en las señoritas, para asistir a clases o jornada escolar. El uso del cabello largo ( más bajo del cuello de la camisa del uniforme) cortes, peinados y modas extravagantes ( cabezas rapadas, colas de caballo , aretes) en los varones. El uso de adornos en el cabello ( diademas, hebillas, moños de colores) que desentono con el uniforme. Porta prendas diferentes a las del uniforme y tener tatuajes visibles. Traer al colegio objetos que distraigan la atención propia o de los compañeros e impidan el normal desarrollo de las clases o jornada escolar. Permanecer fuera del aula durante las horas de clase salvo autorización del ´profesor o directivos. La indisciplina sistemática e incitación al desorden. Manifestaciones amorosas o de excesivo cariño entre compañeros durante la jornada escolar o mientras porten el uniforme. Entrar en tiendas o casa cercanas dentro del horario escolar. Dialogar con personas extrañas al colegio durante la jornada escolar. Llevar faldas arriba de la rodilla. Vender o comerciar cualquier articulo dentro de la jornada escolar. No tocar las instrucciones dadas por un orientador, administrativo o directivo de la institución. Traer al colegio objetos de valor que puedan ser sustraídos o perdidos como ( teléfonos, celulares, joyas entre otros) 5.27.4. Faltas graves Estudiantes se considera falta graves contra las actitudes de convivencia. Emplear el nombre del colegio para cualquier actividad que no haya sido programada o autorizada por sus directivos. Fraude, engaño, suplantación, falsificación de firmas. Falsificación de documentos. Hurto o robo dentro o fuera del plantel. Recolectar dineros en rifas, fiestas u otros eventos para beneficios propio o grupal utilizando el nombre de la comunidad educativa sin autorización de los directivos. Todo acto que atente contra la integridad moral como: exhibicionismo, dibujos obscenos, expresiones corporales o verbales, escrito pornográficos o conservaciones vulgares e indecorosas. Las peleas o riñas dentro o fuera de la instituciones. Integrar o promover pandillas, sectas o bandas dentro del establecimiento educativo o en su entorno. El uso de elementos de estudio como bisturíes, estiletes, compas y otros elementos para agredir a sus compañeros o integrantes de la comunidad educativa. Las amenazas o intimidaciones hechas a: los compañeros, docentes, personal administrativo, personal o terceros. Ausentarse del colegio, sin debida autorización del inspector o directivo. Portar o ingerir bebidas embriagantes o psicotrópicas durante la jornada escolar o fuera de ella. Portar armas de cualquier clase u objeto que puedan causar lesiones personales. Fumar cigarrillo, tabaco o sustancias alucinógenas, entre otras, dentro y fuera de las instalaciones del plantel. El uso indebido de elementos para dañar la dotación o planta física del colegio. 5.27.5. Del proceso de orientación por actitudes de Convivencia negativas Por actitudes de convivencia negativas se aplicara el siguiente proceso: Acumuladas 2 amostestaciones verbales de envía notificación por escrito, para que sea analizado por el estudiante y sus padres o representantes y establezca acuerdos de sana convivencia. Dicha notificación será archivado en la carpeta del estudiante. Por reincidencia en la misma falta, se volverá a entregar notificación anterior y se invita a reflexionar para asumir un reto con su entorno. En caso de nueva reincidencia. Se enviara notificación de compromiso de actitudes de convivencia. Se dialoga con el estudiante acerca de las causas, procesos y consecuencias que genera su actitud. El estudiante debe resolver un compromiso por escrito, teniendo de por medio su intencionalidad que debe demostrarse en una sana convivencia en donde se encuentre Nueva residencia. Se envía citación a padres de familia o representante, donde se analiza la familia como célula de la sociedad, si los padres o representantes acudientes no cumple con la citación o el estudiante reincide en la actitud negativa. Se espera que el estudiante reflexione y corrija esa actitud negativa y demuestre otra actitud de cambio. La falta de asistencia al colegio no es justificable y el estudiante debe incumplir con sus responsabilidades, toda notificación será archivado en la carpeta del estudiante. Si nuevamente el estudiante reincide se procederá a realizar una acta de compromiso de conducta donde se asume en última instancia la cancelación de la matrícula. Debe ser firmada por el estudiante y los padres de familia del estudiante y deben regresarla al colegio para el archivo de sus carpetas. El incumplimiento de la promesa de conducta excelente dará lugar a la cancelación de la matrícula. 5.27.6. Las faltas graves consignadas en este Código de Convivencia darán lugar a: Citación a padres y firma de actas de compromisos Familiar. Firma a actas de compromisos de conducta Excelente. Visita a una institución especializada, de acuerdo con la falta cometida, en busca de ayuda, que le permite reflexionar y corregir su conducta negativa. Sustentación ante la comunidad afectada, de un trabajo escrito sobre las consecuencias y prevenciones a la falta cometida. La junta de curso, de acuerdo a la gravedad de la falta aplicara lo que estipula el reglamento general de la ley de educación y el reglamento interno de cada establecimiento educativo. 5.27.7. Del proceso de orientación para la deficiencia académica Por el incumplimiento de sus deberes académicos se aplicar el siguiente proceso: Del incumplimiento en las presentación de tareas, trabajos, aportes del conocimiento y otros significativos, el docente dialogara con el estudiante las posibilidades causas del deficiente rendimiento académico, que presenta, y se invita a reflexionar para asumir un reto de cumplimiento. Nueva reincidencia en la misma falta, el docente entregara compromisos por escrito de rendimiento académico, en el cual se hace énfasis en el llamado de atención anterior, y se invita a reflexionar para asumir un reto consigo mismo Nueva incidencia , se envía citación a padres y o representantes, por el DOBE; se dialogara sobre las causas, procesos y consecuencias que genera su actitud. El estudiante debe diligenciar un compromiso escrito, teniendo de por medio su intencionalidad de mejorar sus hábitos de estudio. 5.27.8. De los estímulos Los estudiantes que hayan destacado e identificado con filosofía del establecimiento educativo recibirán los siguientes estímulos. Felicitaciones por escrita. Mención trimestral: Por participación significativa en plenaria o debates en clases. Valoración adicional: Por la participación voluntaria del estudiante en actividades escolares y extraescolares interdisciplinares. Mensajes de felicitación por destacarse en la convivencia fundamentada en valores , de acuerdo a cada periodo académico. Mención de honor : A los estudiantes que alcanzaron la totalidad de logros en cada periodo académico. Diploma de excelencia : A los estudiantes que tengan actitudes de Convivencia Excelentes y la totalidad de asignaturas con valoraciones excelente en cada periodo académico. 5.28. Art. 15. De los derechos y responsabilidades de los Representantes A más de los contemplado en el art. 148,149 y 150 de la ley orgánica de educación y el reglamento interno de la institución. Tienen los siguientes derechos: Los padres , madres y representantes legales son los principales responsables de la educación del estudiante, sus derechos y deberes son esenciales, y exclusivos por ello su obligación es, cooperar y respectar las decisiones adoptadas por las autoridades y profesores. a) Acceder a la institución a velar por el bienestar de sus representados y verificar que gozan de un entorno educativo seguro y sano. b) Dialogar con los docentes de sus representados en un tiempo acordado mutuamente. Para solucionar dificultades en la enseñanza aprendizaje que se presentaran. c) Dialogar con el Rector, Jefe de Talento Humano, Inspector de curso, Orientadores, Profesores tutor de sus hijos(as). Sobre preocupaciones o temas que no se hayan resuelto para mantener la paz y armonía. d) Obtener informes periódicos regulares sobre el desempeño de sus representados, las políticas educativas adoptadas por la institución las necesidades que surgen etc. e) Participar en las asociaciones de padres de familia. f) Ser informado sobre el plan o proyectos educativos institucional y participar, en los órganos creados para el efecto y en los términos adecuados, de los procesos de evaluación del mismo. g) Recibir de autoridades, docentes y demás miembros de la comunidad educativa un trato respetuoso libre de toda forma de violencia y discriminación. 5.28.1. Art 16. Los padres/ madres de familia o el representante legal tienen las siguientes responsabilidades : a) Promover una actitud positiva hacia las expectativas de la institución con respeto a la conducta de sus representados. b) Interesarse por el progreso académico de sus representados y asistir de manera puntual a las reuniones de trabajo a los que son convocados. c) Asegurarse que sus hijos (as) asistan a clases puntualmente y que lleguen al colegio e la hora señalada por las autoridades del plantel. d) Comunicar a las autoridades de la institución educativa cualquier preocupación médica, académica o de conducta que puedan afectar el desempeño o el comportamiento de su hijo (a) en el colegio. e) Tomar la iniciativa permanente para pedir entrevistas , información con la finalidad de conocer los logros y dificultades de sus representados en todos aspectos de la vida del nivel medio. f) Cultivar el sentido de pertenecía y lealtad al plantel, abriéndose a un dialogo directo con sus autoridades y docentes, para aclarar cualquier información y demás realizar un trabajo activo si fuera designados representantes. g) Firmar y devolver en la fecha indicada: desprendibles, memorandos, citaciones, directivas y demás documentos enviados por el establecimiento educativo. h) Ser coeducador de su hijo (a) orientándolo (a) con ética para un sano descubrimiento personal y social. i) Responder civil y económicamente por daños morales o físicos causados por su hijo (a) a sus compañeros, orientadores, directivos, administrativos, planta física, muebles o enseres. j) Realizar seguimiento y acompañamiento de las actividades académicas de su hijo (a), motivándolo para el aprovechamiento del tiempo libre, teniendo como base fuentes de consulta. k) Suministrar los útiles escolares necesarios para el óptimo desempeño escolar de su hijo (a). 5.29. Art.17. De los derechos y responsabilidades de los Docentes. Los docentes como profesionales de la educación , además de los contemplados en la ley orgánica de educación, ley de carreras Docentes y reglamento interno tienen los siguientes derechos: a) Gozar del respeto, la cooperación, la consideración y apoyo de sus compañeros , de los estudiantes y padres de familia. b) Enseñar y trabajar en un ambiente de armonía; libre represiones. c) Esperar Una actitud responsable y positiva hacia el estudio de parte de los estudiantes. d) Recibir y participar de seminarios de actualización de sus conocimientos para mejorar la calidad de enseñanza a los estudiantes. 5.29.1. Art.18. Los Docentes tienen, entre otros, la responsabilidad de: a) Planificar y conducir sus clases de acuerdo a los del currículo técnicas y didácticas adecuadas. b) Concurrir puntualmente al salón de clases de acuerdo con el horario establecido. c) Informa de manera oportuna cuando deba ausentarse por causas justificadas y dejar su respectivos remplazo. d) Entregar de manera oportuna las calificaciones y evaluaciones al estudiante para que puedan hacer reclamo oportuno. f) Ofrecer un entorno agradable, que favorezca la organización, el aprendizaje, la disciplina y la seguridad. g) Acompañar a los alumnos en su aprendizaje tomando en cuentas las diferencias individuales y promoviendo la autoestima del estudiante. h) Realizar adaptaciones curriculares para la atención personalizada de los estudiantes. I) Ser sensibles a las necesidades de sus representados. < j) Comunicar oportunamente a los padres, madres o representantes legales, los logros y las dificultades de sus hijos. k) Informar al profesor tutor responsable del déficit de aprendizaje que presenten los estudiantes l) Respetar el derecho de las y los estudiantes y de los miembros de la comunidad educativa, a expresar sus opiniones fundamentadas y promover la convivencia armónica. m) Cumplir las normas internas de convivencia de las instituciones educativas. 5.29.2. Art. 18. Los Docentes deben realizar su trabajo dentro de un contexto agradable como: a.- Promover un ambiente motivador que permita el desarrollo de las potencialidades de los estudiantes y la superación de sus dificultades. b.- Planificar su trabajo de acuerdo a objetivos fijados y orientadas con técnicas adecuadas por parte de la institución. c.- Mantener un seguimiento académico constante y permanente de sus estudiantes. d.- Conducir la disciplina de sus estudiantes haciendo uso de medidas correctivas y formativas, oportunas y adecuadas. e.- Revisar evaluaciones y trabajos con sus estudiantes, presentar cuadros de calificaciones oportunamente y mantener al día sus registros. f.- Coordinar con el vicerrector, y otros profesores, las estrategias para resolver los problemas y dificultades que los estudiantes pudieran presentar. g.- Asistir puntualmente a sesiones de trabajos, actos y actividades planificadas. h.- Actualizarse permanentemente en el ámbito educativo de su competencia. i.- Colaborar con las comisiones y asignaciones efectuadas por las autoridades de la institución. 5.30. Recursos La elaboración del código de Convivencia se realizó gracias al apoyo de la comunidad educativa, los mismos que fueron los actores principales de este documento: 5.46.1. Recursos Humanos Directora de tesis: Lcda. Nuvia Zambrano Barros MSc. Investigadora: Silvia Marlene Rivera Anchundia Personal de apoyo: Rector Vicerrector Colecturía Recursos Humanos Orientación y Bienestar Estudiantil Secretaria Biblioteca Conserjería Consejo Directivo Junta de Directores de Áreas Junta de Profesores Tutores Estudiantes Padres de Familia Docentes VI . CONCLUSIONES De acuerdo a lo investigado se concluye en lo siguiente: Se ha determinado que existe un alto porcentaje de desconocimiento de normas, leyes y reglamentos en la institución educativa por parte de los estudiantes. Existe escaza de amistad y compañerismo entre docentes así como también complementar valores en toda la comunidad educativa. Se debe aplicar en la institución el Código de Convivencia para toda la comunidad educativa, ya que la armonía dentro de la institución es regular. Los padres de familia consideran que las normas de buen comportamiento dentro de la institución son escasas. El código de convivencia se considera aplicable en la institución educativa. VII. RECOMENDACIONES Elaborar el código de convivencia conjuntamente con la comunidad educativa. Aplicar las Leyes necesarias para la elaboración del código de convivencia, así como Código de la Niñez y Adolescencia, Ley Orgánica de Educación y el Reglamento Interno. Ubicar en el código de convivencia valores necesarios para el buen convivir de la comunidad educativa. Dar cumplimiento a los artículos del decreto, para elaborar el código de convivencia. Una vez concluido el código de convivencia socializar con la comunidad educativa. VIII. RESUMEN La presente investigación se la realizó en el Colegio Fiscal Mixto” Dr. José María Velasco Ibarra” del Cantón Buena fe, para la cual se plantearon los siguientes objetivos: Crear el Código de Convivencia, diagnosticar problemática que encierra la convivencia en la institución, determinar las normas disciplinarias, mejorar mediante la elaboración del Código de Convivencia, el orden y el bienestar estudiantil, dentro de la comunidad educativa haciéndolas parte integral de su comportamiento cotidiano y crear el Código de Convivencia con la participación de la comunidad educativa, que permita a todos convivencia pacífica y armónica. El método que se utilizó es Inductivo- deductivo, donde se procedió con una muestra el personal docente, la cantidad de 85; padres de familias 93, estudiantes 93, personal administrativo y de servicio 11, a los mismos que se realizó la técnica de la encuesta. En los resultados se determinó que los encuestados manifestaron que están informados que existe un decreto para la institucionalización del código de convivencia, La inexistencia del código de convivencia , ha ocasionado que se produzca una escasa socialización de los estudiantes en cuanto a valores: compañerismo, humildad, equidad y disciplina, repercutiendo en la calidad de educación y que se refleja en la deserción estudiantil; que se aplique valores dentro del código de convivencia como respeto, amistad y sinceridad etc., que las normas dentro de la institución educativa son escasas; y que una vez elaborado el código de convivencia están dispuestos a cumplir o acatar dichas normas. Con estos antecedentes se pudo concluir que no existe el Código de Convivencia y que es practicable elaborarlo. Que permitirá una relación armónica en la comunidad del plantel. IX. SUMMARY This research was conducted at "Dr. José Maria Velasco Ibarra" fiscal school, Buena Fe canton, for which the following objectives: Create Code Coexistence Diagnose problem that involves the coexistence in the institution, determine disciplinary rules, improved through the development of the code of coexistence, order and student welfare within the educational community, making them an integral part of their daily behavior and code of living with the participation of the educational community, enabling all peaceful and harmonious coexistence. The method used is inductive-deductive, which proceeded with a sample teaching staff, the amount of 85, parents of 93 families, 93 students, staff and service 11, the same was made the technique of survey. The results found that respondents said they are aware that there is a decree for the institutionalization of the code of living, the lack coexistence´s code, hase caused to occur a little socialization of students in values: friendship, humility, fairness and discipline, affecting the quality of education and that is reflected in the dropout, is applied within the code values of coexistence and respect, friendship and sincerity so on. that the standards within the school are poor and that a After building the code of living are willing to meet or abide by those rules. With this background it was concluded that there is no code of living and that it is practicable to produce it. That will allow a peaceful coexistence in the community on campus. X. BIBLIOGRAFIA GARCÍA, Correa Antonio (2008). Disciplina Escolar, Guía Docente, Universidad de Murcia. Páginas 54-73. IZQUIERDO, Enrique (s/f). Investigación Científica, guía de estudio y técnicas de Investigación Científica. Imprenta, cosmos, segunda edición. Loja- Ecuador. Páginas 62-81. ONETTO, Fernando, proyecto convivencia, 2004. Páginas 2-9. ORDÓÑEZ, Ana (2009), manual para la elaboración de proyectos educativos institucionales. Primera Edición, Páginas 8. ORTEGA, Rosario (2004).Construir la convivencia. Barcelona, Edebé. PILLAGA, Luis (2009), Guía Metodológica de Códigos de Convivencia. Diseño Comité Interinstitucional de Loja. Página15 QUIROGA, Mantilla Betty (abril 2004), Enseñanza de los valores y el rol del maestro, edición II. Páginas 25 - 35. Reglamento Interno del Colegio Fiscal “ Dr. José María Velasco Ibarra”(2007). Páginas 9-19- 20-21-22-23-24-25- 27- 28- 52. REYES, Agustín (2003). Los manuales. México D.F: Editorial Limusa. Páginas 27-46. SANCHEZ, Adolfo, Ing. Zoot, LUNA, Murillo, Ricardo. Ing. (2008). Metodología de la Investigación Científica y Redacción Técnica (s/f) Compilación. Imprenta U.T E.Q. Quevedo- Los Ríos-Ecuador. Páginas 40-60 TENTI, Emilio (2003), aportes para un modelo de código de convivencia, Páginas 3- 8. Disponible en: www.educacionlitoralgov.ec(Código de la niñez y la adolescencia, 2003). Consultado en noviembre del 2010. www.educacionlitoralgov.ec (Ley orgánica de educación), consultado en noviembre del 2010. WWW.ministerio de educación (acuerdo 128, 2007) consultado en mayo del 2010) ANEXO 1 UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA ENCUESTA DIRIGIDA A LOS ESTUDIANTES 1.- ¿USTED ESTÁ DE ACUERDO QUE SE ELABORE EL CÓDIGO DE CONVIVENCIA EN LA INSTITUCIÓN? De acuerdo En desacuerdo 2.-¿CREE USTED QUE EL CÓDIGO DE CONVIVENCIA AYUDA A VIVIR EN ARMONÍA EN LA INSTITUCIÓN? Si No 3.- ¿TIENE CONOCIMIENTO USTED DE SUS DERECHOS CREADOS EN EL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y DE LA ADOLESCENCIA? Mucho Poco Nada 4- ¿EL CÓDIGO DE CONVIVENCIA SERVIRÁ PARA RESPETAR SUS DERECHOS COMO ESTUDIANTE? De acuerdo En desacuerdo 5.-¿CÓMO DEFINE USTED EL CÓDIGO DE CONVIVENCIA? Un libro de leyes reglamentos y normas Guía de convivencia modelo pedagogico Folletos de leyes ANEXO 2 UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA ENCUESTA DIRIGIDA A LOS DOCENTES 1.- ¿TIENE CONOCIMIENTO SI EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A DISPUESTO LA CREACIÓN DEL CÓDIGO DE CONVIVENCIA? Poco mucho nada ¿LA CREACIÓN DEL CÓDIGO DE CONVIVENCIA, APORTARA PARA RESOLVER LOS CONFLICTOS INTERNOS EN LA INSTITUCIÓN? SI NO ¿LA RELACIÓN PERSONAL CON SU COMPAÑERO DE TRABAJO ES? excelente regular mala Buena ¿QUÉ LEYES CONSIDERA QUE DEBERÁN APLICARSE EN EL CÓDIGO DE CONVIVENCIA? Código de la niñez y de la adolescencia Ley orgánica de educación Constitución del estado Ninguna Todas 5.¿CONSIDERA USTED QUE DEBE APLICARSE NORMAS DE BUEN COMPORTAMIENTO PARA LOS ESTUDIANTES? Si No ANEXO 3 UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA ENCUESTA DIRIGIDA A LOS PADRES DE FAMILIA 1.- ¿CONSIDERA QUE ES NECESARIO LA CREACIÓN DEL CÓDIGO DE CONVIVENCIA? Si No 2.- ¿SE COMPROMETERÍA A PARTICIPAR USTED EN LA ELABORACIÓN DEL CÓDIGO DE CONVIVENCIA? Si No 3.- ¿CÓMO DEFINE USTED LA CONVIVENCIA? Modales Valores Ley Normas 3.- ¿LA CREACIÓN DEL CÓDIGO DE CONVIVENCIA APORTARA DAR SOLUCIÓN A LAS PROBLEMÁTICAS INTERNAS? Poco mucho nada 4.- ¿CÓMO CONSIDERA USTED EL CÓDIGO DE CONVIVENCIA? Libros de lectura Leyes ,reglamentos y normas guia de leyes Manual de calificaciones 5.- ¿LAS NORMAS DISCIPLINARIAS EN LA INSTITUCIÓN SON? EXCELENTE BUENA REGULAR MALA ANEXO 4 UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA ENCUESTA DIRIGIDA AL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO ¿LA RELACIONES ENTRE LOS COLEGAS DE TRABAJO ES? Buena regular mala excelente ¿CÓMO ESPECIFICA USTED EL CÓDIGO DE CONVIVENCIA? Un libro de leyes , reglamentos y normas Guía de convivencia Manual de técnicas educativas Libro de lectura ¿CÓMO MEJORARA USTED EL MANTENIMIENTO DEL ORDEN Y LA DISCIPLINA DENTRO DE LA INSTITUCIÓN? Respetando los acuerdos Incumplir con los reglamentos Evitar conflictos Nada ¿CONSIDERA USTED QUE LA INSTITUCION EDUCATIVA NECESITA CREAR EL CÓDIGO DE CONVIVENCIA? SI NO ¿QUÉ VALOR DEBEN APLICASE EN EL CÓDIGO DE CONVIVENCIA? Respecto Igualdad malo Compañerismo solidaridad buen trato ANEXO 5 UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA Entrevista al Rector, Abogado. Leonardo Marcelo Estrada ortega. Con la finalidad de crear el Código de Convivencia para el Colegio Fiscal Mixto” Dr. José María Velasco Ibarra” ¿Cuando hablamos del Código de Convivencia, qué expectativas tiene? ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ ¿Tiene conocimiento sobre, el decreto del ministerio de educación que dispone una guía para la elaboración del Código de Convivencia en todas las instituciones educativas del ecuador.? ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ ¿la creación del Código de Convivencia, permitirá sanciones disciplinarias para los estudiantes? ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ ¿De su punto de vista, los valores humanos aportaran para la elaboración del Código de Convivencia? ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ ¿Usted cree que al implementar el Código de Convivencia tendrá que ser modificada cada año, conjuntamente con la comunidad educativa? ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ ¿De qué manera apoyaría usted. A la creación del Código de Convivencia? ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ ANEXO 6 UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO UNIDAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA Entrevista Lcda. Silvia Leonor García Parrales orientadora vocacional del Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil (DOBE), Con la finalidad de crear el código de convivencia para el Colegio Fiscal Mixto” Dr. José María Velasco Ibarra” ¿Tiene conocimiento sobre, el decreto del Ministerio de Educación que dispone una guía para la elaboración del Código de Convivencia en todas las instituciones educativas del ecuador.? ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ ¿Sabía que el departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil (DOBE), es un organismo importante para crear el Código de Convivencia? ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ ¿Considera que los miembros de la comunidad educativa tienen que participar para la elaboración del Código de Convivencia? ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ ¿Piensa usted que el Código de Convivencia contribuiría con pautas disciplinarias, Para sancionar al estudiante, en caso que se presente? ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ Considera que el Código de Convivencia es aplicable para institución. ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ ANEXO 7 FIGURA 1: Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra” FIGURA 2: Docentes Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra” del Cantón Buena Fe. FIGURA 3: Estudiantes del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra” con los representantes del Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil (DOBE), FIGURA 4: Oficina del Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil (DOBE). FIGURA 05: Personal Administrativo y Colecturía Tecnóloga. Paulina Mejía Moreira, Tec. Gladys Marlene Anchundia Apoyo 1 y Señor Carlos Campusano colector FIGURA 06: Personal de Secretaria f Lic. Marianita Cedeño Zavala, Secretaria Titular y Tec. Gladys Marlene Anchundia, Asistente. FIGURA 7: Rector Del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra” Abogado. Leonardo Marcelo Estrada Ortega y Tec. Silvia Rivera FIGURA 8 : Entrevista al Rector de la institución. FIGURA 9: Encuestas a estudiantes del Colegio Fiscal Mixto “Dr. José María Velasco Ibarra”. FIGURA 10: Encuetas a los Docentes FIGURA 11: Encuesta al Personal Administrativo y de Servicio. Lcdo. Jaime Noroña Mora Vicerrector FIGURA 12 : Encuesta a los Padres de Familia FIGURA 13: Departamento de Inspección FIGURA 14 : Departamento de Secretaria, Maestra solicitando información FIGURA 15: Socialización del Código de Convivencia con los qDQ FIGUqRA 16: Socialización del Código de Convivencia con todos los Miembros de la Institución. Q, 2020)