Alcance de las pensiones voluntarias como alternativa de solución a la crisis del sistema general de pensiones en Colombia.
Fecha
2013-09-05Registro en:
ARISTOTELES. ETICA NICOMAQUEA. Editorial Solar. Bogotá D.C. 2012.
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE. Constitución política de Colombia.
(20, julio, 1991). Gaceta Constitucional 116. Bogotá D.C., 1991.
BANCO DE LA REPUBLICA. Informalidad laboral en las áreas urbanas de
Colombia. Serie de documentos de trabajo sobre economía regional. Cartagena
de Indias; 2012. ISSN 1692- 3715.
BANCO MUNDIAL. BANCO MUNDIAL. La cobertura de los sistemas previsionales
en América Latina: conceptos e indicadores. Banco Mundial; 2011. Serie de
documentos de trabajo sobre políticas sociales.
BBVA. Confianza en el futuro. Propuesta para un mejor sistema de pensiones en
Colombia. Bogotá D.C. Grupo Editorial Norma, 2009. 218 p. ISBN 978-958-45-
1925-2
CEPAL. Efecto de la crisis global sobre la seguridad social de salud y pensiones
en América Latina y el Caribe y recomendaciones de política. Serie 150 de
Políticas sociales de la CEPAL. Santiago de Chile, 2009. 104 p. ISSN versión
electrónica 1680-8983
CONGRESO DE COLOMBIA. Ley 1607. (26, diciembre, 2012). Por la cual se
expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial.
Bogotá D.C., 2012. No 48655.
CONGRESO DE LA REPUBLICA. Ley 100. (23, diciembre, 1993). Por la cual se
rea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones. Diario
Oficial. Bogotá, D.C., 1993. No. 41148.
CONGRESO DE LA REPUBLICA. Ley 1580. (1, octubre, 2012). Por la cual se
crea la pensión familiar. Diario Oficial. Bogotá D.C., 2012. No. 48570. P. 1- 7.
CONGRESO DE LA REPUBLICA. Ley 75. (23, diciembre, 1986) por la cual se
expiden normas en materia tributaria de catastro de fortalecimiento y
democratización del mercado de capitales. Se conceden unas facultades
extraordinarios y se dictan otras disposiciones. Diario oficial. Bogotá D.E., 1986.
no 37742
CONGRESO DE LA REPUBLICA. Ley 797 (29, enero, 2003). Por la cual se
reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la
Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los regímenes pensionales
exceptuados y especiales. Diario Oficial. Bogotá D.C., 2003. No 45079
CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia T- 881 (17, octubre, 2002). Magistrado
ponente Dr. Eduardo Montealegre Lynett. Bogotá D.C. 2002
CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C- 629 (24, agosto, 2011). Magistrado
ponente Humberto Antonio Sierra Porto. Bogotá. D.C. 2011.
CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-1196 (3, diciembre, 2008). Magistrado
Ponente Dr. Marco Gerardo Monroy Cabra. Expediente D-7311. Bogotá D.C.
2008.
CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia T-580 (30, Julio, 2007). Magistrado
Ponente Dr. Humberto Antonio Sierra Porto. Expediente T-1501981. Bogotá D.C.
2007
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICAS- DANE.
Proyecciones nacionales y departamentales de población 2005-2020. Estudios
postcensales 7: DANE; 2009. ISBN 978-958-624-078-9.
ESCRIVÁ, José; FUENTES, Eduardo; GARCIA, Alicia. Las reformas de los
sistemas de pensiones. Avances y temas pendientes. España. 2010. 379 p.
FEDERACION INTERNACIONAL DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE
PENSIONES. Ahorro previsional voluntario de los sistemas de capitalización
individual países FIAP. Serie Regulaciones comparadas. Santiago de Chile.
Diciembre 2010
FEDESARROLLO. El sistema pensional en Colombia: retos y alternativas para
aumentar la cobertura. Informe final FEDESARROLLO; 2010
GARCIA, Jesús. Efectos Sociales de las alternativas de Reforma respecto al
Modelo de Financiación de un Sistema de Seguridad Social. Aplicación al caso
Latinoamericano [Ponencia] Madrid; 2000.
LA REFORMA DE PENSIONES EN COLOMBIA Y LA EQUIDAD DE GÉNERO. 74
p. (Serie mujer y desarrollo; no 41). Santiago de Chile; 2002. ISBN 92-1-32208-2.
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO. Decreto 2513. (30, diciembre,
1987). Por el cual se establece el régimen jurídico de los Fondos de Pensiones de
jubilación e invalidez. Diario Oficial. Bogotá D.E., 1987. No 38168.
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. Dirección General de
Política Macroeconómica. Centro de Estudios Fiscales. Notas fiscales 2011.
Bogotá D.C., 2011. ISSN 2027-8365.
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. Decreto 4944 (18, diciembre, 2009).
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3771 de 2007. Diario Oficial.
Bogotá D.C., 2009. no 47567
MINISTERIO DE PROTECCION SOCIAL. Informe de actividades 2009- 2010,
Informe cuatrienio 2006- 2010. Bogotá D.C. 2010. ISSN 1900-3838.
MINISTERIO DE TRABAJO. Informe de actividades 2011- 2012. Bogotá D.C.,
2012.
NOVENA CONFERENCIA INTERNACIONAL AMERICANA. Declaración
Americana de los Derechos y deberes del Hombre. Bogotá. 1948
ONU. ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS. Declaración
Universal de Derechos Humanos. París. 1948
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. Acto Legislativo 01. (22, julio, 2005) Por el
cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución Política. Diario Oficial. Bogotá
D.C. 2005. no 45980.
Autor
Ariza Fortich, Alma Rocío
Institución
Resumen
A pesar de los cambios normativos el Sistema General de Pensiones en Colombia se muestra en crisis pues una mínima parte de la población trabajadora Colombiana logra pensionarse. En este trabajo se examina la problemática desde el contexto latinoamericano para finalmente centrar el tema en la situación Colombiana, considerando las cifras presentadas por las diferentes entidades estatales. El análisis identifica alternativas de solución y presenta una propuesta que permite a trabajadores de bajos ingresos construir un capital para financiar una renta para la vejez, accediendo a los Beneficios Económicos Periódicos que el Ministerio de Trabajo reconoce a dicha población, pero que actualmente solo se conceden a los afiliados en Colpensiones, entidad que administra el régimen público de pensiones Colombiano.
Nota: Para consultar la carta de autorización de publicación de este documento por favor copie y pegue el siguiente enlace en su navegador de Internet: http://hdl.handle.net/10818/8869