dc.date.accessioned2017-08-10T15:34:52Z
dc.date.accessioned2018-03-15T17:54:14Z
dc.date.available2017-08-10T15:34:52Z
dc.date.available2018-03-15T17:54:14Z
dc.date.created2017-08-10T15:34:52Z
dc.date.issued2016
dc.identifierhttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/11767
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/1172741
dc.description.abstractLa presente Monografía es un trabajo analítico el cual tiene su enfoque en la Regulación del Procedimiento Abreviado en el Código de Procedimiento Penal, específicamente el Art. 373 romano IV de la Ley 1970 de fecha 25 de Marzo de 1999, que a la letra señala: "La existencia de varios imputados en un mismo procedimiento, no impedirá la aplicación de estas reglas a alguno de ellos". El propósito de este trabajo es reflexionar críticamente esta institución, ya que en los últimos tiempos se pretende mostrar como si fuese un símbolo de celeridad de la justicia o si se prefiere, de la justicia acelerada, con el propósito de conseguir una supuesta mayor eficacia de los mecanismos que el legislador ha puesto en manos de los órganos judiciales para la lucha contra la delincuencia y lograr preservar, de esta manera la paz social. Estas reformas parten siempre de la misma base, a nuestro juicio un tanto alejada de la realidad en sí de la practica forense, ya que el legislador vela solo la parte de la agilización y simplificación del proceso y no así de los principios y garantías que pudieren ser vulnerados por estos procedimientos, obviando así los muchos supuesto en que concurren en el proceso dos o más sujetos procesales de imputados. ¿Qué ocurre, entonces, cuando de ser varios los acusados alguno de ellos muestra su aceptación de someterse al procedimiento abreviado?, ¿Qué ocurre si al mostrar sus aceptación incrimina a los coparticipes en el delito?, ¿podrá declarar el condenado en el juicio que se sigue a los otros coparticipes?, ¿en concepto de que declara este sujeto?, ¿de imputado?, ¿de coimputado?, de ¿testigo?. Existiendo de esta manera una clara vulneración de los principios, derechos y garantías constitucionales. Al efecto se consultó Legislación Comparada a objeto de realizar un estudio comparativo concreto, observando los requisitos que toman en cuenta para su aplicación y procedencia ante la existencia de pluralidad de imputados en un mismo proceso. En base a la primacía que debe tener nuestra Ley Suprema, y los tratados internacionales, presento consideraciones a ser analizadas por el Tribunal Constitucional Plurinacional, cómo propuesta de que este emita una línea jurisprudencial de su no aplicación o en su defecto la derogación del romano IV del Art.373 de la Ley 1970, con el objeto de mejorar la regulación del Procedimiento Abreviado "ante la existencia de dos o más sujetos procesales", el cual permitirá evitar contradicciones jurídicas y lo que es importante la vulneración de principios y garantías constitucionales ha momento de su aplicación.
dc.languagees
dc.subjectProcedimiento abreviado
dc.subjectDerechos humanos
dc.subjectRegulación del procedimiento abreviado
dc.titleLa inconstitucionalidad del procedimiento abreviado en procesos con dos o más imputados
dc.typeTesis


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